FIRMA DE LA PROPOSICIÓN Cláusulas de Ejemplo

FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. El licitante si es persona física, o su representante legal si se trata de persona moral, DEBERÁ FIRMAR CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente por los licitantes o sus apoderados. (Artículo 23 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado xx Xxxxxxxx Roo.)
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. El licitante o su representante legal deberá firmar autógrafamente la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de su proposición, salvo el catálogo de conceptos y el programa general de ejecución de los trabajos que deberán ser firmados en cada una de sus hojas, por lo que, el hecho de no firmar el catálogo de conceptos y el citado programa en todas sus hojas, será motivo para desechar la proposición. En el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Sistema de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus Obligaciones fiscales, tratándose de licitantes nacionales, y en el caso de extranjeros, los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. Los Documentos que integran la proposición serán mecanografiados o escritos en tinta indeleble. El LICITANTE o su representante legal, DEBERÁ FIRMAR CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS; dentro del contenido de la CARTA COMPROMISO deberá quedar consignado con toda claridad el nombre completo y cargo de la persona quien suscribe, y la denominación social de la empresa que presenta la proposición. Las propuestas no deberán contener alteraciones, raspaduras ni tachaduras, a excepción de aquellas que sean necesarias para cumplir con los documentos de licitación o las que sean necesarias para corregir errores del LICITANTE, en cuyo caso las correcciones deberán llevar las iniciales de la persona que firme la proposición. Sólo una propuesta puede ser presentada por cada licitante.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. Las proposiciones presentadas deberán ser firmadas autógrafamente con tinta indeleble por los licitantes o sus apoderados. La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma, por lo que no podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o sus anexos carezcan de firma o rúbrica, salvo tratándose del catálogo de conceptos (AE12) y los diversos programas solicitados (AE10, AE11 INCISOS A, B y C,), por lo que, el hecho de no firmar el catálogo de conceptos y/o alguno de los citados programas ó todos ellos en todas sus hojas, será motivo para desechar la proposición. En el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Sistema de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus Obligaciones fiscales, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. En el caso que los licitantes opten por el uso de dichos medios remotos de comunicación electrónica para enviar sus proposiciones, ello no limita que participen en los diferentes actos derivados de la invitación a cuando menos tres personas. De conformidad con el numeral 16 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011, la firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales. Asimismo, deberán seguir el procedimiento de firma digital que establece la GUÍA TÉCNICA PARA LICITANTES SOBRE EL USO Y MANEJO DE COMPRANET disponible en la página de Compranet en internet.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. El representante legal del Licitante, deberá firmar con tinta indeleble la proposición en todas sus hojas.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. En virtud de que éstas son enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Sistema de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus Obligaciones fiscales, tratándose de licitantes nacionales, y en el caso de extranjeros, los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. El licitante si es persona física, o su representante legal si se trata de persona moral, DEBERÁ FIRMAR AUTÓGRAFAMENTE CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS. En el caso de que éstas sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa, se emplearán medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. Se deberá firmar autógrafamente cada uno de los documentos que forman parte de su proposición.
FIRMA DE LA PROPOSICIÓN. La persona facultada para representar al licitante, DEBERÁ FIRMAR CON TINTA INDELEBLE LA PROPOSICIÓN EN TODAS SUS HOJAS.