Euros B– Euros C– Euros D – Euros Cláusulas de Ejemplo

Euros B– Euros C– Euros D – Euros. Más de 50.000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000 5.000 5.000 5.000 40.001 A 50.000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.980 4.480 3.480 3.480 30.001 A 40.000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.380 3.780 3.180 3.180 25.001 A 30.000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.480 3.180 2.880 2.880 ≤ 25.000 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000 1.000 1.000 1.000 cve: BOE-A-2013-2198 La clasificación que encuadra las residencias a los efectos del cálculo de la PV2 en lo referente al tipo de bloque, permanecerá vigente en tanto no varíen los parámetros de millones de viajeros al año. En caso de que las variaciones en millones de viajeros año, alterasen la clasificación definida, ésta se regularizará al cierre del ejercicio y servirá de base para ejercicios siguientes en tanto no vuelvan a existir variaciones. Prima Variable «PV1» Recoge las retribuciones ligadas a la producción medida en minutos realizados de tren de número al año. El valor del minuto de conducción de tren de número, se establece en función de bloques productivos estructurados en minutos de tren de número acumulados y se establece un doble valor en función de las condiciones de conducción del trabajador: Agente único (AU) un solo maquinista, o bien Agente Doble (AD), dos maquinistas en funciones de conducción en un mismo tren. Se detalla cuadro con los valores del minuto de tren de número por bloques productivos y condiciones de conducción AU-AD. (Valores año 2011) Cuadro 5 Mercancías y logística Área de actividad Bloques de Minutos tren medios por trabajador/año Valor MTC Agente Único Valor MTC Agente Doble Mercancías y Logística Los primeros 14.000 al valor de 0,110000 0,077000 Desde 14.001 hasta 28.000 al valor de 0,160000 0,112000 Desde 28.001 hasta 42.000 al valor de 0,210000 0,147000 A partir de 42.001 0,306000 0,214200 Los Cuadros de servicios contendrán las situaciones de maniobras, reservas, depósitos, apartados y posicionamientos de material que sean precisos para garantizar la operatividad y funcionalidad de los mismos.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.