Extinción por resolución del contrato. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 211 y 245 de la LCSP, las establecidas en el apartado 23 del Cuadro Resumen de Características. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP. En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo previsto en los artículos 213 y 246 de la LCSP, con la particularidad de que en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista se podrá acordar, en todo caso, la incautación de la garantía definitiva, previa audiencia del contratista.
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Samples: Contrato De Obras, Contrato De Obras, Contrato De Obras
Extinción por resolución del contrato. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 211 y 245 de la LCSP, las establecidas en el apartado 23 del Cuadro Resumen de Características. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP. En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo previsto en los artículos 213 y 246 de la LCSP, con la particularidad de que en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista se podrá acordar, en todo caso, la incautación de la garantía definitiva, previa audiencia del contratista.
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Samples: Contract for Works, Contract for Works
Extinción por resolución del contrato. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno 1. Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 211 y 245 313 de la LCSP, las establecidas en el apartado 23 del Cuadro Resumen de Características.
2. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP. 05/09/2018
3. En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo previsto en los artículos 213 y 246 de la 313 del LCSP, con la particularidad de que en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista se podrá acordar, en todo caso, la incautación de la garantía definitiva, previa audiencia del contratista.. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno
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Samples: Contrato De Servicios
Extinción por resolución del contrato. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno 05/09/2018
1. Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 211 y 245 313 de la LCSP, las establecidas en el apartado 23 del Cuadro Resumen de Características.
2. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno
3. En cuanto a los efectos de la resolución se estará a lo previsto en los artículos 213 y 246 de la 313 del LCSP, con la particularidad de que en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista se podrá acordar, en todo caso, la incautación de la garantía definitiva, previa audiencia del contratista.
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Samples: Contrato De Servicios