Common use of EQUIPO TÉCNICO Clause in Contracts

EQUIPO TÉCNICO. El Equipo técnico del Centro estará constituido como mínimo por el personal señalado en el apartado 9º. Todo el personal dependerá y será responsabilidad exclusiva de la entidad adjudicataria que asumirá todas las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes, sin que tengan ningún tipo de relación funcionarial ni contractual con el Ayuntamiento de Granada. El/la adjudicatario/a será el/la empleador/a o empresario/a, por lo que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por las leyes, no surgiendo responsabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos y medidas que adopte el/la empresario/a sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. El Ayuntamiento de Granada podrá derivar alumnos en prácticas de disciplinas que guarden relación con la finalidad de este contrato (tales como educadores, monitores, relaciones laborales, psicólogos, pedagogos, etc.) al Centro de Encuentro y Acogida, así como otro personal en el marco de los Convenios suscritos entre el Ayuntamiento de Granada y otras entidades para esta finalidad Igualmente se permite la posibilidad de colaboración en el Centro de Encuentro y Acogida de personal voluntario especializado que reúna las características apropiadas a este fin, en el marco previsto en la Ley del Voluntariado y demás normativa reguladora. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente el Ayuntamiento de Granada podrá facilitar la participación en este proyecto de personal propio que, por su perfil, pueda complementar el equipo técnico básico establecido para el desarrollo del proyecto, asumiendo exclusivamente para dicho personal las obligaciones que le correspondan. El Responsable del Contrato será el Jefe del Servicio de Servicios Sociales Sectoriales del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades. Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la licitadora deberá cumplir además el siguiente requisito: La licitadora deberá dedicarse a la prestación de actuaciones básicas de servicios sociales u otros similares de carácter social. Sólo procederán en el caso de modificación de las condiciones en la suscripción del Convenio de Colaboración que en materia de Drogodependencias se suscriba entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el mantenimiento y financiación del Centro de Encuentro y Acogida para Drogodependientes en la Ciudad de Granada.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Del Contrato De Servicios

EQUIPO TÉCNICO. El Equipo técnico del Centro de Intervención Socio-Educativa, estará constituido integrado para la ejecución de este programa, como mínimo mínimo, por cinco educadores/as que prestarán servicio a jornada completa, o por un número superior de educadores/as que, de acuerdo con la normativa laboral aplicable, complete las mencionadas cinco jornadas laborales, con el objeto de que llevar a cabo todas las fases de la intervención socio-educativa con los/as menores y las familias, y realizando su labor de forma coordinada con el personal señalado del Servicio Social de Base del Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de la obligación de subrogar a las personas incluidas en el apartado 9º. Todo el anexo relativo al personal dependerá a subrogar. Un/a educador/a asumirá funciones de coordinación interna del Equipo y será responsabilidad exclusiva externa con los Servicios sociales de Base.  Titulación: Todos/as los/as profesionales adscritos al servicio deberán contar con Grado o Diplomatura, preferentemente, en Educación Social, o, equivalente, o, en su defecto, con titulación universitaria en Trabajo Social, Psicología o Pedagogía.  Experiencia profesional: Mínima de un año en Programas con infancia, juventud y familia en situación de riesgo y en aplicación de técnicas de intervención socio-educativa.  La prestación del Servicio deberá ofrecerse en las dos lenguas oficiales de la entidad adjudicataria Comunidad autónoma del País Xxxxx: euskera y castellano. El punto xx xxxxxxx del proceso de intervención será la recepción de la demanda en el SSB y la asignación de/la TS responsable del caso, por ello, la fluidez en la coordinación entre ambos es fundamental, coordinación que asumirá deberá llevarse a cabo en todas las obligaciones laborales fases de intervención. Es el Servicio Social de Base el que introduce al E.I.S.E., ante profesionales y de seguridad social correspondientesagentes sociales, sin que tengan ningún tipo de relación funcionarial ni contractual con el Ayuntamiento de Granadapresentándolo como un recurso municipal. El/la adjudicatarioTrabajador/a será Social del SSB y el/la empleadorEducador/a trabajan en equipo y, a lo largo de la intervención, ambos roles profesionales tienen mayor o empresariomenor presencia con respecto al/la usuario/a, por lo dependiendo del momento en que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por las leyes, no surgiendo responsabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos y medidas que adopte el/la empresario/a sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contratose encuentre dicha intervención. El Ayuntamiento equipo de Granada podrá derivar alumnos en prácticas intervención socioeducativa canalizará hacia el SSB todas aquellas demandas o consultas de disciplinas casos que guarden relación con la finalidad pueda recepcionar de este contrato recursos comunitarios (tales como educadorescentros de salud, monitorescentros escolares, relaciones laborales, psicólogos, pedagogosasociaciones, etc.) al Centro En cuanto a la metodología específica, señalar que: - Intervención Intensiva, que es la que requiere una mayor dedicación por parte de Encuentro y Acogida, así como otro personal los profesionales pudiendo ser de mayor o menor duración en el marco tiempo - Intervención puntual; - Intervención Global: Se trata de actuaciones referidas a tratamientos integrales, esto es, que incorporan la intervención en tres o más áreas; - Intervención Específica: Se trata de actuaciones referidas a aspectos o carencias concretos con el tratamiento de una o dos áreas. El servicio de intervención socio educativa se prestará todos los Convenios suscritos entre el Ayuntamiento meses del año, de Granada y otras entidades para esta finalidad Igualmente se permite la posibilidad de colaboración en el Centro de Encuentro y Acogida de personal voluntario especializado que reúna las características apropiadas lunes a este finviernes, salvo los declarados festivos, en el marco previsto en la Ley del Voluntariado horario de mañana y demás normativa reguladora. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente el Ayuntamiento de Granada podrá facilitar la participación en este proyecto de personal propio que, por su perfil, pueda complementar el equipo técnico básico establecido para el desarrollo del proyecto, asumiendo exclusivamente para dicho personal las obligaciones que le correspondan. El Responsable del Contrato será el Jefe del Servicio de Servicios Sociales Sectoriales del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades. Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la licitadora deberá cumplir además el siguiente requisito: La licitadora deberá dedicarse a la prestación de actuaciones básicas de servicios sociales u otros similares de carácter social. Sólo procederán en el caso de modificación de las condiciones en la suscripción del Convenio de Colaboración que en materia de Drogodependencias se suscriba entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el mantenimiento y financiación del Centro de Encuentro y Acogida para Drogodependientes en la Ciudad de Granadatarde.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Particulares Que Regirán El Contrato

EQUIPO TÉCNICO. Para llevar a cabo el trabajo al que se refiere el presente pliego, deberá acreditarse que el personal adscrito a este contrato posee los conocimientos jurídicos, administrativos, urbanísticos, contables y técnicos necesarios para la consulta de archivos, realización de trámites registrales y catastrales, comprobación de planos, realización de mediciones, investigaciones de campo, valoraciones, etc., así como los conocimientos informáticos suficientes en relación con el manejo de la herramienta y aplicación informática a suministrar. El Equipo licitador propondrá, de forma detallada, el personal que vaya a realizar los trabajos objeto del presente Xxxxxx, que estará compuesto, al menos por: - Un Licenciado en Derecho, con experiencia acreditada en Derecho Público [Administrativo y Urbanismo] - Un Arquitecto o Arquitecto Técnico, con experiencia en valoración de bienes y urbanismo. - Un Ingeniero o Ingeniero Técnico Informático. - Ingeniero Técnico en Topografía. - Personal de apoyo en tareas administrativas. De todos ellos deberá acompañar los datos personales, currículum, titulación académica, certificados de los servicios o contratos realizados con anterioridad, o cualquier otro medio que justifique y acredite, fehacientemente, su capacidad y experiencia profesional, en los términos previstos en la legislación vigente. El equipo de trabajo estará compuesto, en todo momento, de personal técnico y administrativo, especializado en la elaboración de inventarios. Los cambios puntuales en la composición del Centro estará constituido como mínimo equipo ofertado, está sujeto a autorización del responsable del contrato y requerirá el cumplimiento de las siguientes condiciones: - Justificación escrita, motivada, explicando el motivo del cambio. - Presentación de posibles candidatos con un perfil profesional igual o superior al de la persona que se pretende sustituir. El Ayuntamiento no tendrá ninguna relación jurídica con el personal adscrito por el personal señalado en contratista para la ejecución del contrato, siendo de cuenta de éste el apartado 9º. Todo el personal dependerá y será responsabilidad exclusiva cumplimiento de la entidad adjudicataria que asumirá todas las obligaciones laborales en materia laboral, seguridad social, y de seguridad social correspondientes, sin que tengan ningún tipo de relación funcionarial ni contractual con el Ayuntamiento de Granada. El/la adjudicatario/a será el/la empleador/a o empresario/a, por lo que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por las leyes, no surgiendo responsabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos y medidas que adopte el/la empresario/a sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. El Ayuntamiento de Granada podrá derivar alumnos en prácticas de disciplinas que guarden relación con la finalidad de este contrato (tales como educadores, monitores, relaciones laborales, psicólogos, pedagogos, etc.) al Centro de Encuentro y Acogida, así como otro personal salud en el marco de los Convenios suscritos entre el Ayuntamiento de Granada y otras entidades para esta finalidad Igualmente se permite la posibilidad de colaboración en el Centro de Encuentro y Acogida de personal voluntario especializado que reúna las características apropiadas a este fin, en el marco previsto en la Ley del Voluntariado y demás normativa reguladora. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente el Ayuntamiento de Granada podrá facilitar la participación en este proyecto de personal propio que, por su perfil, pueda complementar el equipo técnico básico establecido para el desarrollo del proyecto, asumiendo exclusivamente para dicho personal las obligaciones que le correspondan. El Responsable del Contrato será el Jefe del Servicio de Servicios Sociales Sectoriales del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades. Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la licitadora deberá cumplir además el siguiente requisito: La licitadora deberá dedicarse a la prestación de actuaciones básicas de servicios sociales u otros similares de carácter social. Sólo procederán en el caso de modificación de las condiciones en la suscripción del Convenio de Colaboración que en materia de Drogodependencias se suscriba entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el mantenimiento y financiación del Centro de Encuentro y Acogida para Drogodependientes en la Ciudad de Granadatrabajo.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Regirá La Ejecución Del Contrato

EQUIPO TÉCNICO. La entidad adjudicataria para la ejecución de este Lote podrá a disposición el siguiente Equipo Técnico:  1 coordinador, con presencia de 5 horas semanales en el proyecto, cuyas funciones y tareas son las siguientes:  Elaborar un proyecto integral del proyecto y de modelo de intervención con los criterios establecidos en el presente pliego y siempre con una perspectiva de participación de los jóvenes en la organización de las actividades.  El Equipo coordinador se reunirá con una periodicidad quincenal, así como todas las veces en la que sea convocado por el Patronato de Bienestar Social por necesidad para cumplir con su cometido  Elaborará los sistemas de control y seguimiento junto con la responsable asignada por Servicios Sociales municipales  Gestión del personal técnico  Supervisión y gestión del estado del local y espacios en los que se preste el servicio, garantizando que el mismo funcione adecuadamente y se encuentre en buen estado  Gestión, supervisión y seguimiento de las compras que se realizan para garantizar los servicios y prestaciones del Centro estará constituido (programas y actividades)  Coordinación del Centro con otros dispositivos de la red de atención a personas en situación de exclusión social  Gestión y supervisión técnica de los profesionales, garantizando el modelo de atención determinado por Servicios Sociales  Programar la formación interna y externa del personal  Interlocutor con los técnicos municipales  Garantizar la coordinación telefónica o vía email durante las 24 horas del día con los servicios municipales. En caso de delegar esta tarea informará previamente a los Servicios Sociales  2 técnicos especializados (30 horas semanales cada uno) en intervención socioeducativa, en el que al menos uno tengan un grado universitario: en la que al menos uno sean grado en psicología, trabajo social, educación social, terapia ocupacional y otro será como mínimo integrador social, cuyas funciones y tareas serán las siguientes:  Efectuarán la acogida  Realizarán entrevistas individuales de diagnóstico, valoración e intervención social adaptada a las necesidades y capacidades del ciudadano participante  Análisis de la demanda y características personales, sanitarias y sociales del participante  El acompañamiento socioeducativo necesario  Actividades grupales  Coordinación con los técnicos que trabajan e interviene con la misma persona para establecer estrategias coordinadas y multiplicadoras de trabajo en red,  Elaboración de las herramientas técnicas,  Acceso y registro en la aplicación SIUSS y en cualquier otra establecida por el personal señalado Servicios Sociales municipales respecto a la información útil del ciudadano y las actuaciones realizadas por los profesionales  Coordinarse con organizaciones y entidades que puedan ayudar en el apartado 9º. Todo el personal dependerá proceso de recuperación y será responsabilidad exclusiva de mejora de calidad de vida de la persona (empleo, sanidad, seguridad social, vivienda entre otros)  Participará en actividades formativas  Supervisará alumnos que realicen prácticas en el Centro  Diseño y ejecución de actividades y talleres.  Se contará con un servicio de información y comunicación entre los ciudadanos participantes con los técnicos del proyecto a través de teléfono móvil y de redes sociales más utilizadas habitualmente: WhatsApp, twitter y Facebook entre otras. La entidad adjudicataria organizará su personal de modo que asumirá todas las obligaciones laborales sustituya a los dos técnicos que participan en el proyecto en caso de ausencia de más de una semana, excepto en periodo vacacional. de la adjudicación y de seguridad social correspondientes, sin que tengan ningún tipo de relación funcionarial ni contractual con el Ayuntamiento de Granada. El/la adjudicatario/a será el/la empleador/a o empresario/a, por lo que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por las leyes, no surgiendo responsabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos y medidas que adopte el/la empresario/a sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación formalización del contrato. El horario de prestación del servicio podrá ser alterado, de conformidad con el Patronato de Bienestar Social del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx con el fin de Granada podrá derivar alumnos en prácticas de disciplinas que guarden relación con la finalidad de este contrato (tales como educadores, monitores, relaciones laborales, psicólogos, pedagogos, etc.) al Centro de Encuentro y Acogida, así como otro personal en el marco de los Convenios suscritos entre el Ayuntamiento de Granada y otras entidades para esta finalidad Igualmente se permite la posibilidad de colaboración en el Centro de Encuentro y Acogida de personal voluntario especializado que reúna las características apropiadas a este fin, en el marco previsto en la Ley del Voluntariado y demás normativa reguladora. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente el Ayuntamiento de Granada podrá facilitar la participación en este proyecto de personal propio que, por su perfil, pueda complementar el equipo técnico básico establecido para mejorar el desarrollo del proyectoprograma, asumiendo exclusivamente para dicho personal las obligaciones sin que le correspondan. El Responsable del Contrato será ello suponga modificación contractual, siempre que el Jefe del Servicio número de Servicios Sociales Sectoriales del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades. Sin perjuicio de lo establecido horas establecidas en el Pliego presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la licitadora deberá cumplir además el siguiente requisito: La licitadora deberá dedicarse a la prestación de actuaciones básicas de servicios sociales u otros similares de carácter social. Sólo procederán en el caso de modificación de las condiciones en la suscripción del Convenio de Colaboración que en materia de Drogodependencias se suscriba entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el mantenimiento y financiación del Centro de Encuentro y Acogida para Drogodependientes en la Ciudad de Granadamantenga inalterado.

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Samples: Pliego De Prescripciones Tecnicas Que Ha De Regir La Adjudicacion Por Procedimiento Abierto Del Contrato De Servicios Consistentes en La Gestión Del Programa De Atención a Personas en Riesgo De Exclusión Social

EQUIPO TÉCNICO. El Equipo técnico Técnico que proponga el licitador debe contar con una extensa y acreditada experiencia en el campo de la gestión y justificación de proyectos cofinanciados por fondos europeos. En el caso de Programas de Cooperación Transfronteriza esta cualidad se refuerza, ya que se trata de intervenciones integradas complejas que afectan a numerosos ámbitos técnicos y funcionales de intervención y que envuelve a numerosas entidades institucionales binacionales del Centro estará constituido como mínimo territorio xx xxxxxxxx. Estos requisitos de experiencia y cualificación del Equipo Técnico se han incluido en las condiciones de solvencia técnica y profesional dentro de los requisitos específicos a cumplir por el personal señalado licitador. El Equipo Técnico estará compuesto, al menos, por profesionales con los siguientes perfiles:  Para la actividad de APOYO A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ECONÓMICO- FINANCIERA DEL PROYECTO CIUDADES CENCL+; se requiere Director/a del Equipo Técnico Experto/a en el apartado 9º. Todo el personal dependerá Gestión de Programas Europeos. Será un Titulado/a Técnico Superior con Formación de Postgrado/Máster y, al menos, cinco años de experiencia profesional en proyectos de Desarrollo/Ordenación Territorial y será responsabilidad exclusiva Urbana con cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la entidad adjudicataria que asumirá todas las obligaciones laborales y Unión Europea.  Para la actividad de seguridad social correspondientes, sin que tengan ningún tipo de relación funcionarial ni contractual con el Ayuntamiento de GranadaAPOYO A LAS LABORES DE COMUNICACIÓN. El/la adjudicatarioPLAN DE COMUNICACIÓN DEL PROYECTO CIUDADES CENCYL+); se requiere Experto/a será el/la empleadoren Diseño y Realización de Actividades de Comunicación. Será un Titulado/a o empresarioTécnico Superior con Formación de Postgrado/aMáster y, por lo que tendrá las obligaciones al menos, cinco años de experiencia profesional en proyectos de Diseño Gráfico, Campañas de Comunicación y los derechos establecidos por las leyesGestión de páginas web. Del mismo modo, no surgiendo responsabilidad municipal algunael adjudicatario del concurso, aún cuando los despidos dispondrá del suficiente personal administrativo y medidas que adopte el/la empresario/a sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. El Ayuntamiento de Granada podrá derivar alumnos en prácticas de disciplinas que guarden relación con la finalidad de este contrato (tales como educadores, monitores, relaciones laborales, psicólogos, pedagogos, etc.) al Centro de Encuentro equipos y Acogida, así como otro personal en el marco de los Convenios suscritos entre el Ayuntamiento de Granada y otras entidades componentes informáticos suficientes para esta finalidad Igualmente se permite la posibilidad de colaboración en el Centro de Encuentro y Acogida de personal voluntario especializado que reúna las características apropiadas a este fin, en el marco previsto en la Ley del Voluntariado y demás normativa reguladora. Sin perjuicio de lo previsto anteriormente el Ayuntamiento de Granada podrá facilitar la participación en este proyecto de personal propio que, por su perfil, pueda complementar el equipo técnico básico establecido para el desarrollo del proyecto, asumiendo exclusivamente para dicho personal las obligaciones que le correspondan. El Responsable del Contrato será el Jefe del Servicio de Servicios Sociales Sectoriales del Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades. Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la licitadora deberá cumplir además el siguiente requisito: La licitadora deberá dedicarse a la prestación de actuaciones básicas de servicios sociales u otros similares de carácter social. Sólo procederán en el caso de modificación de las condiciones en la suscripción del Convenio de Colaboración que en materia de Drogodependencias se suscriba entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada para el mantenimiento y financiación del Centro de Encuentro y Acogida para Drogodependientes en la Ciudad de Granadaasistencia solicitada.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas