Pérdida de Equipaje. La Compañía pagara al Asegurado hasta la Suma Asegurada contratada para esta cobertura en caso de que su Equipaje registrado y en custodia ante el Transporte Público u Hotel sufra pérdida. La empresa de Transporte Público u Hotel deberán de haber expedido comprobante de custodia del Equipaje a nombre del Asegurado indicando número de piezas en resguardo. No será considerado como Pérdida de Equipaje la confiscación, expropiación o retención del Equipaje por orden de una autoridad pública o gobierno, sea cual fuere su causa. La indemnización estará sujeta al valor de los artículos contenidos en las maletas, baúles o porta trajes registrados y en custodia, menos la deducción por el desgaste normal de dichos artículos, en cuyo caso se determinará la suma a indemnizar con base en la declaración de los objetos perdidos, especificando el valor y año de compra. El pago de la indemnización no excederá de la suma asegurada máxima indicada en la Póliza para esta cobertura. La indemnización por Pérdida de Equipaje será procedente siempre y cuando:
Pérdida de Equipaje. Esta cobertura se extiende a cubrir los gastos originados con motivo de pérdida de equipaje, exclusivamente cuando es responsabilidad de la aerolínea y hasta un monto máximo por maleta de $2,000.00 pesos moneda nacional para viajes nacionales y $5,000.00 pesos moneda nacional para viajes al extranjero.
Pérdida de Equipaje. Se encuentran excluidos de la presente cobertura las siguientes situaciones:
Pérdida de Equipaje. La Empresa indemnizará al tripulante embarcado en concepto de pérdida de equipaje, en caso de accidente o siniestro del buque, con la cantidad de 1.300 euros. Cuando el accidente o siniestro sea imputable a negligencia x xxxxxx- cia de algún tripulante, éste dejará de percibir dicha indemnización.
Pérdida de Equipaje. Qué cubre la garantía?
Pérdida de Equipaje. 1. Formato de reclamación debidamente llenado y firmado.
Pérdida de Equipaje. 1. La ASEGURADORA pagará al ASEGURADO la indemnización especificada en las Condiciones Particulares de la póliza si su equipaje se pierde al ser robado o extraviado mientras el ASEGURADO es un pasajero en una Línea de Transporte de Pasajeros con itinerarios fijos. El equipaje y el ASEGURADO deberán de estar registrados en dicha Línea.
Pérdida de Equipaje. En el caso de robo o extravío del equipaje del Asegurado, La Compañía lo asesorará en la denuncia del robo o extravío y colaborará en las gestiones para su localización y envío hasta el lugar del destino del viaje previsto por el Asegurado o hasta su Residencia Habitual. En caso de lesión o enfermedad del Asegurado, La Compañía realizará una transferencia de fondos por un máximo de hasta $2,000.00 US Dlls., previo depósito de la cantidad solicitada en nuestras oficinas o sucursales previamente autorizadas por La Compañía. Dicho depósito deberá ser realizado por la persona o personas que el Asegurado designe.
Pérdida de Equipaje. La Compañía reembolsará al Asegurado teniendo como límite la Suma Asegurada establecida para esta cobertura en la carátula de Póliza por la pérdida del Equipaje del Asegurado por parte del operador del Transporte Público o del hotel en donde el Asegurado se hospede o se haya hospedado, siempre que dicho Equipaje se encuentre bajo la custodia del operador del Transporte Público o del hotel y el Asegurado cuente con un comprobante de custodia de Equipaje emitido por estos en el que se indique el número de piezas de Equipaje en resguardo. La indemnización estará sujeta al valor xx xxxxxxx de los artículos contenidos en el Equipaje en custodia de la operadora de Transporte Público o del hotel, menos la deducción por el desgaste normal de dichos artículos. La cantidad a indemnizar se determinará con base en la declaración de los objetos perdidos efectuada por el Asegurado a la operadora de Transporte Público o al hotel, especificando el valor de los objetos y año de compra.
Pérdida de Equipaje. Las pérdidas de maletas durante un viaje al extranjero. Se requiere la constancia y cesión a la COMPAÑÍA del reclamo presentado y aceptado al y por el transportista, hotel u otro responsable de la pérdida. En el caso de una línea aérea el equipaje debe haberse facturado previo a la pérdida. El límite de esta cobertura es de quinientos Balboas (B/.500.00) por maleta y máximo de mil Balboas (B/.1,000.00) por caso y por año calendario.