Common use of ESTIPULACIONES ADICIONALES Clause in Contracts

ESTIPULACIONES ADICIONALES. 13.1 LA ARRENDATARIA asume el pago íntegro de cualquier tributo, intereses y/o multas relacionadas con EL(LOS) INMUEBLE(S), devengando o que se devengue durante la vigencia del presente contrato, incluso luego de ejercida la Opción o desde la adquisición de el(los) mismo(s). Los procesos judiciales o administrativos vinculados al cobro de los tributos, intereses y/o multas antes señalados, son de responsabilidad de LA ARRENDATARIA, quien deberá intervenir personalmente en los mismos; sin embargo EL BANCO, a su sola decisión y sin expresión de causa, podrá decidir actuar o no en los procesos señalados o disponer que la ARRENDATARIA realice el pago de parte o del íntegro de la deuda tributaria o multas en cuestión. La actuación de EL BANCO no exime el pago de los tributos y otros gastos aplicables asumidos expresamente por LA ARRENDATARIA ante la autoridad respectiva. En este sentido, cualquier pago que realice EL BANCO, como consecuencia del cobro de los tributos, intereses o sanciones relacionados con EL(LOS) INMUEBLE(S), deberá ser reembolsado por LA ARRENDATARIA a EL BANCO conjuntamente con los costos, costas, otros gastos y comisiones por las gestiones efectuadas, conforme las condiciones que éste último establezca.

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Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero, Contrato De Arrendamiento Financiero

ESTIPULACIONES ADICIONALES. 13.1 LA ARRENDATARIA asume el pago íntegro de cualquier tributo, intereses y/o multas relacionadas con EL(LOS) INMUEBLE(SBIEN(ES), devengando devengado o que se devengue durante la vigencia del presente contratocontrato o, incluso luego de ejercida la Opción o desde la adquisición de el(los) mismo(s). Los procesos judiciales o administrativos vinculados al cobro de los tributos, intereses y/o multas antes señalados, son de responsabilidad de LA ARRENDATARIA, quien deberá intervenir personalmente en los mismos; sin embargo EL BANCO, a su sola decisión y sin expresión de causa, podrá decidir actuar o no en los procesos señalados o disponer que la ARRENDATARIA realice el pago de parte o del íntegro de la deuda tributaria o multas en cuestión. La actuación de EL BANCO no exime el pago de los tributos y otros gastos aplicables asumidos expresamente por LA ARRENDATARIA ante la autoridad respectiva. En este sentido, cualquier pago que realice EL BANCO, como consecuencia del cobro de los tributos, intereses o sanciones relacionados con EL(LOS) INMUEBLE(SBIEN(ES), deberá ser reembolsado por LA ARRENDATARIA a EL BANCO conjuntamente con los costos, costas, otros gastos y comisiones por las gestiones efectuadas, conforme las condiciones que éste último establezca.

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