ETIQUETADO Cláusulas de Ejemplo

ETIQUETADO. El etiquetado deberá cumplir con lo establecido en la NOM-004-SCFI-2006, en lo que respecta a la siguiente información:  Marca comercial (en caso de tenerla);  Descripción de insumos;  Talla;  Instrucciones de cuidado;  Nombre, denominación o razón social;  Domicilio fiscal.
ETIQUETADO. A menos que se especifique lo contrario, el idioma de todos los manuales, instrucciones, servicios, documentación técnica, etc., será el español. Todas las etiquetas de los controles e instrumentos deberán estar en español.
ETIQUETADO. Todos los jamones elaborados bajo esta norma “Xxxxx Xxxxxxx” IGP, deben de ir identificados de manera clara, destacada e inequívoca, incorporando en su etiqueta, la mención IGP “Xxxxx Xxxxxxx” y el logotipo de la UE, además de los datos que exija la legislación vigente. Podrán aparecer en la etiqueta, además de los datos mínimos exigidos, el tiempo de curación (según categorías: Bodega o Cava para productos de más de 9 meses de curación, Reserva o Añejo, para productos con más de 12 meses de curación y Gran Reserva, para productos con más de 15 meses de curación), acompañando a la denominación comercial, la indicación IGP con el nombre y/o el código de identificación de la entidad de certificación que haya certificado a la empresa. Para el correcto control de las producciones, el órgano de gestión que se constituya a tal efecto, establecerá el procedimiento de control de las contraetiquetas de las producciones certificadas, de forma que se pueda comprobar que el número de jamones comercializados por cada empresa bajo la denominación "Xxxxx Xxxxxxx" coincide con los que han sido elaborados y controlados de acuerdo con este Pliego de Condiciones y que figuran en la documentación relativa a cada partida. Se podrán comercializar piezas certificadas, deshuesadas, en porciones o loncheadas, siempre y cuando se traslade la información correspondiente de la identificación del producto, de forma que se garantice su trazabilidad. A tal efecto, se notificará a la autoridad competente o en su caso el órgano de gestión que se constituya a tal efecto, la realización de este proceso.
ETIQUETADO. El etiquetado de los envases (primarios y secundarios), debe ser especialmente legible e indeleble con la siguiente información:
ETIQUETADO. El Licenciante marcará todos los productos fabricados y suministrados bajo esta licencia con números de serie e incorporará una etiqueta que diga19 "Licencia ......".
ETIQUETADO. 1. Los productos importados de una Parte por la otra Parte con arreglo al presente Acuerdo deberán cumplir los requisitos de etiquetado establecidos en las leyes y reglamentos de la otra Parte listados en los anexos III y IV. Esos productos podrán llevar el logotipo ecológico de la Unión, el logotipo orgánico de Chile, o ambos, con arreglo a lo dispuesto en las leyes y reglamentos pertinentes, siempre que cumplan los requisitos de etiquetado del logotipo respectivo o de ambos logotipos.
ETIQUETADO. 1. Los requisitos de etiquetado de los bienes y servicios que formen parte del ámbito de este capítulo estarán sujetos a las disposiciones establecidas en el mismo.
ETIQUETADO. La etiqueta del fabricante o importador deberá colocarse en cada mueble sanitario en tamaño visible y debe contener en idioma español los siguientes datos: En caso de que en el producto no sea visible la etiqueta o impresión permanente, esa misma información debe repetirse en el envase y/o en el embalaje.
ETIQUETADO. Los activos hardware objeto del Contrato vendrán etiquetados con el número de serie del fabricante, tanto en formato alfanumérico como en formato de código xx xxxxxx. En el caso de que el número de serie no esté incluido de fábrica, o la etiqueta no contenga ambos formatos (alfanumérico y código xx xxxxxx) o no sean legibles, el adjudicatario lo incluirá a través de un sistema de etiquetado que cumpla las siguientes características:  Contenido: o El número de serie del activo en formato alfanumérico. o El número de serie del activo en formato código xx xxxxxx. o Opcionalmente, otro contenido (logotipos, etcétera).  Material: o Poliéster metalizado laminado. o Resistente al desgaste. o Resistente al agua. o Resistente a los disolventes. o Resistente a la luz. o Resistente a altas temperaturas. o Resistente a la abrasión. o Alta resistencia a rotura.  Adhesivo: o Adhesivo antivandalismo. o Adhesivo permanente. o Adhesivo universal adaptable a distintas superficies. o Resistente a temperaturas de -40 ºC a +145 ºC.  Impresión: o Admite Código xx xxxxxx. o Admite logotipos. o Tinta indeleble de larga duración.
ETIQUETADO. Los productos peligrosos sólo podrán ser comercializados cuando en el etiquetado de sus envases, ostenten de manera legible e indeleble, al menos en castellano, las condiciones que a continuación se indican: • Denominación de las sustancias (puede utilizarse una nomenclatura internacional reconocida). • Nombre, dirección completa y teléfono del fabricante, importador o distribuidor. • Símbolos e indicaciones de peligro impresos en negro sobre un fondo amarillo anaranjado.