Ejercicio de los derechos Cláusulas de Ejemplo

Ejercicio de los derechos. Ni en diferido ni repeticiones: La cobertura de la emisión de la competición debe proyectarse solamente en directo: están estrictamente prohibidas las proyecciones en diferido y las repeticiones. Ni alteraciones, ni modificaciones: La cobertura de la emisión de la competición debe proyectarse en su integridad sin recortes, alteraciones, supresiones, modificaciones, superposiciones, o introducción de mensajes superpuestos, deformaciones de la imagen, identificaciones en pantalla o cualquier otro tipo de alteración o modificación. Ninguna vinculación del exhibidor: Un exhibidor no debe hacer, ni autorizar que se haga nada que en opinión de la FIFA pueda dar a entender que un exhibidor está asociado de manera oficial con la FIFA y/o con la competición (por ejemplo, como patrocinador, proveedor o de cualquier otra forma). Derechos de patrocinio: Un exhibidor no podrá otorgar a ningún tercero que no sea afiliado mercadotécnico de la FIFA para la competición derechos de patrocinio, ni ningún otro derecho de asociación directo o indirecto, incluidos, por ejemplo, el uso xx xxxxxxxx, vallas publicitarias, marcas alrededor de la pantalla o en material impreso y/o derechos para dar nombre a un evento de proyección pública, en conexión con la FIFA, la competición o un evento comercial de proyección pública, o cualquier parte de este, excepto que esté específicamente permitido según lo estipulado en el numeral 5 de este reglamento.
Ejercicio de los derechos. El Propietario goza del derecho a acceder a los datos personales relativos a su persona, a solicitar que los rectifiquen o los borren, que los transfieran o que los hagan transferir a un tercero, a obtener la limitación de su tratamiento o a oponerse a dicho tratamiento. El Parque del Futuroscope se compromete a acatar su solicitud, a reserva de que se cumplan las obligaciones legales que le correspondan. Además, el Propietario tendrá derecho a retirar en todo momento su consentimiento al tratamiento de los datos relativos a su persona, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento efectuado antes de dicha retirada. El Propietario podrá ejercer estos derechos: - Por correo postal, escribiendo a la siguiente dirección: Xxxxxx Xxxxx – Service Protection des données personnelles (Data Privacy), Parc du Futuroscope CS 52000 - 86133 Jaunay-Clan Cedex; o - enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx Por razones de confidencialidad y de protección de los datos personales del Propietario, el Futuroscope podría verse obligado a comprobar su identidad para responder a su solicitud. Para ello, el Propietario deberá adjuntar junto con cualquier solicitud de ejercicio de los derechos anteriormente mencionados, la fotocopia de un documento de identidad en el que figure su fecha y lugar de nacimiento así como su firma, y ello con arreglo a las disposiciones de la ley n° 78-17 del 6 de enero de 1978 denominada Ley de Informática y Libertades, del artículo 92 del decreto del 20 de octubre de 2005 para la aplicación de dicha ley, y del reglamento europeo 2016/679 del 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas respecto al tratamiento de los datos de carácter personal y a la libre circulación de dichos datos. Por último, en caso de que considere que sus derechos no se han respetado, el Propietario dispone del derecho a presentar una reclamación ante la CNIL. Los datos de la CNIL son los siguientes: 3 Place xx Xxxxxxxx TSA 80715 75334 Paris Cedex 07 Francia Tel.: +00 (0)0 00 00 00 22 Fax: +00 (0)0 00 00 00 00

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.