INGRESOS TRIBUTARIOS Cláusulas de Ejemplo

INGRESOS TRIBUTARIOS. Impuesto Predial Unificado Impuesto de Vehículos Automotores Impuestos de Industria y Comercio Impuesto Complementario de Avisos y Tableros Impuesto publicidad Exterior Visual Sobretasa Bomberil. Impuesto de Rifas Impuesto a los Juegos Permitidos Impuesto a las Ventas por el Sistema de Clubes. Impuestos de Espectáculos Públicos Impuesto de Vehículos de Servicio Públicos. Impuesto por la Expedición de Licencias Urbanísticas y Licencias de Construcción y sus Modalidades. Impuesto por la Expedición de Alineamientos y de Normas de Uso del Suelo Impuesto de Asignación de Nomenclatura Impuesto por Ocupación de Vías, Bienes y/o del Espacio Público. Impuesto Municipal de Teléfonos Impuesto de Alumbrado Público. Sobretasa a la Gasolina Motor Estampilla Pro Cultura Estampilla Pro Bienestar del Adulto Mayor Pro Hospitales Públicos. Estampilla Universidad de Antioquia de Cara al Tercer siglo de labor. Servicios Técnicos de Planeación. Movilización de Ganado. Expedición de Documentos. Publicación de Contratos.
INGRESOS TRIBUTARIOS. Se denominan así, los ingresos que el Municipio obtiene por concepto de gravámenes que los Acuerdos, con respaldo en lo dispuesto en la Constitución y la ley, imponen a las personas naturales y jurídicas. Los Ingresos Tributarios se clasifican en directos e indirectos.
INGRESOS TRIBUTARIOS. Se denominan así, los que el Municipio obtiene por concepto de gravámenes que los Acuerdos, con respaldo en lo dispuesto en la Constitución y la Ley, imponen a las personas naturales y jurídicas sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos en quienes se figure el hecho generador del impuesto y todos quienes sean sujetos pasivos. Los Ingresos Tributarios se clasifican en Directos e indirectos.
INGRESOS TRIBUTARIOS. Son aquellos establecidos como impuestos y estampillas por la ley. Estos representan la obligación de hacer un pago, sin que exista una retribución particular por parte del Estado. En este rubro se clasifican los siguientes impuestos:
INGRESOS TRIBUTARIOS. Son los ingresos corrientes que percibe el municipio por concepto de gravámenes que la ley y los acuerdos impone a los contribuyentes para atender las necesidades, los servicios públicos, promover el desarrollo de su territorio y el mejoramiento socio cultural de sus habitantes.
INGRESOS TRIBUTARIOS. Son los valores que el contribuyente, debe pagar en forma obligatoria al Municipio de Sabaneta, sin que por ello exista algún derecho a percibir servicio o beneficio de tipo individualizado o inmediato Están conformados por los valores provenientes del Predial Unificado y el de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Publicidad Exterior Visual, Circulación y Tránsito y de Urbanismo y Construcción, entre otros.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.