GARANTÍA DE BUENA CALIDAD Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. Es el documento que se otorga cuando sea procedente a favor xxx XXXXXX, para asegurar que el Contratista responderá por el buen servicio y buen funcionamiento o calidad que le sean imputables durante el periodo que se establezca en el contrato.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. La Cont ratist a rendirá una Garantía de Buena Calidad , equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto final del contrato, incluyendo el IVA, con una vigencia de UN (1) AÑO a partir de la Recepción Definitiva de los bienes objeto del presente contrato y deberá presenta r la a entera sat isfacción de la CEPA, previo a la cancelación del pago final del sum inistro . De no haber reclamos pend ientes, una vez vencido el plazo de vigencia de esta garant ía, será devuelta a la Con tra t ist x. XXXXXX PRIMERA:
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. La Contratista garantizará la buena calidad del medicamento proporcionado, para lo cual presentará en la UACI xxx XXXXXX dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha en que los suministros sean recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el lugar de entrega establecido, una garantía equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato, y estará vigente durante el plazo de 18 MESES contados a partir de dicha fecha. (ANEXO N° 17). La UACI proporcionará el comprobante de recibido correspondiente.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. El Contratista garantizará la buena calidad del suministro entregado, para lo cual presentará en la UACI xxx XXXXXX dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de recepción definitiva del servicio una garantía equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del MONTO TOTAL DEL CONTRATO, de acuerdo al acta de recepción definitiva que para tal efecto se levantará en el lugar de entrega establecido y estará vigente durante el plazo de UN AÑO. La UACI proporcionará el comprobante de recibido correspondiente. (ANEXO No. 8). Las garantías mencionadas deberán presentarse en original y copia, adjuntando fotocopia de la Tarjeta de Identificación Tributaria de la Contratista.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. Es el documento que se otorga cuando sea procedente a favor xxx XXXXXX, para asegurar que el Contratista responderá por el buen servicio y buen funcionamiento o calidad que le sean imputables durante el periodo que se establezca en el contrato. Lt.: Litro INTERÉS PÚBLICO: Todo aquello que sea de provecho o de beneficio para el MINSAL y la población salvadoreña.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. Es el documento que se otorga cuando sea procedente a favor xxx XXXXXX, para asegurar que el Contratista responderá por el buen servicio y buen funcionamiento o calidad que le sean imputables durante el periodo que se establezca en el contrato. I.L.: Intralesional I.M.: Intramuscular.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. La Contrat ista re ndirá una Garantía de Buena Calidad, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato, incluyendo el IVA, con una vigencia de UN (1) AÑO a partir de la Re cepció n Defin it iva de los bienes objeto del presente contrato y deberá presentarla a entera satisfacción de la CEPA, prev io a la cancelación del pago final del sum inist ro. De no haber reclamos pend ientes, una vez vencido el plazo de vigencia de esta garantía, será devuelta a la Contratista. DÉCIMA PRIM ERA : EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 1) La Contrat ista no podrá ceder, subarrendar, vender o traspasar a ningún título los derechos y obligaciones que emanen del contrat o, salvo con el previo consentimiento escrito de la CEPA. Ningú n subcontrato o traspaso de derecho, relevará a la Con t ratista, ni a su fiador de las responsabilidades adqu iridas en el cont rato y en las garant ías. 11) La Con trat ista podrá subco n trat ar únicamente las prestaciones accesorias o com plem ent ar ias de la inst alación del suministro requerido, previa autorizac ió n por escrito del Administrador de Con t rat o, así m ismo, las part es deberán cump lir con lo establecido en los artícu los 89, 90 y 91 de la LACAP.111) La CEPA no concederá ningún ajuste de precios durant e el desarro llo del contrato.
GARANTÍA DE BUENA CALIDAD. 9.3.1. La garantía relativa al cumplimiento del contrato deberá continuar vigente durante el periodo de doce meses posteriores a la entrega de los bienes contratados, a efecto de amparar la buena calidad y posibles vicios de fabricación en los mismos.