Excedencias especiales. Los trabajadores por el presente Convenio tendrán derecho a las excedencias que se citan en el artículo 46, apartado 1 y 4 y artículo 48 en su apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores y en concordancia con la Ley Orgánica de Libertad Sindical; teniendo en cuenta que las responsabilidades Sindicales se estructuran a nivel insular o Superior, y los Cargos Públicos se concretan en Ayuntamientos, Cabildos, Órganos Autonómicos y Parlamentos. Todo ello independientemente de lo que sobre excedencias expresa el presente Convenio.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Colectivo Provincial De Hostelería, Convenio Colectivo
Excedencias especiales. Los trabajadores por el presente Convenio Convenio, tendrán derecho a las excedencias que se citan en el artículo 46, apartado 1 y 4 y artículo 48 en su apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores y en concordancia con la Ley Orgánica de Libertad Sindical; teniendo en cuenta que las responsabilidades Sindicales se estructuran a nivel insular o Superior, y los Cargos Públicos se concretan en Ayuntamientos, Cabildos, Órganos Autonómicos y Parlamentos. Todo ello independientemente de lo que sobre excedencias expresa el presente Convenio.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo
Excedencias especiales. Los trabajadores por el presente Convenio convenio, tendrán derecho a las excedencias que se citan en el artículo 46, apartado apartados 1 y 4 y artículo 48 en su apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores y en concordancia con la Ley Orgánica de Libertad Sindical; teniendo en cuenta que las responsabilidades Sindicales sindicales se estructuran a nivel insular o Superiorsuperior, y los Cargos Públicos cargos públicos se concretan en Ayuntamientosayuntamientos, Cabildoscabildos, Órganos Autonómicos órganos autonómicos y Parlamentosparlamentos. Todo ello independientemente de lo que sobre excedencias expresa el presente Convenioconvenio.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo