FORMULACIÓN DE INQUIETUDES Cláusulas de Ejemplo

FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los participantes, deberán ser presentadas mediante correo electrónico remitido a COLOMBIA PRODUCTIVA, al correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx indicando en el asunto el nombre y número de la Invitación, con copia a xxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx. Se publicarán en la página web de Fiducoldex y de COLOMBIA PRODUCTIVA, las respuestas a las inquietudes formuladas por los participantes. Será responsabilidad de los interesados consultar las respuestas a las preguntas formuladas.
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes términos de referencia, que surjan por parte de los Oferentes, deberán ser presentadas dentro del periodo relacionado en el numeral precedente, mediante comunicación escrita dirigida a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx000@xxx.xxx.xx
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia que surjan por parte de los Proponentes deberán ser presentadas en la fecha relacionada en el numeral precedenteal Programa de Inversión Banca de las Oportunidades a través de los correos electrónicos de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Banca de las Oportunidades publicará en su página web las respuestas a las inquietudes formuladas por los proponentes, siempre y cuando éstas se hayan presentado en la fecha y en los términos indicados en estos términos de referencia. EL PROPONENTE deberá presentar las Propuestas de conformidad con los presentes Términos de Referencia, a más tardar en la fecha de cierre y entrega de la Propuesta definidas en el cronograma de esta invitación, dirigidas a Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Gerente del Programa de Inversión de Banca de las Oportunidades, enviándolas al correo electrónico de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx con copia a los correos de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx.xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas en la fecha relacionada en el numeral precedente, mediante comunicación escrita dirigida a Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Ejecutiva de Consultoría y Formación por correo electrónico al mail: xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx Bancóldex publicará remitirá por correo electrónico las respuestas a las inquietudes formuladas por los Proponentes, siempre y cuando, las mismas se presenten en la fecha y en los términos indicados en estos Términos de Referencia. Los Proponentes deberán presentar las Propuestas de conformidad con el numeral 6 de los presentes Términos de Referencia, a más tardar en la Fecha de Cierre y entrega de la Propuesta, en la Xxxxx 00 Xx. 00 A – 15, piso 39, Bogotá D.C., Oficina de Correspondencia, dirigidas a Xxxxx Xxxxxxxxx, Jefe de la Oficina de Consultoría y Formación de Bancóldex. La fecha de cierre no se modificará o aplazará, salvo que Bancóldex lo considere conveniente, lo cual será informado a todos los proponentes. Las propuestas presentadas después de las 4:00:00 p.m. de la fecha de cierre, se considerarán presentadas extemporáneamente por lo que serán descalificadas. No se considerarán propuestas remitidas a través de correo electrónico. Bancóldex comunicarán mediante adendas, las aclaraciones y modificaciones que encuentren conveniente hacer a estos Términos de Referencia. Todas las adendas deberán ser tenidas en cuenta por los oferentes para su Propuesta y formarán parte de estos Términos de Referencia. Las Adendas serán remitidas a los proponentes mediante correo electrónico.
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas en la fecha relacionada en el numeral precedente, mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección del Departamento xx Xxxxxxx Humano del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., radicada en medio físico en la Calle 28 No. 13A – 15 piso 39, Bogotá, D.C., o por correo electrónico, a la dirección xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx y xxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx El Banco, publicará en su página web las respuestas a las inquietudes formuladas por los Proponentes, siempre y cuando, las mismas se presenten en la fecha y en los términos indicados en estos Términos de Referencia. Los Proponentes deberán presentar las Propuestas a más tardar en la Fecha de Cierre y entrega de la Propuesta, esto es, el día 25 de febrero de 2022 antes de 4:00:00 pm estas deben estar dirigidas a Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx X. y Xxxxx Xxxx enviándolas a los correos electrónicos: xxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx y xxxxx.xxxx@xxxxxxxxx.xxx . Se reitera que la fecha de cierre no se modificará o aplazará, salvo que el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., considere conveniente; la ampliación del plazo la cual se dará a conocer mediante adenda que se publicará en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.xxxx antes de la Fecha de Cierre. En caso de que los archivos enviados al correo electrónico presenten errores que no permitan que el Banco pueda acceder a ellos, la propuesta será rechazada sin que haya lugar a que el interesado la presente nuevamente, por lo que es responsabilidad de cada proponente asegurarse antes de su envío que la misma es accesible y que se ha remitido en su integridad. Una vez recibida la propuesta, Bancóldex enviará un correo electrónico al remisorio de la propuesta informando el número de radicado, la fecha y hora de recepción de esta. Las propuestas recibidas después de las 04:00:00 p.m. (hora de Colombia y según el reloj del servidor del Bancóldex) de la fecha de cierre, se considerarán presentadas extemporáneamente por lo que serán descalificadas. No se considerarán propuestas remitidas a través de correo electrónico.
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes Términos de Referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas en la fecha relacionada en el numeral precedente, mediante comunicación escrita dirigida a la Dirección del Departamento xx Xxxxxxx Humano del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., radicada en medio físico en la Calle 28 No. 13A – 15 piso 39, Bogotá, D.C., o por correo electrónico, a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes términos de referencia, que surjan por parte de los Proponentes, deberán ser presentadas dentro del periodo relacionado en el numeral precedente, mediante comunicación escrita dirigida a la CCI, ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 00 xxxx 0, Xxxxxx, X.X., o por correo electrónico, a las direcciones xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE INQUIETUDES. Las respuestas a inquietudes o preguntas relacionadas con los presentes términos y condiciones, que surjan por parte de los proponentes, deberán ser presentadas mediante correo electrónico remitido a xxxxxxxxxxxXX0@xxxxxxxx.xxx, indicando en el asunto: convSI.02-2019 En el texto del correo indicar: Nombre de la persona de contacto y teléfono de contacto

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.