Common use of IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Clause in Contracts

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de la presente licitación: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos económicos. b) Las sociedades simples y residuales. c) Sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d) Personas humanas en forma individual, o asociados a Uniones Transitorias. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. f) Las Personas Jurídicas que participen en más de una oferta, ya sea por si solas o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presenten.

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Samples: Licitación Pública

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de concurrir a la presente licitaciónLicitación Pública: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren Los inhabilitados por condena firme por la comisión de delitos económicosjudicial. b) Las sociedades simples y residualesLos que pertenezcan o hayan pertenecido a la planta municipal tanto en forma permanente como transitoria, contratada, por honorarios o retribución a terceros, personal de gabinete, autoridades, durante los dos últimos años previos al llamado a esta Licitación. c) Sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Los quebrados mientras no obtenga su rehabilitación d) Personas humanas Los suspendidos o inhabilitados en forma individual, o asociados a Uniones Transitoriasel Padrón de agentes de cobro y registro de sancionados de la Municipalidad xx Xxxxxxx. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas Los condenados con sentencia firme por el cobro de tasas, impuestos o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores contribuciones de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresMunicipalidad xx Xxxxxxx que no hayan dado cumplimiento a la sentencia. f) Las Personas Jurídicas que participen Quienes hubiesen sido sancionados con caducidad de concesiones, permisos y/o contratos en más de una ofertael ámbito nacional, ya sea por si solas provincial o como integrante de una U.T.municipal en los 10 años precedentes al llamado a esta Licitación. g) Quienes tengan deudas exigibles con la Municipalidad xx Xxxxxxx, asociación el Banco Municipal xx Xxxxxxx, o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes cualquier ente descentralizado municipal. h) Los sancionados y/o excluidos de la U.T. matrícula correspondiente a la incumbencia profesional que se presenten.solicita. En caso de incurrir en alguna de las situaciones detalladas se procederá al rechazo de la presentación.-

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Samples: Public Tender for External Audit Services

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse concurrir como oferentes Oferentes las personas comprendidas en Contrataciones del Gobierno alguna de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por las causales previstas en el artículo 98 de la Ley N°° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/005.666). Xxxxxxx no Tampoco podrán participar presentarse: I. Las sociedades irregulares o de hecho. II. Las sociedades cuya finalización del plazo de duración según sus estatutos sea anterior a la finalización del plazo establecido para la presente licitación: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos económicos. b) III. Las empresas y/o sociedades simples y residualesextranjeras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666). c) Sociedades cuya sumatoria IV. Las empresas y/o sociedades integradas por personas humana y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de los montos Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx x xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. V. Las empresas y/o sociedades que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas obligaciones contratuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma alguno de Buenos Aireslos Estados . d) Personas humanas en forma individualVI. Las empresas, aun cuando formaran parte de una U.T., y/o asociados a Uniones Transitoriassociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes y demás autoridades registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. e) VII. Las empresas y/o sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País. f) VIII. Las Personas Jurídicas personas humanas o jurídicas que participen en más de una ofertaoferta dentro de la misma contratación, ya sea se por si solas o como integrante de una U.T.un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. IX. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad Las personas humanas o jurídicas en estado de los impedimentos enumerados precedentemente son quiebra o liquidación. X. Los evasores y deudores morosos tributarios de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presentenorden nacional o local, provisionales, alimentarios declarados tales por autoridad competente.

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Samples: Servicio Integral De Limpieza

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de la presente licitacióna esta Licitación: a) Las sociedades cuyos directoresSociedades, representanteso sus Directores o Gerentes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos económicosque se encuentren con inhibiciones civiles e inhabilidades penales vigentes. b) Las sociedades simples y residualesen las que en el último año a la fecha hayan actuado como Directores, Gerentes, Administradores o Apoderados, personas físicas que se desempeñen como funcionario o agente de la administración pública nacional, provincial o municipal. c) Sociedades cuya sumatoria Los quebrados, mientras no obtengan rehabilitación o quienes tengan concurso de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesacreedores pendiente. d) Personas humanas Los que se encontraren inhabilitados o suspendidos para contratar en forma individualRegistros Administrativos, Municipales, Provinciales y/o asociados a Uniones TransitoriasNacionales. e) Las sociedades Los deudores morosos xxx Xxxxx Nacional, provincial y/o municipal y/o sus reparticiones autárquicas, de obligaciones previsionales, de aseguradoras de riesgos del trabajo y de organizaciones gremiales que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores rigen al personal de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesactividad. f) Las Personas Jurídicas Los que participen habiendo contratado con algún municipio en más los últimos cinco años, hayan sido objeto de una ofertasuspensiones, ya sea por si solas inhabilitaciones o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, rescisiones culpables. g) Aquellos que no acrediten y certifiquen las capacidades exigidas en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presenten.el artículo 14º.

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Samples: Licitación Pública

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado Texto Consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx Dexxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no xo podrán participar de la presente licitación: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos económicos. b) Las sociedades simples y residuales. c) Sociedades que hubieren sido penalizadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d) Personas humanas en forma individual, o asociados a Uniones Transitorias. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. f) Las Personas Jurídicas que participen en más de una oferta, ya sea por si solas o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presenten.. PLIEG-2019-24934950-GCABA-DGABRGIEG

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Samples: Contract for Services

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse concurrir como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de a la presente licitación: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes gerentes, registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. b) Las sociedades simples y residualesintegradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCBA. c) Sociedades cuya sumatoria Las sociedades irregulares o de los montos hecho. d) Las sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las penalidades impuestas obligaciones contractuales, sea en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma algunos de Buenos Aires. d) Personas humanas en forma individuallos Estados Nacional, Provincial o asociados a Uniones TransitoriasMunicipal. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier municipalidad o provincia del país. f) Las Personas Jurídicas sociedades que participen posean acciones en más otra u otras sociedades oferentes. g) Las personas jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de una oferta, ya sea por si solas o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad alguno de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación órganos mencionados en forma individual a las empresas integrantes el Art. 2 de la U.T. Ley N° 2.095, mientras dichas sanciones sigan vigentes. h) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. i) Las personas jurídicas que se presentenresulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden nacional, provincial o local, declaradas tales por la autoridad competente.

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Samples: Licitación Pública

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de concurrir a la presente licitación: : a) Las sociedades cuyos directores-Los inhabilitados por condena judicial por fraude, representantesestafa, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por u otro delito doloso. b-Los que pertenezcan o hayan pertenecido a la comisión de delitos económicos. b) Las sociedades simples y residuales. c) Sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d) Personas humanas planta municipal tanto en forma individualpermanente como transitoria, contratada, por honorarios y/o asociados retribución a Uniones Transitorias. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas terceros, personal de gabinete. c-Los quebrados y concursados, mientras no obtengan su rehabilitación. d-Los suspendidos o inhabilitadas inhabilitados en el Registro Único y Permanente de Proveedores Sancionados de la Ciudad Autónoma Municipalidad xx Xxxxxx y/u organismo de Buenos Aires. igual función de otras jurisdicciones municipales, provinciales, o nacionales. e-Los condenados en juicios con sentencia firme a favor de la Municipalidad xx Xxxxxx por el cobro de tasas, impuestos o contribuciones y/u otro concepto que no hayan dado cumplimiento a la sentencia. f) -Las Personas Jurídicas sociedades o empresas que participen hubieren sido sancionadas con caducidad de concesiones o permisos en más de una ofertael ámbito nacional, ya sea provincial o municipal. Cuando se constatara que el oferente estuviere alcanzado por si solas o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad algunos de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación establecidos en forma individual a el presente artículo, se aplicarán las empresas integrantes siguientes sanciones: a-El rechazo de la U.T. que se presentenpresentación de la propuesta con pérdida de la garantía de oferta.

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Samples: Licitación Pública

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse concurrir como oferentes en Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aquellos alcanzados por el artículo 98 de la Ley N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de a la presente licitación: a) contratación, Las sociedades cuyos directoressociedades, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por la comisión de delitos económicos. b) Las sociedades simples y residuales. c) Sociedades cuya sumatoria de los montos incumplimiento de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas obligaciones contractuales en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma alguno de Buenos Aires. d) Personas humanas en forma individuallos Estados Nacional, Provincial o asociados a Uniones Transitorias. e) Municipal. PLIEG-2018-21780778- -DGDECO Las sociedades sociedades, que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. f) , o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País. Las Personas Jurídicas personas jurídicas cuyos miembros del directorio, consejo de vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes y/o apoderados registren antecedentes de ser evasores y/o deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. En el caso de U.T., la totalidad de los integrantes que participen la conformen no deberán encontrarse dentro de los impedimentos estipulados en más de una oferta, ya sea por si solas o el presente artículo ni en el Anexo I del PBCG. En ningún caso un oferente podrá presentarse simultáneamente en forma individual y como parte integrante de una U.T.UT, asociación ni integrando dos o persona jurídica, más Uniones Transitorias. Las personas no habilitadas en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad el Anexo I “Declaración Jurada de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presentenAptitud para Contratar” del PBCG.

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Samples: Service Agreement

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán presentarse como oferentes en Contrataciones del Gobierno Carecerá de validez a los fines de la Ciudad Autónoma LICITACIÓN, toda OFERTA que incluya una o más personas comprendidas en cualquiera de Buenos Aireslos impedimentos que se detallan a continuación: 16.1. Las sociedades o entidades sin fines de lucro cuyos socios, aquellos alcanzados miembros del directorio o consejo de administración, o gerentes, según el caso, estar sancionados de acuerdo con los puntos 12 a 14 del presente, como así también los cónyuges de los sancionados, cualquiera fuera el carácter en que pretendan inscribirse. 16.2. Las firmas sucesoras de firmas sancionadas, cuando a criterio de la autoridad de aplicación, existieran indicios suficientes, por su gravedad, precisión y concordancia, para presumir que media en el artículo 98 caso una simulación con el fin de eludir los efectos de las sanciones impuestas a las antecesoras. 16.3. Los corredores, comisionistas e intermediarios. 16.4. Los agentes del Estado Nacional, Provincial, Municipal y de Entes Autárquicos y las sociedades tipificadas en la Ley N°2.095 (texto consolidado ° 19.550 integradas total o parcialmente por Ley los mismos, en tanto dichas sociedades no realicen oferta pública de sus acciones, y la participación del agente sea superior al 15%. Quedan exceptuados de tal prohibición el personal docente con cargos suplentes, interinos y/o titulares hasta 10 horas cátedra semanales. 16.5. Las empresas en situación de quiebra o liquidación 16.6. Los inhibidos y los concursados civilmente. 16.7. Los condenados en causal judiciales vinculadas a contrataciones con el Estado Provincial. Esta prohibición alcanzar tanto a las personas físicas como a las personas jurídicas cuyos socios, administradores o apoderados se encuentren en dicha condición. Asimismo, se hace extensiva a los cónyuges de sobre quien recaiga dicha condena. La autoridad de aplicación podrá acordar la inscripción en virtud de la naturaleza de los hechos, las circunstancias en que se cometieron o el tiempo transcurrido si juzgare que la condena no es incompatible con la condición de proveedor del Estado. Constituirán excepciones a la presente clausula las expresamente previstas en el Artículo 34, Punto 5) del Decreto Provincial 6.017) reglamentada por Decreto Nº 168/19 y su modificatorio Xxxxxxx X° 000/00. Xxxxxxx no podrán participar de la presente licitación: a) Las sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos económicos674/11. b) Las sociedades simples y residuales. c) Sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d) Personas humanas en forma individual, o asociados a Uniones Transitorias. e) Las sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. f) Las Personas Jurídicas que participen en más de una oferta, ya sea por si solas o como integrante de una U.T., asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. PLIEG-2019-26168267-GCABA-SECISPM La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las empresas integrantes de la U.T. que se presenten.

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