CANCELACIÓN DE VIAJE Cláusulas de Ejemplo

CANCELACIÓN DE VIAJE. La Compañía ampara sin exceder la suma asegurada contratada y estipulada en la carátula de la póliza para cancelación de viaje, el reembolso de los gastos de cancelación que se produzcan a cargo del Asegurado y le sean facturados por aplicación de las condiciones de venta de la agencia en la que se haya comprado el viaje asegurado o de cualquiera de los proveedores del viaje, siempre que el Asegurado cancele el mismo antes de la fecha de inicio del viaje asegurado. Se especifica que no se encuentran amparados bajo esta cobertura los reembolsos o gastos de cancelación cuando la reservación del viaje no haya quedado firme, es decir cuando los importes del mismo no han quedado completamente pagados según la definición de viaje asegurado, así también no se encuentran amparados los pagos que se adeuden a la agencia de viajes o proveedor de viajes por concepto de cancelación del mismo.
CANCELACIÓN DE VIAJE. SBS SEGUROS COLOMBIA S.A. SE OBLIGA A PAGAR AL ASEGURAD EL VALOR ASEGURADO EN CASO QUE DE MANERA NECESARIA E INEVITABLE EL ASEGURADO DEBA CANCELAR SU VIAJE COMO CONSECUENCIA DE UNO DE LOS SIGUIENTES HECHOS, EL CUAL DEBERÁ OCURRIR EN FECHA POSTERIOR A LA FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO Y NO CORRESPONDER CON UN HECHO QUE AL MOMENTO DE LA EXPEDICION DE LA PÓLIZA EL ASEGURADO TUVIERA CONOCIMIENTO ACERCA DE SU POSIBLE OCURRENCIA.
CANCELACIÓN DE VIAJE. Esta cobertura se extiende a cubrir los gastos originados con motivo de la cancelación de un viaje de placer, a consecuencia de:
CANCELACIÓN DE VIAJE. Imposibilidad definitiva de iniciar la realización del viajeprogramado.
CANCELACIÓN DE VIAJE. TRAVELER ASSISTANCE reintegrará a EL BENEFICIARIO hasta el tope de los servicios especificado en el Certificado de Asistencia adquirido, los gastos en los cuales se incurra como consecuencia de la Cancelación o Interrupción del viaje, que se consideren irrecuperables, tales como depósitos o gastos pagados por anticipado por el viaje, de acuerdo a las condiciones generales del contratos suscripto por EL BENEFICIARIO con la Agencia de Viajes y/o Operador Logístico (incluyendo las políticas de cancelación aplicables al mismo), previa demostración de las circunstancias amparadas por las presentes condiciones generales. El presente beneficio aplicará siempre que la cancelación o interrupción del viaje se produzca en forma necesaria e inevitable como consecuencia de:
CANCELACIÓN DE VIAJE. B) Como COBERTURAS DE ASISTENCIA serán consideradas las siguientes - Asistencia Vial -Concierge -Transmisión de Mensajes Urgentes -Orientación Médica Telefónica -Consulta médica a domicilio o lugar de hospedaje
CANCELACIÓN DE VIAJE. Se devolverán los importes no reembolsables pagados por el Asegurado, correspondientes a los servicios de viaje y/o hospedaje no utilizados, siempre que el viaje se cancele antes de su inicio exclusivamente por una de las causas sobrevenidas después de la contratación del plan de viaje, que impida efectuar el viaje en las fechas contratadas, hasta los límites establecidos para esta prestación y que se relacionan a continuación: • Fallecimiento, accidente o enfermedad grave del Asegurado y/o sus padres y/o su cónyuge y/o sus hijos. • Por enfermedad grave se entiende una alteración de la salud que implique hospitalización y que a juicio del Departamento Médico de la Compañía, imposibilite al Asegurado y/o sus padres y/o su cónyuge y/o sus hijos iniciar el viaje en la fecha consignada en el plan de viaje contratado. • Por accidente grave se entiende un daño corporal no intencional producido por una causa externa, súbita y que a juicio del Departamento Médico de la Compañía, imposibilite al Asegurado y/o sus padres y/o su cónyuge y/o sus hijos iniciar el viaje en la fecha consignada en el plan de viaje contratado. • Si la persona que acompaña al Asegurado en el viaje (se entiende por acompañante la persona que comparte la misma habitación de hotel o la misma cabina de crucero) y/o sus padres y/o su cónyuge y/o sus hijos y que también contrataron un viaje con las mismas condiciones que el Asegurado se viese o viesen obligados a anular el viaje por alguna de las causas enumeradas en el apartado anterior (a.) y debido a ello, el Asegurado tuviera que viajar sólo. • Daños graves en su residencia habitual o en sus locales profesionales por robo, incendio o inundación que los hiciera inhabitables o con riesgo de que se produzcan mayores daños y que justifiquen de forma imperativa la presencia del Asegurado. • Convocatoria del Asegurado a requerimiento de Organismos Oficiales del Estado. • Convocatoria del Asegurado como parte, testigo x xxxxxx de un tribunal. • Convocatoria del Asegurado como miembro de una mesa electoral. • Robo de documentación o equipaje hasta 48 horas antes del inicio del viaje y que imposibilite al Asegurado iniciar el mismo. • Incorporación a nuevo puesto de trabajo en una empresa distinta de la actual y que no pertenezca al mismo grupo empresarial con contrato laboral. • La entrega en adopción de un niño. • Trasplante de un órgano del Asegurado o de sus padres, de su cónyuge o de sus hijos. • Operación de emergencia del Asegurado, de sus padr...
CANCELACIÓN DE VIAJE. B. Acortamiento del viaje
CANCELACIÓN DE VIAJE. Si fuere necesario que Usted cancele Su Viaje como resultado de uno o más de los eventos cubiertos (listados más adelante), le pagaremos hasta el límite de la suma asegurada que aparece en la Carátula de la Póliza para el plan que Usted ha seleccionado por concepto de:
CANCELACIÓN DE VIAJE. La Compañía pagará al Asegurado hasta el límite hasta el límite de Suma Asegurada especificada en el Certificado Individual del Seguro para esta cobertura, si dentro de las 24 (veinticuatro) horas previas a la hora de salida de su vuelo, el Asegurado se ve impedido para realizar el viaje, a consecuencia de su fallecimiento o el de un familiar de primer grado, o porque un Médico recomiende por escrito la cancelación del viaje, debido a la gravedad del Asegurado y/o Familiar de Primer Grado derivada de un Accidente cubierto. La indemnización corresponderá a los gastos de Viaje no utilizados para el Viaje, debiendo el Asegurado o sus La indemnización que efectúe la Compañía por cada cancelación de Viaje, en ningún caso excederá Suma Asegurada especificada en el Certificado Individual del Seguro para esta cobertura. Para efectos de esta cobertura se entiende como Beneficiarios del Asegurado a sus Familiares en Primer Grado.