Extintores Cláusulas de Ejemplo

Extintores. Se señalizará adecuadamente estas instalaciones según la norma UNE-23-033-81. Cada tres meses (3) se verificará la situación, accesibilidad y aparente buen estado de extintor. Estarán situados sobre sus soportes, a una altura suficiente sin sobrepasar 1,70 mts. Medidos desde el suelo, de manera que su accesibilidad no se encuentre anulada por los vehículos aparcados. Cada año (1) se realiza la revisión de todos los extintores instalados, se pesan y recargan todos los que tuvieran falta de gas o agua. Cada cinco años (5) se vacían totalmente todos los extintores, se someten a una prueba de presión de 20 kg/cm2, timbrándose de nuevo por la Delegación de Industria correspondiente u organismo autonómico competente, realizándose posteriormente nueva carga.
Extintores. GRUPOS DE PRESIÓN
Extintores. La pérdida directa por derrame de los contenidos de los extintores instalados en los locales asegurados, hasta el límite establecido en las condiciones particulares constantes en el cuadro de declaraciones de esta Póliza.
Extintores. Cada vehículo dispondrá del número y tipo de extintores exigidos por la Reglamentación vigente para este tipo de coche y con fácil acceso para el conductor. El diámetro de los mismos estará comprendido entre 148 y 150 mm y su fijación se realizará mediante abrazaderas elásticas.
Extintores. 12.1. Se deberá mantener extintores en las instalaciones provisionales y actividades en campo de acuerdo con los riesgos de incendio asociados. 12.2. Todo vehículo de carga liviana y pesada deberá tener un extintor de polvo químico, debidamente cargado y vigente, el mismo deberá estar en buenas condiciones (sin abolladuras, etiquetas en buen estado, legibles y en idioma español). 12.3. El Contratista deberá mantener extintores de incendios del tipo adecuado y en perfecto estado de funcionamiento en los siguientes lugares de la obra: • En todos los lugares donde se almacenan o manipulen líquidos inflamables. • Donde exista peligro de incendio por electricidad. 12.4. Los lugares provistos como almacenes o bodegas deberán tener al menos un extintor de 10 libras de CO2, agua y polvo químico. 12.5. Cuando se realicen trabajos de oxicorte, soldadura, y otros donde se involucre el uso de electricidad, el Contratista deberá tener en un lugar cercano un extintor de tipo CO2. 12.6. No se permite ningún tipo de quemas a cielo abierto. 12.7. Cada contratista debe contar con sus propios extintores si la naturaleza de trabajo lo requiere, los cuales se seleccionan de acuerdo con la siguiente tabla: Tipo de agente extintor CLASES DE FUEGO Agua A ✓ * --- --- --- Espuma A, B ✓ ✓ * --- --- Dióxido de carbono B, C --- ✓ ✓ * --- Polvo químico seco B, C --- ✓ * ✓ --- Polvo químico seco A, B, C ✓ ✓ * ✓ --- Polvo especial D --- --- --- ✓ * * Excelente su aplicación 12.8. Debe haber una persona capacitada en el uso de extintores si el trabajo que se realiza requiere de un extintor mientras se ejecuta la labor y en el caso de las instalaciones provisionales con riesgo de incendio se debe asegurar que haya una persona capacitada cerca del área que pueda acudir en caso de emergencia. 12.9. Los extintores deben estar visibles, accesibles a todas las personas y disponibles en todo momento. 12.10. Las distancias de recorrido para los extintores portátiles no deben exceder los 15 m. 12.11. La bodega debe estar provista con extintores de acuerdo al tipo de producto, según lo establecen las hojas de datos de seguridad (MSDS); de tal manera que en cualquier punto de la misma haya una distancia igual o menor a 11 m al extintor más cercano, pero nunca en las paredes del encierro o dentro del mismo. La cantidad va a depender de la superficie de la bodega y de la carga de combustible que exista en ella. 12.12. El área de trabajo debe señalizarse indicando el riesgo de incendio y se debe dispon...
Extintores. 5.5.1 INSTALACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DE EXTINTOR EN PARED 5.5.2 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EXTINTOR DE POLVO QUÍMICO SECO MÚLTIPLE ABC 20 LIBRAS (Incluye soporte de pedestal)
Extintores. Todas las edificaciones deben prever el espacio y señalización para la colocación de extintores, en función del grado de riesgo que representan. Para seleccionar el tipo de extintores a emplear, la Secretaría determinará el tipo de fuego que pueda producirse en función del material sujeto a combustión y la clase de agente extinguidor adecuado, conforme a lo que señala la Norma Oficial Mexicana y en las Tablas 5.8 y 5.9. CLASES DE FUEGO, SEGÚN EL MATERIAL SUJETO A COMBUSTIÓN Clase A Fuegos de materiales sólidos de naturaleza orgánica tales como trapos, viruta, papel, madera, basura, y en general, materiales sólidos que al quemarse se agrietan, producen cenizas y brasas. Clase B Fuegos que se producen como resultado de la mezcla de un gas (butano, propano, etc.) o de los vapores que desprenden los líquidos inflamables (gasolina, aceites, grasas, solventes, etc.) con el aire y flama abierta.
Extintores. Art. 3.13.1 Se recomienda el uso de un sistema de extinción de incendios homologado por la FIA para Turismos (con la fijación obligatoria de las botellas de extintor). Para todos los demás coches:  es obligatorio llevar un extintor manual de 2,4 kg según las prescripciones de lista técnica de la FIA núm. 6.  o un extintor que cumpla con la homologación, si se trata del mínimo según el reglamento de la FIA. Para extintores de incendio (sistemas y extintores manuales): Se requieren tapones anti-torpedo de acuerdo con el art. 7.2 y 7.3 del Anexo J – art. 253 P.e. como en las siguientes imágenes:
Extintores. Se procederá a su limpieza de polvo acumulado y se lustrará la parte bronceada. Los nichos para mangueras se higienizaran por la parte exterior. Se extenderá la limpieza a su parte interna y accesorios de bronce de la manguera.
Extintores. Mantener los extintores suficientes acorde con las características y dimensión del riesgo asegurado, con la respectiva carga vigente y ubicados en lugares visibles debidamente señalizados.