GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Apoyo, Contrato De Prestación De Apoyo Logistico
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del don objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
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GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del don objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto Nacional 1082 de 20151082.
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GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del don objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 2.2.1.2.1.4.5. del Decreto Nacional 1082 de 2015.. La Garantía a Constituir en razón a la cuantía del contrato a celebrar es la siguiente:
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GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del don objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
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