Common use of GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Clause in Contracts

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 18.5.1. El Concesionario ha hecho entrega, al momento de contratación de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, la cual a la fecha de la ADDENDA modificatoria del Contrato de Concesión resulta acreditada mediante póliza Nº 446.822, endoso 15, extendida por ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A., por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).47 Cuando situaciones justificadas dieran lugar a una solicitud del Concedente de cambiar la entidad garante, el Concesionario deberá proceder a realizar el cambio dentro de los TREINTA (30) días de recibida tal solicitud. En tales casos, en los instrumentos respectivos siempre deberá quedar consignado que los garantes deberán proceder al pago ante el solo requerimiento del Concedente, previa resolución de la Autoridad de Aplicación, según lo establecido en el Contrato de Concesión. La Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida no podrá sufrir disminuciones durante la vigencia del mismo, por lo que, efectivizadas que sean en su caso alguna de las penalidades que correspondan, el Concesionario deberá constituir una nueva garantía que restablezca el monto inicial. La devolución o la liberación se limitará a los montos que excedan los cargos y previsiones por reclamos que pudieran corresponder, conforme a lo establecido en el artículo siguiente. 47 T.O. por la ADDENDA en su Artículo 18º “ Garantía de Cumplimiento de Contrato”. Texto agregado. Texto eliminado: En el presente acto, el Concesionario hace entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en Póliza Nº 7.918.709 extendida por SUSAMERICA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA Y PATRIMONIALES S.A., por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión De

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 18.5.1. El Concesionario ha hecho entrega, al momento de contratación Las obligaciones derivadas de la Garantía de Cumplimiento de Contratosuscripción del contrato respectivo, la cual serán garantizadas por el proveedor adjudicado mediante cheque certificado a la fecha favor de la ADDENDA modificatoria del Contrato Tesorería de Concesión resulta acreditada la Federación o mediante póliza Nº 446.822de fianza, endoso 15, extendida en la misma moneda que se establezca en el contrato expedida por ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A.institución autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un valor importe equivalente a un 10% del monto total del contrato adjudicado antes de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).47 Cuando situaciones justificadas dieran lugar I.V.A., a una solicitud del Concedente favor de cambiar la entidad garanteTesorería de la Federación, el Concesionario dicha garantía deberá proceder a realizar el cambio ser entregada dentro de los TREINTA (30) diez días naturales siguientes a la firma del contrato en el Departamento de recibida tal solicitud. En tales casosControl y Seguimiento de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, sito en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxxxxx, en los instrumentos respectivos siempre la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal 06500, debiendo contener en su texto las siguientes manifestaciones: En su caso, la fianza deberá quedar consignado que los garantes deberán proceder al pago ante el solo requerimiento del Concedente, previa resolución expedirse a favor de la Autoridad Tesorería de Aplicaciónla Federación y la póliza debe contener las siguientes manifestaciones: QUE SE OTORGA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES Y ESTIPULACIONES DEL CONTRATO (número de contrato) por parte del proveedor, según del procedimiento de invitación número CONACULTA/ITP/N07/2012. Que estará vigente hasta que se cumplan todas las obligaciones pactadas en el contrato. Que acorde a lo establecido en el Contrato por los artículos 93 y 118 de Concesiónla Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la compañía afianzadora se obliga a atender las reclamaciones por incumplimiento del proveedor. La Garantía Deberá indicar expresamente: El importe total garantizado con número y letra. Número de Cumplimiento contrato, fecha de Contrato establecida no podrá sufrir disminuciones durante firma, así como la vigencia del mismo, por lo que, efectivizadas que sean en su caso alguna especificación de las penalidades que correspondanobligaciones garantizadas. Denominación o nombre del proveedor o fiado. Además de lo anterior, el Concesionario deberá constituir una nueva garantía que restablezca el monto inicialdebe contener los siguientes textos: “ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACORTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA. ASIMISMO, ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS QUE EL CONACULTA OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL PROVEEDOR, O FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES”. “La devolución o la liberación se limitará a los montos que excedan los cargos y previsiones por reclamos que pudieran corresponder, conforme a lo institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo siguiente. 47 T.O. 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de la presente garantía, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 95 Bis del mismo ordenamiento legal, por el pago extemporáneo del importe de la ADDENDA en su Artículo 18º “ Garantía póliza de Cumplimiento de Contratofianza requerida”. Texto agregado“PARA LIBERAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DEL CONACULTA”. Texto eliminado: Se hará efectiva esta garantía, cuando el proveedor incumpla cualquiera de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos. En el presente actocaso de rescisión del contrato, el Concesionario hace entrega la aplicación de la Garantía garantía será proporcional al monto de Cumplimiento de Contrato en Póliza Nº 7.918.709 extendida por SUSAMERICA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA Y PATRIMONIALES S.A., por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000)las obligaciones incumplidas.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas De Carácter Nacional

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 18.5.1. El Concesionario ha hecho entregaLa garantía.- cada licitante adjudicado se obliga a constituir 3 garantías de cumplimiento de contrato, al momento de contratación una para cada ejercicio fiscal, en la forma y términos previstos por la fracción II del Artículo 48 de la Garantía Ley de Cumplimiento Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes, relativas y aplicables en la materia, las garantías a que haya lugar con motivo del cumplimiento del presente contrato. Página18 Para garantizar a “EL COLEGIO” el cumplimiento de Contratoeste contrato “EL LICITANTE” se obliga a entregar a “EL COLEGIO”, dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato respectivo, la cual a la fecha primera de 3 fianzas expedida por una afianzadora debidamente autorizada, que corresponde al 20% (Veinte por ciento) del monto máximo para el ejercicio fiscal 2015, sin incluir el impuesto al valor agregado. La segunda fianza deberá de entregarse dentro de los diez primero días del ejercicio fiscal 2016, y deberá ser expedida por una afianzadora debidamente autorizada, que por el monto correspondiente al 20% (Veinte por ciento) del monto máximo para el ejercicio fiscal 2016, sin incluir el impuesto al valor agregado. La tercera y última fianza deberá ser entregada dentro de los diez primero días del ejercicio fiscal 2017 expedida por una afianzadora debidamente autorizada, que corresponde al 20% (Veinte por ciento) del monto máximo para el ejercicio fiscal 2017, sin incluir el impuesto al valor agregado. Las garantías deberán constituirse por los licitante que resulten adjudicados, mediante 3 fianzas expedida por una institución debidamente autorizada en los términos de la ADDENDA modificatoria del Contrato Ley Federal de Concesión resulta acreditada mediante póliza Nº 446.822Instituciones de Fianzas, endoso 15, extendida por ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A.en moneda nacional (peso mexicano), por un valor importe del 20% del monto máximo por ejercicio fiscal sin considerar el I.V.A., a favor del Colegio de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).47 Cuando situaciones justificadas dieran lugar a una solicitud del Concedente de cambiar la entidad garante, el Concesionario Postgraduados y deberá proceder a realizar el cambio dentro de contener los TREINTA (30) días de recibida tal solicitud. En tales casos, en los instrumentos respectivos siempre deberá quedar consignado que los garantes deberán proceder al pago ante el solo requerimiento del Concedente, previa resolución de la Autoridad de Aplicación, según lo establecido en el Contrato de Concesión. La Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida no podrá sufrir disminuciones durante la vigencia del mismo, por lo que, efectivizadas que sean en su caso alguna de las penalidades que correspondan, el Concesionario deberá constituir una nueva garantía que restablezca el monto inicial. La devolución o la liberación se limitará a los montos que excedan los cargos y previsiones por reclamos que pudieran corresponder, conforme a lo establecido en el artículo siguiente. 47 T.O. por la ADDENDA en su Artículo 18º “ Garantía de Cumplimiento de Contrato”. Texto agregado. Texto eliminado: En el presente acto, el Concesionario hace entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en Póliza Nº 7.918.709 extendida por SUSAMERICA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA Y PATRIMONIALES S.A., por un valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).siguientes requisitos:

Appears in 1 contract

Samples: Carta De Interes en Participar

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 18.5.1. El Concesionario ha hecho entrega, al momento de contratación De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II y 49 fracción II de la Garantía LEY, para garantizar el cumplimiento de Cumplimiento las obligaciones a su cargo, el licitante ganador deberá presentar fianza a favor de Contrato, la cual a la fecha Aeropuerto Internacional de la ADDENDA modificatoria del Contrato Ciudad de Concesión resulta acreditada mediante póliza Nº 446.822México, endoso 15S.A. de C.V., extendida por ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A.en moneda nacional, por un valor importe equivalente al 20% del monto total del contrato (sin incluir el IVA). La fianza será expedida por una institución mexicana legalmente autorizada para este efecto, según los términos del Anexo E2, con fundamento en los artículos 93, 94 y 118 de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000).47 Cuando situaciones justificadas dieran lugar a una solicitud del Concedente la Ley Federal de cambiar la entidad garanteInstituciones de Fianzas, el Concesionario misma que deberá proceder a realizar el cambio ser presentada dentro de los TREINTA (30) 10 días naturales posteriores, a la firma del contrato. La póliza de recibida tal solicitudfianza no deberá presentar tachaduras, enmendaduras, ni perforaciones. En tales casosLa omisión en la presentación de la fianza en comento, dará lugar a la rescisión administrativa del contrato. La fianza estará vigente durante toda la duración del contrato. La fianza deberá contener los requisitos relativos al procedimiento de reclamación contenidos en la Circular F-10.1.4 Publicada el 30 de Enero de 2007, en los instrumentos respectivos siempre deberá quedar consignado que los garantes deberán proceder al pago ante el solo requerimiento del Concedente, previa resolución Diario Oficial de la Autoridad Federación. La fianza se podrá hacer efectiva cuando el prestador de Aplicación, según lo establecido servicios del servicio incumpla cualquiera de las obligaciones que se establezcan en el Contrato contrato. Para la liberación de Concesión. La Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida no podrá sufrir disminuciones durante la vigencia del mismo, por lo que, efectivizadas que sean en su caso alguna de las penalidades que correspondanFianza, el Concesionario prestador de servicios deberá constituir una nueva garantía que restablezca el monto inicialpresentar por escrito su petición a AICM. La devolución o la liberación se limitará a los montos que excedan los cargos y previsiones por reclamos que pudieran corresponder, conforme Conforme a lo establecido dispuesto en el artículo siguiente. 47 T.O. por la ADDENDA en su Artículo 18º “ Garantía de Cumplimiento de Contrato”. Texto agregado. Texto eliminado: En el presente acto48, el Concesionario hace entrega último párrafo de la Garantía Ley, la fianza de Cumplimiento referencia deberá ser entregada en original en la Gerencia de Contrato Recursos Materiales sita en Póliza Nº 7.918.709 extendida por SUSAMERICA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA Y PATRIMONIALES S.A.la oficina 65 del mezzanine del AEROPUERTO, por un valor dentro de DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL (U$S 9.407.000)los diez días naturales siguientes a la firma del contrato respectivo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Privado De Propuestas Conjuntas