GESTIÓN DE COBRO Cláusulas de Ejemplo

GESTIÓN DE COBRO. En caso xx xxxx o incumplimiento por parte del Deudor y sin perjuicio del ejercicio por parte del Acreedor de cualquiera de sus derechos de cobro, el Deudor expresamente autoriza al Acreedor a contactarlo por vía telefónica, carta, mensajes de texto, correo electrónico, o cualquier otro medio de comunicación, con el fin de que el Deudor ponga al día su operación. El Xxxxxx entiende y acepta que estos contactos, podrán ser realizados directamente por el Acreedor o por los terceros que sean contratados por éste para tales efectos. En consecuencia, el Deudor deja autorizado al Acreedor para que éste brinde a un tercero (encargado del proceso de cobranza) información de sus cuentas (saldo de la deuda, cuotas vencidas, fechas de pago, etc.), lo cual el deudor entiende y acepta. El Deudor de forma expresa consiente y autoriza al Acreedor para que, durante la vigencia del presente crédito, consulte y solicite los reportes e información que considere necesarias ante cualquier bureau de crédito y/o ante cualquier entidad que pueda suministrarnos información relevante, con el fin de verificar la situación crediticia, financiera, y de cumplimiento normativo del Deudor. Al respecto el Deudor consiente y autoriza al bureau de crédito y/o cualquier entidad que pueda suministrarnos información relevante, a suministrar al Acreedor la información sobre las consultas que realice según se indicó anteriormente.
GESTIÓN DE COBRO. Como resultado de la concatenación de todos los eventos descritos en los apartados que anteceden, la empresa que adquirió la cartera vencida de la institución de crédito, por virtud de un contrato de cesión de derechos mercantiles, y por lo tanto, se ha convertido en la nueva titular de los derechos cedidos, puede ejercer esos derechos. Este ejercicio de derechos se manifiesta principalmente, mediante la realización de una actividad consistente en gestionar el cobro del o de los créditos de que se trata. Es esta gestión de cobro, precisamente, la actividad que constituye el objeto del presente estudio, y respecto de la cual deben hacerse las dos preguntas que configuran el punto de contradicción, de la siguiente manera: Por su naturaleza, la gestión de cobro de créditos derivados de la adquisición de la cartera vencida de un banco, ¿es una actividad gravada por el Impuesto al Valor Agregado? En el caso de que la empresa que lleve a cabo esta actividad pueda acreditar el IVA, por dedicarse a actividades mixtas, ¿debe incluir las actividades de compra y recuperación de cartera vencida, dentro de los valores que se calculan para el factor de prorrateo?
GESTIÓN DE COBRO. La Gestión de cobro se realizará en 3 etapas: a. Gestión Administrativa, b. Gestión Pre- Jurídica, y c. Gestión Jurídica d.
GESTIÓN DE COBRO. La gestión de cobro extrajudicial o judicial del precio o saldo adeudado no modificará la suspensión de la cobertura ni la rescisión del contrato, ya sea automática o fundada en la falta de pago.
GESTIÓN DE COBRO. El adjudicatario deberá elaborar un padrón de los usuarios del servicio que se remitirá mensualmente al coordinador del Polideportivo Municipal.

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  • Revelación de Comisiones Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la Compañía le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato. La Compañía proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

  • Recepción de Ofertas Junta de Gobierno del Ayuntamiento xx Xxxxxx Dirección Postal Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, x/x (00000) Xxxxxx Xxxxxx Contacto Correo Electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro

  • REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • PERÍODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza; no obstante, el reclamo puede ser presentado después de que la vigencia haya llegado a su término. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previstos en la presente póliza.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • Comisión de crédito (a) El Prestatario pagará una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado xxx Xxxxxxxx a un porcentaje que será establecido por el Banco periódicamente, como resultado de su revisión de cargos financieros para préstamos de capital ordinario sin que, en ningún caso, pueda exceder el 0,75% por año.