Funciones. Especialista en posesión de título autorizado por la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por el cumplimiento de la normativa de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección y control de los responsables de la Administración, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondiente.
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Sources: Contract for Temporary Employment
Funciones. Especialista en posesión Principalmente, las funciones del Jefe de título autorizado por taller serán,
a) Dirección y gestión del taller. Organización del taller y sus almacenes
b) Organización y control del personal a su cargo (realización de calendarios de trabajo del personal, asignación de tareas, búsqueda de cursos de formación, etc.)
c) Atención telefónica y presencial a los comerciales, demás encargados de la Administración competente que le acredite como persona con Entidad y/o conductores de los conocimientos necesarios para desempeñar las labores servicios de vigilancia recogida de residuos urbanos y prevención limpieza viaria.
d) Contratación y control de accidentes en trabajos externos
e) Responsabilidad sobre el agua estado, uso y recinto existencias del material y herramental. Aprovisionamiento del piecerío, herramental y maquinaria, (realizar los pedidos, negociar los precios, buscar proveedores alternativos de baño. Es el responsable piecerío, de elementos de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto máquinas, controlar la ejecución de las instalacionesreparaciones). Documento firmado electrónicamente. Verificable en Recepción de pedidos.
f) Homologación anual de proveedores
g) Efectuar reparaciones cuando proceda
h) Control de mantenimiento de todos los vehículos (control de horas y trabajos programados para cada mantenimiento)
i) Control ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y engrase de todos los vehículos y equipos de la Entidad.
j) Responsabilidad de la calidad de las reparaciones efectuadas tanto en el taller como de las subcontratadas.
k) Vigilar el estado de las instalaciones y maquinaria que hay en la Estación de Transferencia de Eibar. - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos Mantenimiento de la planta. Vigilancia de la limpieza y su entorno cercanoestado de la planta.
l) Control de ITV’s y tacógrafos, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención campañas de llamada a revisión y atención trabajos en periodo de accidentesgarantía. También velará por la seguridad Renovación de los usuarios y por licencias de equipos de diagnosis.
m) Responsabilidad sobre el cumplimiento de la normativa las normas de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección y control seguridad e higiene.
n) Supervisión de los responsables residuos del taller
o) Realizar cuantas tareas acordes con su categoría profesional se le encomienden.
p) En general cumplir con las tareas e instrucciones provenientes de su superior jerárquico. Este puesto destaca por la Administraciónresponsabilidad y mando que entraña, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor disponibilidad que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondienteconlleva.
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Funciones. Especialista en posesión El Servicio de título autorizado por Archivo, tiene como objetivo principal la organización, acondicionamiento y custodia de la documentación del ayuntamiento y las funciones y cometidos contemplados al respecto serán, entre otros, los siguientes:
1) Recibir, conservar y custodiar adecuadamente la documentación.
2) Clasificar y ordenar la documentación.
3) Elaborar normas reguladoras de la clasificación, ordenación y tratamiento de la documen- tación de gestión de los diferentes órganos auxiliares y departamentos de la Administración competente municipal y controlar su aplicación.
4) Proponer directrices para la correcta ubicación física de los documentos e indicar las con- diciones idóneas que le acredite como tienen que reunir los locales del depósito y las instalaciones necesarias para su utilización y seguridad.
5) Ocuparse de la formación de inventarios, catálogos, índice, repertorios y de otros instru- mentos de descripción documental que considere necesarios para facilitar un adecuado acceso de la persona usuaria a la documentación.
6) Facilitar el acceso y la consulta de la documentación a todo el personal investigador, estudioso y ciudadanía en general, de acuerdo con el marco legal y normativo existente.
7) Contribuir a una mayor eficacia y mejor funcionamiento de la Administración municipal facilitando de una manera rápida y pertinente la documentación necesaria para la resolución de un trámite administrativo.
8) Realizar las propuestas de eliminación de documentación de acuerdo con el marco legal y normativo existente.
9) Mantener relaciones con los conocimientos necesarios entes públicos y privados con todo lo que concierne al servicio de Archivo.
10) Custodiar el sello del Archivo, las llaves, los depósitos y cualquier otra de sus dependencias.
11) Proponer la adquisición de los materiales que sean necesarios.
12) Mantener un libro de registro de todos los documentos recibidos o prestados para desempeñar las labores su consulta haciendo constar la naturaleza y denominación del documento, la persona que solicita el préstamo, departamento, fecha, signatura y firma de vigilancia y prevención de accidentes la peticionaria, tanto en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en momento ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ como en su devolución. - Igualmente atenderá Este punto se refiere exclusivamente a la utilización de la documentación para uso interno del ayuntamiento.
13) Vigilar la utilización de los documentos por parte de las necesidades propias personas usuarias y el mante- nimiento de su orden e integridad.
14) Mantener una relación de las personas investigadoras donde figure el nombre, la di- rección y el tema de investigación.
15) Confeccionar las estadísticas mensuales y anuales del personal investigador y usuario.
16) Preocuparse del fomento del patrimonio documental municipal mediante propuestas de adquisición, donación o depósito en los casos que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad sea posible.
17) Proponer las medidas necesarias para el buen funcionamiento del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención Servicio de accidentes. También velará Archivo.
18) Implementar la digitalización del archivo.
19) Acorde a lo establecido por la seguridad legislación sobre archivos electrónicos, colaborar, pro- poner y gestionar las acciones y medidas que se estimen oportunas en la planificación e implantación de la Administración electrónica municipal en materia de archivo (cuadro de clasificación, series documentales, catálogo de procedimientos administrativos, descripción de metadatos, etc).
20) Revisar, cotejar y analizar, una vez finalizada la tramitación de cada expediente muni- cipal, que se hayan completado todos los trámites del procedimiento administrativo, proce- diendo al cierre y archivo de los usuarios y por el cumplimiento expedientes mediante Diligencia de Archivo, tanto se trate de expedientes híbridos como electrónicos.
21) Trabajar de manera transversal con los demás servicios de la normativa de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas cuadrilla y del municipio, en programas, acciones y estrategias que dentro puedan tener un objetivo común, u objetivos que puedan enriquecer mutuamente cada servicio.
22) Realizar, además de las líneas definidas a ellas descritas, otras funciones que ocasionalmente y acordes con su categoría le sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección y control de los responsables de la Administración, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondienteencomendadas.
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Sources: Convenio Entre La Cuadrilla De Gorbeialdea Y El Ayuntamiento De Zigoitia
Funciones. Especialista en posesión de título autorizado por la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por Para el cumplimiento de la normativa los fines previstos en el artículo 11, corresponde al Colegio Profesio- nal de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que Terapeutas Ocupacionales de Extremadura desarrollar dentro de su ámbito de actua- ción cuantas funciones le asigne la legislación sobre Colegios Profesionales y, en todo caso, las líneas definidas a ellas sean precisas para siguientes funciones:
1. En relación con la buena marcha finalidad de las piscinas, todo ello bajo la dirección representación y control defensa de los responsables intereses generales de los terapeutas ocupacionales y de la AdministraciónTerapia Ocupacional:
a) Ostentar la representación y defensa de la profesión ante las administraciones públicas e instituciones de todo tipo, tribunales y demás personas públicas y privadas con legiti- mación para ser parte en los litigios que afecten a los intereses profesionales.
b) Intervenir en todos los ámbitos de regulación de la actividad sanitaria que afecte a la Terapia Ocupacional y participar en los Consejos y órganos consultivos de la Adminis- tración en materia de salud y asistencia sanitaria, sociosanitaria, autonomía personal y dependencia y, en general, en aquellos que aborden materias que sean competencia de la profesión en los casos en que así se les requiera por las Administraciones Públicas de Extremadura.
c) Amparar y defender los derechos y el prestigio profesional de los colegiados en general o de cualquiera de sus grupos o individuos en particular, si fueran objeto de vejación o menoscabo, por motivo de su actividad profesional.
d) Informar de todas las normas y disposiciones de carácter general que elabore el Gobier- no de Extremadura sobre las condiciones del ejercicio de la Terapia Ocupacional y de cualquier otro aspecto que afecte a la Terapia Ocupacional o a los terapeutas ocupacio- nales en Extremadura.
e) Proponer a los colegiados y facilitar a cualquier Juzgado o Tribunal la relación de los co- legiados que puedan ser requeridos para intervenir como peritos en asuntos judiciales, así como cualquier otra emitir, auxiliar y asesorar a las autoridades y tribunales, emitiendo los infor- mes técnicos y dictámenes profesionales, siempre que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondientesean solicitados.
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Sources: Resolution
Funciones. Especialista Personal Directivo:
a) Director general: Es quien con título académico adecuado o amplia preparación teórico-práctica asume la dirección y responsabilidad de la empresa, programando y controlando el trabajo en todas sus fases.
b) Director comercial: Es quien con título académico o amplia pre- paración teórico-práctica asume la dirección y responsabilidad de las fun- ciones mercantiles en su mas amplio sentido, y planifica, programa y con- trola la política comercial de la empresa.
c) Director administrativo: Es quien con título académico o amplia preparación teórico-práctica asume la dirección y responsabilidad de las funciones administrativas en su mas amplio sentido, y planifica, programa y controla la administración de la empresa.
d) Director de personal: Es quien con título adecuado o amplia pre- paración teórico-práctica asume la dirección y responsabilidad de las fun- ciones relacionadas con la gestión de personal en su más amplio sentido.
e) Subdirector: Es quien con título adecuado o amplia preparación teórico-práctica asume la subdirección y responsabilidad de las funciones relacionadas con la gestión comercial, administrativa, financiera, recursos humanos o técnica en cualquier especialidad.
f) Director técnico: Es la persona que estando en posesión de un título autorizado expedido por una escuela Técnica Superior o Facultad Universitaria, ejerce dentro de la Administración competente Empresa, con responsabilidad directa las funciones propias de su profesión, con independencia de que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores pueda tener o no per- sonal subordinado y realice o no, de vigilancia forma habitual, funciones directivas.
g) Titulado de Grado Superior y prevención Titulado de accidentes en el agua y recinto Grado Medio: Titulados son aquellos que aplican sus títulos de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en grado superior(Licenciatura, ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran niería Superior, Doctorado) o de grado medio(Perito, Graduado Social) y los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por el cumplimiento conocimientos a ellos debidos al proceso técnico de la normativa de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas empresa.
h) Delegado Provincial-Gerente: Es el trabajador que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección y control de los responsables actúa como máxi- mo representante de la Administraciónempresa en la provincia o zona que asume las funciones de dirección, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada con representación y organización en el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado ámbito de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondientemisma.
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Sources: Convenio Colectivo Nacional
Funciones. Especialista en posesión de título autorizado por la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable La prestación de las tareas actividades culturales, deportivas y de salvamento y prestación ocupación del tiempo libre –cursos - supone la organización íntegra de primeros auxilios los mismos; abarcando, en el recinto de consecuencia, las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en siguientes prestaciones: - Dar publicidad, a su ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇, de los cursos ofertados. - Organización de los grupos y horarios en función de las solicitudes y de conformidad con las pautas que se marquen desde el Área de Cultura del Ayuntamiento. - Poner en marcha de los cursos. - Gestionar las matriculaciones de los/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇as alumnos/as: altas, bajas, cambios de grupo... A tal efecto, remitirán de manera inmediata la relación de altas y bajas en los cursos al Ayuntamiento y una relación mensual de los/as matriculados/as en cada curso y de los/as asistentes a los mismos. Los gastos derivados de dicha gestión son ▇ ▇▇▇▇▇ de la empresa adjudicataria, incluidos los gastos de personal y de material. - Igualmente atenderá Gestionar el cobro en las necesidades propias que requieran cuentas de titularidad municipal de las cuotas/tasas municipales giradas a los/as alumnos/as. A tal efecto, remitirán de manera inmediata al Ayuntamiento la relación de altas y los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad justificantes de los usuarios ingresos por parte de los/as matriculados/as de las tasas municipales así como una relación mensual de los abonos por parte de los/as usuarios/as de las tasas correspondientes. En este sentido, los precios que deben abonar los/as usuarios/as de los cursos se determinarán por parte del Ayuntamiento y por el cumplimiento se ingresarán en la cuenta de titularidad municipal que se habilite al efecto, no pudiendo la empresa adjudicataria superarlos bajo ningún concepto ni cobrar a los/as usuarios/as cantidad alguna al margen de las cuotas municipales. Los gastos derivados de dicha gestión de cobro son ▇ ▇▇▇▇▇ de la normativa empresa adjudicataria, incluidos los gastos de piscinaspersonal y de material. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas Controlar que dentro las personas asistentes a los cursos se han matriculado en los mismos y se encuentran al corriente en el abono de las líneas definidas cuotas. - Realizar los cursos, siendo ▇ ▇▇▇▇▇ del adjudicatario la totalidad de los costes que se deriven de los mismos, con garantía de calidad y seguridad. - Dotar a ellas sean precisas para los cursos, ▇ ▇▇▇▇▇ de la buena marcha empresa adjudicataria, de las piscinasinfraestructuras y material necesario para el desarrollo de las actividades. - Responder a las quejas y sugerencias presentadas por los/as usuarios/as, todo ello bajo debiendo -con carácter previo a dar respuesta- efectuar la dirección y control de los responsables de la Administración, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada oportuna puesta en común con el puesto responsable del contrato o Concejal de trabajoÁrea de Cultura. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante Prever y resolver las diferentes problemáticas que en el horario desarrollo de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinasactividades puedan producirse. - Llevar a cabo medidas tendentes a la fidelización de los usuarios/as y al fomento de la participación de la ciudadanía en todo momento los cursos. - En caso de que se solicite por parte del Ayuntamiento, realizar a su trabajo un distintivo que los acredite como tal▇▇▇▇▇ (▇ ▇▇▇▇▇ del adjudicatario/a), por cada curso, una exposición o actuación en función de la naturaleza del mismo, siendo responsable de la propaganda de dichas actividades. Con tal objeto, la empresa adjudicataria deberá coordinarse con el Ayuntamiento. - Realizar la correspondiente toma una encuesta al finalizar cada periodo de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo impartición de los cursos cumpliendo con (octubre a junio, ambos incluidos) así como encuestas puntuales a solicitud del Ayuntamiento. Dichas encuestas tendrán por objeto conocer el grado de satisfacción de los/as usuarios/as así como las prescripciones propuestas planteadas por los/as mismos/as. - Elaborar de una memoria final que recoja las incidencias en la prestación del Encargado correspondienteservicio, su evaluación y propuestas de actuación. Dicha memoria deberá entregarse en el mes de julio.
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Sources: Contract for Cultural, Sports, and Leisure Activities Services
Funciones. Especialista La clasificación y funciones del personal anteriormente reseñado, por los diferentes grupos, serán los que a continuación se señalan. GRUPO I Vigilante/a.- Es aquél/la trabajador/a que tiene a su cargo la vigilancia de los talleres, garajes, oficinas, estaciones u otros locales de la empresa en posesión turnos, tanto de título autorizado por día como de noche, cursando las partes correspondientes a las posibles incidencias. Limpiador/a.- Realiza la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable limpieza de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por el cumplimiento oficinas u otras dependencias de la normativa empresa en analogía al personal de piscinasservicios domésticos. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro GRUPO II Oficial 1º mecánico/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con total dominio de las líneas definidas su oficio y con la capacidad técnica precisa para interpretar planos de detalles, realizan bajo su iniciativa cualquier tipo de labores específicas. Oficial 2ª mecánico/a.- Se incluye en esta categoría a ellas sean precisas aquéllos/as que, con conocimiento teórico-práctico del oficio adquiridos en un aprendizaje acreditado o con larga práctica del mismo realizan trabajos corrientes con rendimientos correctos, pudiendo entender los planos y croquis más elementales. Oficial 3º mecánico/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con conocimientos generales del oficio y previa prueba, puedan realizar los trabajos más elementales con rendimientos correctos. Oficial 1º Chapista.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con total dominio de su oficio y con la capacidad técnica precisa para la buena marcha interpretar planos de las piscinasdetalles, todo ello realizan bajo la dirección y control su iniciativa de cualquier tipo de labores específicas. Oficial 2º Chapista-mantenedor/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con conocimientos generales del oficio realizan los responsables de la Administración, trabajos propios del mismo así como cualquier otra labor de mantenimiento del vehículo y otras funciones de análogas características. Oficial 1º pintor/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con total dominio de su oficio y con la capacidad técnica precisa, realizan bajo su iniciativa cualquier tipo de labores específicas. Oficial 2º pintor/a-mantenedor/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que se le encomiendecon conocimientos generales del oficio realizan los trabajos propios del mismo así como cualquier otra labor de mantenimiento del vehículo y otras funciones de análogas características. Oficial 1º electricista.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, relacionada con el puesto total dominio de trabajosu oficio y con la capacidad técnica precisa, realizan bajo su iniciativa cualquier tipo de labores específicas. - La presencia Oficial 2º electricista-mantenedor/a.- Se incluye en esta categoría a aquéllos/as que, con conocimientos generares del personal socorrista será obligatoria durante el horario oficio realizan los trabajos propios del mismo así como cualquier otra labor de funcionamiento mantenimiento del vehículo y quedará encargado otras funciones de análogas características. GRUPO III Encargado/a de tráfico.- Pertenecen a la presente categoría aquél/la trabajador/a que tiene a su cargo dirigir la prestación de los servicios, distribuyendo al personal, material y responsabilizado las entradas y salidas del armario botiquínmismo, así como de resumir las estadísticas de tráfico, recorridos y consumos. - No abandonar el puesto Gruísta.- Es aquél/la trabajador/a que estando en posesión de vigilancia bajo ningún pretextocarnet reglamentario, excepto en caso tiene la obligación de atender conducir y manipular grúas autopropulsadas ayudando a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado reparaciones de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscinamisma, siendo anotadas en el correspondiente libro responsable del vehículo. Elevadorista.- Es aquél/la trabajador/a que poseyendo el carnet reglamentario tiene la obligación de registro sanitarioconducir y manipular elevadores de más de 10 toneladas ayudando a las reparaciones del mismo, facilitado por siendo el/la responsable del vehículo. Conductor/a trompista o conmóvil.- Es aquél/la que poseyendo el carnet reglamentario tiene la obligación de conducir cualquier vehículo trompo o conmóvil, con remolque o sin él, a tenor de las necesidades de servicio de la empresa, dejando manipular sus accesorios, subir y bajar las patas, ayudar a las reparaciones del mismo, dirigir el libro acondicionamiento de registro sanitario en la instalacióncarga y responderá de la misma si durante el viaje no se encomendara aquélla a otra persona, siendo responsable del vehículo durante el servicio, dando si se le exigiere un parte diario por escrito del servicio efectuado y del estado del vehículo y accesorios. - Mantener ordenado Deberá cubrir los recorridos por los itinerarios y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondientetiempos que se fijen.
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Sources: Convenio Colectivo De Transporte De Mercancías Por Carretera
Funciones. Especialista en posesión Corresponde a la Escuela de título autorizado por Doctorado de la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en Universidad ▇▇▇▇▇://▇▇.▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ el ejercicio de las siguientes funciones:
a) La organización y seguimiento de la formación de los doctorandos que incluirá la formación transversal general y la específica del ámbito de cadaprograma.
b) La elaboración de la propuesta de las enseñanzas oficiales de doctorado, así como en su caso de modificación y supresión, que será elevada al Consejo de Gobierno para su aprobación a partir de las propuestas de departamentos e institutos de investigación.
c) La valoración de propuestas de estudios conjuntos con otras universidades y la coordinación con las entidades u organismos participantes en programas conjuntos de doctorado.
d) La supervisión de las enseñanzas y de las actividades docentes propias de los estudios de doctorado, asegurando la calidad de la formación deldoctorando.
e) La gestión académica de los estudios de doctorado y la organización, gestión y tramitación de los procedimientos académicos y administrativos del ámbito de su competencia, en colaboración, en su caso, con el personal de administración y servicios de las sedes académicas de los programas
f) La supervisión de cualesquiera otras enseñanzas al margen de las oficiales en las que se utilice el nombre de la Escuela
g) El establecimiento del procedimiento para la presentación de la tesis doctoral.
h) El establecimiento de los procedimientos de control que aseguren la calidad de la tesis doctoral y la formación ▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.
i) El establecimiento de los medios de impugnación y resolución de eventuales conflictos.
j) Garantizar los derechos de propiedad intelectual que le puedan corresponder al doctorando respecto de los trabajos efectuados durante su formación
k) El seguimiento y control de los servicios presentes en la Escuela.
l) La promoción y seguimiento de los intercambios internacionales de sus estudiantes
m) El apoyo a la inserción laboral y a la promoción profesional de sus doctores, así como el seguimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de trabajo y de los doctores egresados.
n) La proyección de sus actividades en el entorno social.
o) La administración del presupuesto y los medios materiales que le correspondan y la propuesta de dotación de personal de administración y servicios, así como la propuesta de los perfiles y los requisitos de aquellos puestos que requieren características específicas en relación con laEscuela.
p) La promoción de la cooperación en materia de I+D+i con entidades externas tanto públicas como privadas (organismos públicos de investigación u otras instituciones, centros, fundaciones, empresas, etc.).
q) Cualquier otra que establezcan los Estatutos de la Universidad ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención le atribuya específicamente el Consejo de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por el cumplimiento de la normativa de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección y control de los responsables de la Administración, así como cualquier otra que se le encomiende, relacionada con el puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondienteGobierno.
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Sources: Reglamento De Régimen Interno
Funciones. Especialista en posesión El servicio de título autorizado por la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones. Documento firmado electrónicamente. Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇?▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ . - Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza o calidad del agua, vigilancia, salvamentoque se llevará a cabo en colaboración con el personal de cada centro, prevención deberá cumplir con las siguientes funciones:
a) Control de acceso de personas y atención vehículos al edificio
b) Colaboración en la información y orientación de accidentes. También velará por la seguridad visitas
c) La apertura y cierre de puertas del edificio y custodia de llaves
d) La inspección de todas las dependencias de los usuarios y por el cumplimiento de la normativa de piscinas. - Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección edificios objeto del contrato
e) El manejo y control de todos los responsables sistemas instalados ante los riegos de la Administraciónintrusión e incendio, actuando según el protocolo preestablecido, así como intervenir en la prevención y extinción de dichos incendios, siniestros y accidentes en general, si llegaran a producirse.
f) Evitar toda clase de hechos delictivos y actuar de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, cuando aquellos se hubieran producido.
g) La empresa prestará el —Servicio de Acudo“ ante cualquier otra aviso del sistema de alarma del edificio.
h) Dar cuenta inmediata a los responsables del Centro, a través del coordinador del servicio,cualquier incidenterelacionado con las misiones encomendadas anteriormente, en la prevención de cualquier hecho delictivo o atentatorio a la propiedad, tomando las medidas más urgentes y de petición de auxilio que las circunstancias aconsejen.
i) La emisión de partes diarios donde se reflejen con detalle las actuaciones, las entradas de personas, de vehículos y todas las incidencias que se le encomiendeproduzcan
j) Proteger, relacionada tanto a las personas como a la propiedad y a toda clase de bienes e instalaciones, de acuerdo a los distintos planes de Seguridad que se aprueben en cada momento. MRV/CHJ
k) El personal de vigilancia realizará también cualquiera otras funciones relacionadas con la vigilancia que el Ayuntamiento pueda indicar en cada caso.
l) Cuando haya de realizarse alguna sustitución de carácter definitivo, (no a la que se requiera por suplencias eventuales, derivadas de enfermedad, permiso o vacaciones) deberá solicitarse la aprobación, con la debida antelación (incluyendo curriculum). En ningún caso será aceptada la sustitución, sin la conformidad del Ayuntamiento.
m) En el caso de que el Ayuntamiento considere que, según su criterio, algún vigilante u otro trabajador de la empresa que presta los servicios, deba ser sustituido, lo comunicará a la empresa adjudicataria, en exposición razonada para que, dentro de la brevedad que las circunstancias lo permitan, proceda a la sustitución requerida.
n) Los trabajadores de la empresa adjudicataria que presten servicios en las dependencias del Ayuntamiento, tendrán la formación necesaria en la prevención de riesgos a que se refieren los dos apartados anteriores. Todo ello, independientemente de que han de entregársele por escrito las —instrucciones preventivas del puesto“.
o) La empresa adjudicataria dotará a los operarios de los equipos de protección colectiva y los equipos de protección individual (EPIS), debidamente homologados, exigidos o recomendados para cada puesto de trabajo. - La presencia del personal socorrista será obligatoria durante el horario de funcionamiento y quedará encargado y responsabilizado del armario botiquín. - No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro socorrista, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa. - Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación - Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación. - No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de socorrista. - Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios. - No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias metereológicas sin permiso expreso de persona con autoridad suficiente. - Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas. - Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal. - Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro sanitario en la instalación. - Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control del agua, facilitado por la empresa. Dicho/a socorrista-monitor/a realizará las siguientes funciones, entre otras: - Las anteriormente citadas para el puesto de socorrista. - Impartir cursos de natación u otros propuestos en virtud de las competencias acreditadas. -Desarrollo, seguimiento y evaluación de los Cursos de Natación atendiendo a una progresión de aprendizaje programada. -Atender al proceso organizativo de los cursos cumpliendo con las prescripciones del Encargado correspondiente.
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Sources: Contract for Services