EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Cláusulas de Ejemplo

EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD. PROYECTO ENTIDAD CONTRATANTE DESCRIPCIÓN DE LA LABOR DESEMPEÑADA FECHA CARTA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES ASIGNADOS AL SERVICIO Lugar y Fecha Nombre, Firma y CIP del Profesional NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL POSTOR Señores Municipalidad Provincial de Lambayeque ASUNTO: ADS N° 01 -2007-MPL-CE NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL POSTOR ADS. Nº 01-2007-MPL-CE FORMULACION DE CONSULTAS Y OBSERVACION DE BASES Del 15 xx Xxxx al 18 xx Xxxx del 2007 MESA DE PARTES Xx. Xxxxxxx 000 de 8:00 am a 02:00 pm

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  • EXPERIENCIA ESPECÍFICA Los proponentes deberán acreditar la siguiente experiencia específica: El proponente acreditará en máximo dos (2) contratos la ejecución de obras, cuyas actividades comprendan dan la: AMPLIACION, Y/O CONSTRUCCIÓN, Y/O REHABILITACIÓN, Y/O REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y/O TUNELES, EN TODOS LOS CASOS EN ESTRUCTURAS HIDRAULICAS. Con la sumatoria de los contratos con los que se acredite la experiencia específica, deberá demostrarse la instalación de ciento cuarenta (140) metros cúbicos de concreto para túneles de obras hidráulicas, excavación de mínima de 200 metros cúbicos, suministro e instalación de tubería presión mayor a 100 psi y diámetro igual o mayor a 36” en una longitud de 160 metros lineales, suministro e instalación de xxxxx xx xxxxxxxx en una cantidad mayor o igual a 25.000 kilos. NOTA 1: Es de aclarar que, el proponente podrá presentar un (1) solo contrato o certificación, si con este da cumplimiento con los requisitos exigidos, en todo caso sin exceder un máximo de dos (2) contratos. En caso de Consorcios y/o uniones temporales, se sumará la experiencia de sus integrantes pudiendo uno solo acreditar la totalidad de la experiencia. Para acreditar esta experiencia se aceptarán certificados, o actas finales, y/o actas de liquidación acompañadas suscritas por la entidad pública, y/o de derecho privado contratante. En Caso de que la experiencia haya sido adquirida en calidad de consorciado, o en calidad de Unión Temporal se validará para las actividades y para el valor requeridos conforme con el porcentaje de participación del proponente en tal figura asociativa, para lo cual las certificaciones, documentos aportados deberán dar cuenta de los porcentajes de participación, o en su defecto deberá presentarse copia del documento consorcial, o de unión temporal. En el evento de que el Proponente, con el fin de acreditar su experiencia, aporte con su Propuesta contratos

  • EXPERIENCIA Los proponentes deberán acreditar la experiencia con máximo tres (3) certificados de contratos ejecutados y terminados a la fecha límite establecida para recibir las propuestas en el presente proceso de selección en los últimos tres (3) años cuyo objeto esté directamente y estrictamente relacionado con el objeto del contrato. El valor de la sumatoria de los certificados a acreditar debe ser igual o superior 1829 SMMLV. Uno de los contratos deberá acreditar experiencia en centros comerciales, aeropuertos u otros centros de convenciones y su cuantía deberá ser superior a 915 SMMLV. Cuando las certificaciones expresen su valor en dólares, se tendrá en cuenta la tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx (TRM) a la fecha en que se celebró el contrato certificado. Para verificar el valor de los contratos certificados, se tomará el valor xxx xxxxxxx mínimo legal mensual vigente del año de celebración del respectivo contrato. Las certificaciones deberán estar en papel membretado, y deberán cumplir con los siguientes requisitos y contener como mínimo la siguiente información:  En papel membretado de la entidad contratante.  Nombre o razón social de la empresa contratante  Nombre del contratista (deberá figurar el proponente)  Objeto del contrato u orden.  Descripción de las actividades.  Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.  Valor final del contrato.  Fecha de expedición de la certificación  Si es Consorcio o Unión Temporal el porcentaje de participación  Cumplimiento satisfactorio del contrato u orden.  Nombre, cargo y firma de quien certifica. El proponente que pretenda acreditar experiencia obtenida en contratos suscritos con PLAZA MAYOR, no deberá aportar las certificaciones contractuales. Bastará con enunciarlo en el FORMATO No. 9. NOTA: aquellas certificaciones que no reúnan los requisitos aquí señalados no serán validadas para acreditar la experiencia para participar. En caso de que se conceda plazo para subsanar este requisito, el plazo será perentorio, es decir, vencido este término sin satisfacer en la forma requerida el requisito, dará lugar a que se constituya una causal de eliminación de la propuesta. Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el valor que será objeto de evaluación, será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiese tenido en los mismos. Si el proponente es un Consorcio o una Unión Temporal, la experiencia resultará de la suma de la experiencia de cada uno de los integrantes, para ello, deberá aportar algún porcentaje en la experiencia, es decir, que no se aceptará que alguno de los integrantes no tenga experiencia para aportar, en caso de no cumplir con los requisitos anteriores, la propuesta será rechazada. No será válido para acreditar experiencia, fotocopias de contratos sin la correspondiente certificación de cumplimiento.

  • ACUERDOS ESPECIALES El suscriptor y/o usuario potencial que no estuviere de acuerdo con alguna de las condiciones del contrato, podrá manifestarlo así, y hacer una petición con la contra propuesta del caso.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • RESULTADOS ESPERADOS Lograr el objetivo de la consultoría ejecutando las actividades descritas en el Literal 4, en el marco de alcance definido en el literal 3 y lo establecido en el Plan de Trabajo del Consultor acordado y actualizado, el cual debe alinearse con el último POA del año acordado con el BID. Se podrán realizar actualizaciones al Plan de Trabajo del consultor, las cuales deberán ser consensuadas y validadas con su supervisor inmediato y aprobadas por la Dirección General del Programa. En los casos en que se presentarán restricciones en la ejecución por condiciones externas que sean debidamente justificadas en el Informe Final del Consultor, se podrán analizar los impactos en el logro del objetivo de la consultoría. Las restricciones que se presenten durante el desarrollo de la consultoría deberán ser reportados en las actualizaciones de los planes de trabajo y en los Informes Mensuales como antecedente, así como en el Informe Final. El supervisor designado realizará el monitoreo permanente del cumplimiento del Plan de Trabajo del Consultor y sus actualizaciones. Al cierre de cada ejercicio anual o al término del Contrato se realizará una Evaluación de Desempeño del profesional, cuyo resultado será remitido al Banco.

  • Privacidad Para acceder a nuestro sitio web y/o servicios, es posible que se le pida que proporcione cierta información sobre usted como parte del proceso de registro. Usted se compromete a que toda la información que proporcione sea siempre precisa, correcta y actualizada. Hemos desarrollado una política para abordar cualquier preocupación sobre la privacidad que pueda tener. Para más información, consulte nuestra Declaración de privacidad y nuestra Política de cookies.

  • VIGENCIA La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del contrato. Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.

  • SEGURIDAD E HIGIENE a. El Contratista indicará con señalamientos legibles, tanto las áreas restringidas como las peligrosas y su protección de posibles daños, así como a los elementos que puedan ser afectados, siendo responsabilidad vigilar la reparación en tiempo, forma y calidad de los mismos; b. Todo el personal de campo, administrativo y directivo deberá contar con equipo de seguridad a fin de evitar riesgos, siendo responsabilidad del Contratista dotar a su personal de este equipo y de exigirle el uso del mismo, y de asegurar su perfecta identificación; c. Es responsabilidad del Contratista mantener el sitio de la obra en buenas condiciones de higiene y libre de materiales, basura u obstáculos que impidan el libre tránsito dentro de la misma, es decir, el área de los trabajos deberá estar limpia en todo tiempo para los fines ya descritos; d. Será responsabilidad del Contratista retirar del sitio de los trabajos, en periodos no mayores a 24 horas, los materiales de demolición, desmantelamientos, basura y desperdicios, evitando su acumulación. Independientemente de la limpieza general que deberá efectuar para la entrega final de la obra; e. Es responsabilidad directa del Contratista, el acatar en todo momento y bajo cualquier circunstancia, los reglamentos internos de los inmuebles o los reglamentos del condominio, cuando sea el caso, para lo cual acepta expresamente cualquier responsabilidad por actos u omisiones a este lineamiento; f. El Contratista será el único responsable de determinar el sitio donde se tirarán los materiales producto de demoliciones, debiendo apegarse a lo estipulado a las regulaciones aplicables en Materia de protección al ambiente de la Entidad Federativa donde se ejecutarán los trabajos, sin embargo, el Contratista deberá presentar los comprobantes oficiales que corroboren que los escombros se depositan en sitios autorizados por las autoridades locales; g. La Residencia de Obra, asignará un lugar específico dentro del sitio de los trabajos para la acumulación de desperdicios y producto de limpiezas durante la ejecución de los trabajos para lo cual el Contratista se compromete a delimitar esta área y mantenerla en condiciones de higiene y seguridad que permitan el libre tránsito y eviten posibles focos de infección y a su total limpieza una vez concluidos los trabajos; y h. Será responsabilidad del Contratista la posible afectación a las áreas jardineadas donde se ubiquen almacenes, áreas de habilitado, bodegas y oficina de campo en virtud de los trabajos realizados, por lo que deberán considerar su rehabilitación cuando se terminen los trabajos sin costo por el CFCRL.

  • Protección de la maternidad 1. La evaluación de los riesgos a que se refiere el artículo 16 de la presente Ley deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos. 2. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe del médico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. El empresario deberá determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos. El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto. cve: BOE-A-2018-3156 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. 3. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo, contemplada en el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, durante el período necesario para la protección de su seguridad o de su salud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con su estado. 4. Lo dispuesto en los números 1 y 2 de este artículo será también de aplicación durante el período de lactancia natural, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe del médico del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora o a su hijo. Podrá, asimismo, declararse el pase de la trabajadora afectada a la situación de suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia natural de hijos menores de nueve meses contemplada en el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, si se dan las circunstancias previstas en el número 3 de este artículo. 5. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.» 6. Conforme al tenor literal de los apartados 2 y 4 del vigente artículo 35 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: «2. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo anterior, con arreglo a la siguiente escala: De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención. De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegados de Prevención. De 501 a 1.000 trabajadores: 4 Delegados de Prevención. De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 Delegados de Prevención. De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 Delegados de Prevención. De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 Delegados de Prevención. De 4.001 en adelante: 8 Delegados de Prevención».

  • Seguridad 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras.