Pago de salarios y prestaciones sociales Cláusulas de Ejemplo

Pago de salarios y prestaciones sociales. Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más.
Pago de salarios y prestaciones sociales. Una póliza que garantice el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal empleado por EL CONTRATISTA para la ejecución del contrato, por un valor asegurado equivalente al 30% del valor total estimado del mismo, con vigencia igual a la del presente contrato y 36 meses más. c) CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS: Una póliza que garantice la calidad del servicio prestado, por un valor asegurado equivalente al 15% del valor total estimado del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y 12 meses más. d) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Una póliza que garantice la responsabilidad civil extracontractual que se pueda generar por la celebración y ejecución del presente contrato, por un valor asegurado equivalente al 30% del valor total estimado del mismo, y con vigencia igual a la del contrato y 1 mes más.
Pago de salarios y prestaciones sociales. Objeto Cuantía y vigencia Objeto Cuantía y vigencia Objeto Cuantía y vigencia
Pago de salarios y prestaciones sociales. Por una cuantía equivalente al xx por ciento (xx%) del valor total del contrato y por la vigencia del contrato y tres (3) años más.
Pago de salarios y prestaciones sociales. 5% del valor del contrato Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. Calidad del Servicio 30% del valor del contrato Vigente por un (1) año contados a partir de la suscripción del acta de recibo final. PARÁGRAFO PRIMERO: La aprobación de las garantías por parte de FONADE es requisito previo para el inicio de la ejecución de los contratos. PARÁGRAFO SEGUNDO: En la póliza deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. EL CONTRATISTA deberá allegar el recibo de pago expedido por la Aseguradora donde conste que primas se encuentran pagadas por parte de EL CONTRATISTA. No es válido que se certifique que las pólizas no vencerán por falta de pago, pues ello contraviene lo ordenado en el artículo 1068 del Código de Comercio. PARÁGRAFO TERCERO - TÉRMINO PARA SU ENTREGA: EL CONTRATISTA entregará a FONADE, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, junto con el recibo que acredite el pago de la misma. PARÁGRAFO CUARTO - PREVENCIÓN DE RIESGOS: EL CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del contrato. PARÁGRAFO QUINTO - SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS: EL CONTRATISTA
Pago de salarios y prestaciones sociales. Por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres NOTA: El monto de las garantías no constituye límite de responsabilidad para EL PROVEEDOR y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la amparada, éste se obliga a cancelar directamente.
Pago de salarios y prestaciones sociales. En los contratos de obra en los cuales, de acuerdo con el contrato, el contratista emplee terceras personas en la obra para el cumplimiento de sus obligaciones es obligación solicitar la garantía de salarios y prestaciones sociales; y en los demás contratos vía excepcional a juicio del área de Asuntos Legales y Contratación.
Pago de salarios y prestaciones sociales. 20% Duración del contrato y 3 años más. Se debe entregar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la firma de este contrato. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 20% Duración del contrato y 2 meses más. Se debe entregar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la firma de este contrato.
Pago de salarios y prestaciones sociales. Por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXX M/CTE, equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del mismo, por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más.
Pago de salarios y prestaciones sociales. Ampara el riesgo de incumplimiento de las obligaciones laborales, a que está obligado el afianzado y relacionadas con el personal utilizado para la ejecución del contrato.