Documentación para la licitación. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados y cerrados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. Sobre A. Se denomina DOCUMENTACION GENERAL. En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los documentos habrán de presentarse firmados y serán originales. CONTENIDO DEL SOBRE A: 1.- Capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente. 2.- Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. 3.- La Capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación . 4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además , el informe a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato , con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su compromiso de constitución formal en unión temporal firmado por los representantes de cada una de las empresa componentes de la Unión, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación frente a la Administración. 5.- Certificado de clasificación, en su caso, del contratista expedido por el órgano competente. Para la celebración de este contrato no es exigible estar en posesión de la clasificación empresarial. 6.- Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica, por los siguientes medios : Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica o profesional por los medios que se citan a continuación así como en el anuncio de licitación, de entre los reseñados en los artículos 64 y 66 de la LCSP. La solvencia económica y financiera, mediante la presentación de una declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatarios de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La Mesa de Contratación una vez calificada la documentación Administrativa, procederá a determinar las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato conforme a los siguientes criterios: 1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato. 7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo II, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar con la Administración. La presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 73 de la L.C.S.P. 8.-Tratándose de empresas que se encuentren en alguno de los supuestos de la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar la declaración responsable de las circunstancias concurrentes.
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Samples: Suministro De Trajes De Intervención
Documentación para la licitación. La documentación constará de tres DOS (32) sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente, numerados y cerrados: • El contenido de cada sobre, deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente. • En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación y numeración del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo le represente. • Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax FAX y dirección de correo electrónico, que acepta como válida en la presente licitación a todos los efectos de notificaciones. Recibida la proposición no podrá ser retirada por el licitador.
3.6.1.- Sobre A. Se denomina DOCUMENTACION número 1: «DOCUMENTACIÓN GENERAL». En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice declaración responsable debidamente cumplimentada, firmada y sellada, de su contenidoconformidad con el anexo II. Los En el momento oportuno y de conformidad con el artículo 151 del TRLCSP y con el presente Pliego de Xxxxxxxxxxx, se presentarán los documentos habrán que acrediten el contenido de presentarse firmados y serán originales. CONTENIDO DEL SOBRE A:
1.- Capacidad la declaración responsable, como la aptitud, capacidad de obrar y la solvencia, de conformidad con los empresarios artículos 54 a 85 del TRLCSP en originales, copias compulsadas por el Asesor Jurídico de la Sociedad o legalizadas ante notario, a excepción de la documentación relativa a las garantías indicadas en el presente Xxxxxx que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosdeberá presentarse, en su casomomento, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de documento original.
3.6.2.- Sobre número 2: «OFERTA ECONÓMICA EVALUABLE MEDIANTE FÓRMULA». Este sobre contendrá a su vez tantos sobres cerrados como a las parcelas que se trate. Si el licitador actuase a través licite y deberá constar de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de manera clara la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita misma en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad exterior del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente.
2.- Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3.- La Capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación .
4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además , el informe a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato , con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su compromiso de constitución formal en unión temporal firmado por los representantes de cada una de las empresa componentes de la Unión, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación frente a la Administración.
5.- Certificado de clasificación, en su caso, del contratista expedido por el órgano competente. Para la celebración de este contrato no es exigible estar en posesión de la clasificación empresarial.
6.- Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica, por los siguientes medios : Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica o profesional por los medios que se citan a continuación así como en el anuncio de licitación, de entre los reseñados en los artículos 64 y 66 de la LCSPsobre. La solvencia oferta económica y financiera, mediante la presentación de una declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatarios de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La Mesa de Contratación una vez calificada la documentación Administrativa, procederá a determinar las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato formulada conforme a los siguientes criterios:
1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato.
7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo IIXxxxx XXX de este Xxxxxx, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar con la Administración. La presentación se presentará debidamente firmada por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el artículo 73 84 del RGCAP Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta para cada parcela. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la L.C.S.P. 8.-Tratándose desestimación de empresas todas las ofertas por él presentadas. Las ofertas que se encuentren en alguno de los supuestos de no lleguen a la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar la declaración responsable valoración de las circunstancias concurrentesparcelas establecidas en la cláusula primera del presente pliego, serán rechazadas, al igual que si se encuentran sin firmar.
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Samples: Pliego De Condiciones Para La Enajenación Mediante Licitación Pública
Documentación para la licitación. La documentación constará de tres dos (32) sobressobres cerrados, numerados identificados como sobres “A” y cerrados. “B” En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita inscrita: - la denominación del sobre; - el título del contrato objeto de la licitación; - el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; - el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo le represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico.
Sobre A. Se denomina DOCUMENTACION 'DOCUMENTACIÓN GENERAL'. En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los Se presentarán documentos habrán originales, copias compulsadas o legalizadas ante Notario.
A) Documento o documentos que acrediten la capacidad de presentarse firmados y serán originalesobrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 T.R.L.C.S.P.
1. CONTENIDO DEL SOBRE A:
1.- Capacidad La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente.
2.- 2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3.- 3. La Capacidad capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales se acreditará con sujeción a las disposiciones establecidas por los artículos 55, 58 Y 59 del TRLCSP, respectivamente.
B) Si el licitador actuase a través de Estados miembros representante, acreditará su representación mediante escritura pública, de la Unión Europea se acreditará por su inscripción que resulte poder suficiente, debidamente inscrito en el registro procedente, Registro Público que corresponda según el tipo de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación persona jurídica de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación trate.
4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad C) Documento Nacional de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en Identidad del representante o el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además , el informe a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato , con renunciaque, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su compromiso de constitución formal en unión temporal firmado por los representantes de cada una le sustituya reglamentariamente.
D) Acreditación de las empresa componentes de la Unión, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación frente a la Administración.
5.- Certificado de clasificación, en su caso, del contratista expedido por el órgano competente. Para la celebración de este contrato no es exigible estar en posesión de la clasificación empresarial.
6.- Acreditación de la solvencia solvencias económica y financiera y técnica, por con la aportación de los siguientes medios documentos: Los licitadores acreditarán su solvencia económica - Cuentas anuales depositadas de los tres últimos ejercicios cerrados. En caso de no estar obligado a formularlas, libros de contabilidad y financiera declaraciones fiscales equivalentes. - Declaración relativa a la cifra de negocios global y técnica de los servicios o profesional trabajos realizados por los medios que se citan a continuación así como en el anuncio de licitación, de entre los reseñados la empresa o persona física en los artículos 64 tres últimos ejercicios. - Declaración del número de trabajadores en plantilla.
E) En hoja independiente, bajo el título NOTIFICACIONES y 66 a efectos de las correspondientes notificaciones que EMUPROSA deba realizar, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, su dirección completa, número de teléfono, número de FAX o dirección de correo electrónico. Estos datos reflejados deberán ser, en todo caso, coincidentes con los que figuren en los sobres de la LCSPlicitación. La solvencia económica Mesa o el órgano de contratación podrá recabar de los oferentes aclaraciones sobre los certificados y financieradocumentos presentados, mediante o requerirle para la presentación de una declaración apropiada otros complementarios. Se denominará “DOCUMENTACIÓN TECNICA y ECONOMICA” relativa los aspectos que van a ser objeto de entidades financieras onegociación En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su casocontenido, justificante $ Oferta económica firmada por quien tenga facultades suficientes. En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que deba ser repercutido. Esta oferta económica consistirá en el Precio final ofertado, utilizando el modelo del Anexo II. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta, no siendo admitidas aquéllas cuyo importe sea inferior al tipo de salida de la existencia licitación. $ Estudio Técnico conforme se recoge en el Pliego de un seguro Prescripciones Técnicas, incluyendo: - Memoria de indemnización la actividad desarrollada por riesgos profesionalesla empresa licitadora en la que se justifique su capacidad y adecuación para cumplir los fines que EMUPROSA pretende conseguir con la presente contratación. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación - Experiencia en servicios de una relación hostelería, con acreditación oficial de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatarios prestación de los mismos. Los suministros efectuados - Relación de los medios materiales y personales especializados en hostelería que se acreditarán mediante certificados expedidos destinarán a la prestación del servicio. - Catálogo y lista de precios que ofertará al público usuario de los servicios. $ Mejoras propuestas en la prestación del servicio no incluidas en las prescripciones xxx Xxxxxx y que no supongan un incremento de la oferta valorada económicamente. Estas mejoras para ser valoradas tienen que tener relación con: personal, normas de calidad, materiales, atención y dedicación a la conservación. La ausencia de cualquiera de estos documentos del sobre B, será causa de exclusión del licitante, no admitiéndose la subsanación con posterioridad a la finalización del plazo de presentación. Otros documentos admitidos para un mejor conocimiento de las proposiciones: $ Sugerencias o visados por modificaciones que, sin menoscabo de lo establecido en los Pliegos de Condiciones, puedan concurrir a la mejor realización de los trabajos. $ Cualquier otra documentación que estime oportuna el órgano competente, cuando concursante para el destinatario sea una entidad del sector público mejor conocimiento de las proposiciones. EMUPROSA podrá realizar las visitas necesarias o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este orecabar los informes pertinentes de los trabajos cuya acreditación presenten los concursantes, a falta efectos de este certificado, mediante una declaración la valoración de las ofertas. Será motivo de exclusión automática del empresario. La Mesa concurso la existencia de Contratación una vez calificada falsedad de cualquier tipo en la documentación Administrativa, procederá a determinar las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato conforme a los siguientes criterios:
1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contratopresentada.
7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo II, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar con la Administración. La presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 73 de la L.C.S.P. 8.-Tratándose de empresas que se encuentren en alguno de los supuestos de la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar la declaración responsable de las circunstancias concurrentes.
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Samples: Contract of Lease
Documentación para la licitación. La documentación constará de tres dos (32) sobres, numerados y cerrados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo Asimismo, y bajo el epígrafe de NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax Fax y dirección de correo electrónico.
Sobre A. . Se denomina DOCUMENTACION «DOCUMENTACIÓN GENERAL». En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los documentos habrán de presentarse firmados y serán originales. CONTENIDO DEL SOBRE ACONTENIDO:
1.- Capacidad A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente.
2.- Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3.- . La Capacidad capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación .
4.- aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además , el informe a que se refiere el artículo 44.1 55.1 del TRLCSP.
B. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la LCSP. Para las empresas extranjerasque resulte poder suficiente, declaración responsable debidamente inscrita en el registro público que corresponda según el tipo de someterse a la jurisdicción persona jurídica de los juzgados y tribunales españoles que se trate.
C. Documento Nacional de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo Identidad del representante o indirecto pudiesen surgir del contrato , con renunciael que, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. le sustituya reglamentariamente.
D. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su un compromiso de constitución formal en de unión temporal firmado por los representantes de cada una de las empresa componentes de la Unióntemporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
5.- Certificado de clasificación, en su caso, del contratista expedido por el órgano competente. Para la celebración de este contrato no es exigible estar en posesión de la clasificación empresarial.
6.- E. Acreditación de la solvencia las solvencias económica y financiera y técnica, por los siguientes medios : técnica o profesional. Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica o profesional por los medios que se citan a continuación así como precisan en el Anexo D del presente pliego y en el escrito de invitación o anuncio de licitación, de entre los reseñados en los artículos 64 75 y 66 77 del TRLCSP.
F. Declaración responsable, de la LCSPque se acompaña modelo en el Anexo B, en la que se contengan los siguientes aspectos: • No estar incurso el empresario en ninguna de las circunstancias que prohíben contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia económica • No estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de Incompatibilidades de los Miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y financiera, mediante León y de otros Cargos de la presentación Administración de una declaración apropiada la Comunidad Autónoma. • Que las circunstancias reflejadas en los certificados de entidades financieras olos registros oficiales de licitadores y empresas clasificadas aportados, en su caso, justificante no han experimentado variación. • La concurrencia de la existencia sociedad a la licitación en relación con lo dispuesto en el artículo 42.1 del Código de un seguro Comercio.
G. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de indemnización por riesgos profesionales. someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
H. La solvencia técnica se acreditará mediante presentación de certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, dispensará de la presentación de una relación los documentos que en ella se recojan. En caso de los principales suministros efectuados durante los tres últimos añosque se aporte éste y conforme al art. 146.3 del TRLCSP, indicando su importe, fechas y destinatarios de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante debe acompañarse una declaración responsable del empresario. La Mesa de Contratación una vez calificada licitador en la documentación Administrativa, procederá a determinar que manifieste que las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato conforme a los siguientes criterios:
1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contratocircunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo II, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar con la Administración. I. La presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 73 84 de la L.C.S.P. 8.-Tratándose TRLCSP.
J. Una declaración responsable de las circunstancias concurrentes, según modelo del Anexo P, relativo a la situación jurídica de la empresa de sujeción o no sujeción a la obligación prevista en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de los minusválidos, de contar con un 2 % de trabajadores con discapacidad o de adoptar las medidas alternativas correspondientes. Tratándose de empresas que se encuentren en alguno algunos de los supuestos de la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: Disposición Adicional cuarta del TRLCSP (empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y con entidades sin ánimo de lucro), deberán aportar aportar, además la declaración responsable siguiente documentación: Justificante del número total de trabajadores de su empresa en alta en la Seguridad Social. Justificante del número de trabajadores minusválidos en su empresa en alta en la Seguridad Social. Porcentaje de trabajadores minusválidos.
K. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, aportarán un compromiso de constitución de unión temporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las circunstancias concurrentespersonas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
L. En hoja independiente, bajo el título NOTIFICACIONES y a efectos de las correspondientes notificaciones que la Administración deba realizar, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, su dirección completa, número de teléfono, número de FAX y dirección de correo electrónico. Estos datos reflejados deberán ser, en todo caso, coincidentes con los que figuren en los sobres de la licitación. Se denomina «OFERTA ECONÓMICA». En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. CONTENIDO:
A. Oferta económica formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo G de este pliego. La oferta económica se presentará debidamente firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por R.D. 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP). En la proposición económica se entenderán incluidos a todos los efectos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen por el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas. Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración serán rechazadas.
B. Será causa de exclusión del procedimiento la inclusión de la oferta económica en algún otro sobre distinto al nº 2.
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Samples: Contract
Documentación para la licitación. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados y cerrados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo le represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax FAX y dirección de correo electrónico.
, cuyos medios de comunicación podrán emplearse indistintamente por EMUCESA para toda clase de notificaciones. Sobre A. número 1. Se denomina DOCUMENTACION 'DOCUMENTACIÓN GENERAL'. En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los Se presentarán documentos habrán de presentarse firmados y serán originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO DEL SOBRE ACONTENIDO:
1.- Capacidad A) Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 61 de la L.C.S.P.
1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente.
2.- 2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3.- 3. La Capacidad capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación aplicación.
4.- 4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, acompañará además , el informe a que se refiere hace referencia en el artículo 44.1 44 de la LCSP. Para las L.C.S.P. Será necesario que estas empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato tengan abierta sucursal en España, con renunciadesignación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
B) Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública, de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrito en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
C) Documento Nacional de Identidad del representante o el que, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. le sustituya reglamentariamente.
D) Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una de ellas acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su un compromiso de constitución formal en de unión temporal firmado por los representantes de cada una de las empresa componentes de la Unióntemporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una uno de ellas ellos y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
5.- E) Certificado de clasificación, en su caso, clasificación del contratista expedido por el órgano competente. Para la celebración , en caso de este contrato no es exigible estar en posesión ser exigido conforme al cuadro de la clasificación empresarial.características del contrato, apartado D.
6.- F) Acreditación de la solvencia las solvencias económica y financiera y técnica. 1)En los contratos en los que por su cuantía no sea exigible el requisito de clasificación, por los siguientes medios : Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica o profesional por los medios que se citan a continuación así como en el anuncio de licitación, de entre los reseñados en los artículos 64 y 66 de la LCSP. La solvencia económica y financiera, mediante la presentación de una declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de una relación aportación de los principales suministros efectuados durante siguientes documentos: Cuentas anuales depositadas de los tres últimos añosejercicios cerrados. En caso de no estar obligado a formularlas, indicando su importelibros de contabilidad legalizados Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, fechas y destinatarios suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La Mesa de Contratación una vez calificada la documentación Administrativa, procederá a determinar las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato conforme a los siguientes criterios:
1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contratoejercicios.
7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo II, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar con la Administración. La presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 73 de la L.C.S.P. 8.-Tratándose de empresas que se encuentren en alguno de los supuestos de la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar la declaración responsable de las circunstancias concurrentes.
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Documentación para la licitación. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados y cerrados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrita la denominación del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar, la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónicoelectrónico a efectos de notificaciones.
Sobre A. número 1. Se denomina DOCUMENTACION GENERAL«DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA». En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Los Se presentarán documentos habrán originales, copias compulsadas ante el Ayuntamiento o legalizadas ante notario.
A) Documento o documentos que acrediten la capacidad de presentarse firmados y serán originales. CONTENIDO DEL SOBRE A:obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 61 de la LCSP.
1.- Capacidad La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública de la que resulte poder suficiente, debidamente inscrita en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Documento Nacional de Identidad del representante o el que en su caso le sustituya reglamentariamente.
2.- Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación de del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
3.- La Capacidad capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación aplicación.
4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 de la LCSP. Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato , con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma descrita anteriormente y aportarán su un compromiso de constitución formal en de unión temporal firmado por los representantes de cada una de las empresa componentes de la Unióntemporal, con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración.
5.- Certificado . La escritura pública de clasificaciónconstitución de la unión temporal de empresas habrá de otorgarse, en caso de haber realizado la proposición más ventajosa, con carácter previo a su casoadjudicación, del contratista expedido por el órgano competentede conformidad con la cláusula 7ª.3. Para la celebración En caso de este contrato no es exigible estar en posesión de la clasificación empresarial.
6.- Acreditación de que se integre la solvencia económica y financiera y técnicacon medios externos, por los siguientes medios : Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica o profesional por los medios el empresario que se citan base en la solvencia y medios de otras entidades, sea cual sea la naturaleza jurídica de los vínculos que relacionen a continuación así como en el anuncio las mismas, habrá de licitaciónaportar compromiso expreso que demuestre suficientemente que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de dichos medios, de entre los reseñados en los artículos 64 y 66 de la conformidad con el artículo 52 LCSP. La solvencia económica y financieraDicho compromiso habrá de elevarse a escritura pública por parte del empresario que realice la proposición más ventajosa, mediante la presentación con carácter previo a su adjudicación, de una declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. La solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatarios de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La Mesa de Contratación una vez calificada la documentación Administrativa, procederá a determinar las empresas que resulten solventes para la realización de este contrato conforme a los siguientes criterios:
1- Se deberá presentar ineludiblemente declaración apropiada de entidad financiera. 2- Se deberá acreditar la realización de suministros similares al que ahora es objeto de contratación, durante los tres últimos años, por un importe mínimo total de 400.000 €. Estos criterios se aplicarán para determinar la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación del contrato.
7.- Declaración responsable según el modelo que se adjunta como anexo II, en el que el licitador hará constar no concurrir en él ninguna causa de incompatibilidad para contratar conformidad con la Administración. La presentación por los empresarios de Estados miembros de la Unión Europea de certificado comunitario de clasificación otorgará los efectos previstos en el artículo 73 de la L.C.S.P. 8.-Tratándose de empresas que se encuentren en alguno de los supuestos de la disposición adicional sexta de la L.C.S.P., a saber: empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social y entidades sin ánimo de lucro, deberán aportar la declaración responsable de las circunstancias concurrentescláusula 7ª.3.
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