Common use of DURACIÓN Y CANCELACIÓN Clause in Contracts

DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado en todo momento de su vigencia, sin necesidad de preaviso en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO, o con una antelación mínima de 2 meses en el supuesto de resolución por parte del BANCO, reservándose el BANCO el derecho a modificar sus condiciones en cada momento, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particulares, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Adicionalmente a las razones previstas en otras estipulaciones del CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índole. Asimismo, el BANCO podrá resolver unilateralmente el presente contrato en los supuestos de descubierto prolongado durante al menos 3 meses, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelación, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en curso. Una vez cancelada una cuenta corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad con la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto 16/2011, de 14 de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de crédito

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DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado en todo momento de su vigencia, sin necesidad de preaviso en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO, o con una antelación mínima de 2 meses en el supuesto de resolución por parte del BANCO, reservándose el BANCO el derecho a modificar sus condiciones en cada momento, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particulares, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Adicionalmente a las razones previstas en otras estipulaciones del CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índole. Asimismo, el BANCO podrá resolver unilateralmente el presente contrato en los supuestos Las presentes Estipulaciones Particulares son parte integrante del CONTRATO MARCO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS de descubierto prolongado durante al menos 3 meses, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelación, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en curso. Una vez cancelada una cuenta corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad con la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo S.A., (en adelante “INVERSIS”, “INVERSIS BANCO” o “el BANCO”) y tienen por objeto determinar las condiciones generales aplicables a la apertura y mantenimiento de Garantía cuentas corrientes a la vista denominadas en divisa extranjera (en adelante, las “Cuentas Corrientes en Divisa”). Será de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto aplicación parcial la Ley 16/2011, de 14 24 xx xxxxx, de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros Contratos de Crédito al Consumo, en adelante “LCCC”, cuando la contratación de las Cuentas Corrientes en Divisa se realice por depositante en cada entidad de créditoun CLIENTE Consumidor.

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DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado en todo momento de su vigencia, sin necesidad de preaviso en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO, o con una antelación mínima de 2 meses en el supuesto de resolución por parte del BANCO, reservándose el MYINVESTOR BANCO el derecho a modificar sus condiciones en cada momento, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particulares, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 1544, R. M. de Madrid T. 17.01831.181, F. 69115, S. 8 H. M-291233M-561.208, Insc. 1 Adicionalmente a las razones previstas La/s Cuenta/ (s) Corriente/s son de duración indefinida pudiendo cancelarse por el CLIENTE, sin necesidad de preaviso, en otras estipulaciones del CONTRATO MARCOcuyo caso el BANCO procederá al cierre de la Cuenta Corriente en el plazo de 24 horas, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no su caso, se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior formalizarán los documentos oportunos a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índoleestos efectos. Asimismo, Si la Cuenta Corriente la cancela el BANCO se requiere una antelación mínima y comunicación al CLIENTE de 2 meses. Si la/s Cuenta/s Corriente/s presentase saldo a favor del BANCO, solo podrá resolver unilateralmente cancelarse por el presente contrato en los supuestos CLIENTE, previo pago de descubierto prolongado durante al menos 3 mesesdicho saldo, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo así como de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelaciónsus intereses, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos comisiones y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en cursogastos devengados. Una vez cancelada una cuenta corrienteCuenta Corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad etc. La cancelación de la Cuenta Corriente implica la simultánea y automática resolución de los instrumentos de pago y productos bancarios asociadas a la misma en virtud del CONTRATO MARCO, junto con su correspondiente liquidación así como del propio CONTRATO MARCO, y de la Orden ECC/2316/2015relación comercial con el CLIENTE, de 4 de noviembresalvo que el CLIENTE tuviera contratado con el BANCO algún servicio o producto financiero adicional, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, en cuyo caso el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto CONTRATO MARCO seguirá vigente exclusivamente en el Real Decreto 16/2011, de 14 de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de créditorelación con dicho servicio adicional.

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DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es La/s Cuenta/ (s) Corriente/s son de duración indefinida pudiendo darse cancelarse por finalizado en todo momento de su vigenciael CLIENTE, sin necesidad de preaviso preaviso, en cuyo caso el BANCO procederá al cierre de que lo resuelva la Cuenta Corriente en el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCOplazo de 24 horas, o con y en su caso, se formalizarán los documentos oportunos a estos efectos. Si la Cuenta Corriente la cancela el BANCO se requiere una antelación mínima y comunicación al CLIENTE de 2 meses en el supuesto de resolución por parte meses. Si la/s Cuenta/s Corriente/s presentase saldo a favor del BANCO, reservándose solo podrá cancelarse por el BANCO el derecho a modificar CLIENTE, previo pago de dicho saldo, así como de sus condiciones en cada momentointereses, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particularescomisiones y gastos devengados. ANDBANK ESPAÑA BANCA PRIVADA, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. S.A.U. Xxxx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - Xxxxxxxxxx, 00, 0x xxxxxx • 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. España 0200 • R.M. de Madrid T. 17.018T 43.696, F. 69F 196, S. 8 H. M-291233H M-770.821, Insc. 1 Adicionalmente a las razones previstas en otras estipulaciones del CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índole. Asimismo, el BANCO podrá resolver unilateralmente el presente contrato en los supuestos de descubierto prolongado durante al menos 3 meses, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelación, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en curso. Una vez cancelada una cuenta corrienteCuenta Corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad etc. La cancelación de la Cuenta Corriente implica la simultánea y automática resolución de los instrumentos de pago y productos bancarios asociadas a la misma en virtud del CONTRATO MARCO, junto con su correspondiente liquidación así como del propio CONTRATO MARCO, y de la Orden ECC/2316/2015relación comercial con el CLIENTE, de 4 de noviembresalvo que el CLIENTE tuviera contratado con el BANCO algún servicio o producto financiero adicional, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, en cuyo caso el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto CONTRATO MARCO seguirá vigente exclusivamente en el Real Decreto 16/2011, de 14 de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de créditorelación con dicho servicio adicional.

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DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es de duración indefinida pudiendo darse por finalizado en todo momento con un preaviso de su vigencia, sin necesidad de preaviso 15 días en caso de que lo resuelva el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCO, o con una antelación mínima de 2 3 meses en el supuesto de resolución por parte del BANCO, reservándose el BANCO el derecho a modificar sus condiciones en cada momento, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particulares, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Corriente Adicionalmente a las razones previstas en otras estipulaciones del CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índole. Asimismo, el BANCO podrá resolver unilateralmente el presente contrato en los supuestos Las presentes Estipulaciones Particulares son parte integrante del CONTRATO MARCO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS de descubierto prolongado durante al menos 3 meses, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelación, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en curso. Una vez cancelada una cuenta corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad con la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo S.A., (en adelante “INVERSIS”, “INVERSIS BANCO” o “el BANCO”) y tienen por objeto determinar las condiciones generales aplicables a la apertura y mantenimiento de Garantía cuentas corrientes a la vista denominadas en divisa extranjera (en adelante, las “Cuentas Corrientes en Divisa”). Será de Depósitos de Entidades de Crédito previsto en el Real Decreto aplicación parcial la Ley 16/2011, de 14 24 xx xxxxx, de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros Contratos de Crédito al Consumo, en adelante “LCCC”, cuando la contratación de las Cuentas Corrientes en Divisa se realice por depositante en cada entidad de créditoun CLIENTE Consumidor.

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DURACIÓN Y CANCELACIÓN. El presente Contrato es La/s Cuenta/ (s) Corriente/s son de duración indefinida pudiendo darse cancelarse por finalizado en todo momento de su vigenciael CLIENTE, sin necesidad de preaviso preaviso, en cuyo caso el BANCO procederá al cierre de que lo resuelva la Cuenta Corriente en el CLIENTE previa comunicación dirigida al BANCOplazo de 24 horas, o con y en su caso, se formalizarán los documentos oportunos a estos efectos. Si la Cuenta Corriente la cancela el BANCO se requiere una antelación mínima y comunicación al CLIENTE de 2 meses en el supuesto de resolución por parte meses. Si la/s Cuenta/s Corriente/s presentase saldo a favor del BANCO, reservándose solo podrá cancelarse por el BANCO el derecho a modificar CLIENTE, previo pago de dicho saldo, así como de sus condiciones en cada momentointereses, de acuerdo con lo establecido en las presentes Estipulaciones Particularescomisiones y gastos devengados. ANDBANK ESPAÑA, en las Estipulaciones Generales del CONTRATO MARCO y en el Anexo a las Estipulaciones Particulares de Cuenta Corriente. Banco Inversis, S.A. S.A.U. Xxxx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx 0 00 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 1544, R. M. de Madrid T. 17.01831.181, F. 69115, S. 8 H. M-291233M-561.208, Insc. 1 Adicionalmente a las razones previstas en otras estipulaciones del CONTRATO MARCO, INVERSIS BANCO podrá cancelar aquellas Cuentas Corrientes del CLIENTE que presenten saldo cero y en las que no se haya registrado ningún apunte al debe o al haber durante un período igual o superior a 3 meses, incluso en los casos en que únicamente los movimientos registrados en las mismas correspondan al cargo de comisiones de mantenimiento o de otra índole. Asimismo, el BANCO podrá resolver unilateralmente el presente contrato en los supuestos de descubierto prolongado durante al menos 3 meses, siempre que la Cuenta presente un saldo negativo de al menos 10 euros. Cualquiera que sea el motivo que dé lugar a la cancelación, en el supuesto de que dicha cancelación afecte a la Cuenta, ésta producirá necesariamente la cancelación o resolución de todos los productos y servicios asociados a la misma, por lo que, en determinados casos, será necesario esperar al vencimiento de dichos productos o servicios contratados a plazo, al traspaso o transferencia de los saldos y demás posiciones del CLIENTE y/o a la liquidación de operaciones en curso. Una vez cancelada una cuenta corrienteCuenta Corriente, el CLIENTE queda obligado a la devolución al BANCO de cuantos instrumentos o medios de pago relacionados con la misma pudiera tener en su poder, tales como cheques, tarjetas de débito o de crédito, etc De conformidad etc. La cancelación de la Cuenta Corriente implica la simultánea y automática resolución de los instrumentos de pago y productos bancarios asociadas a la misma en virtud del CONTRATO MARCO, junto con su correspondiente liquidación así como del propio CONTRATO MARCO, y de la Orden ECC/2316/2015relación comercial con el CLIENTE, de 4 de noviembresalvo que el CLIENTE tuviera contratado con el BANCO algún servicio o producto financiero adicional, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, en cuyo caso el riesgo de este producto es de: Banco Inversis, S.A. se encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito previsto CONTRATO MARCO seguirá vigente exclusivamente en el Real Decreto 16/2011, de 14 de octubre. El importe garantizado tiene como límite 100.000 Euros por depositante en cada entidad de créditorelación con dicho servicio adicional.

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