Intereses sobre los pagos atrasados. Si el Contratante se atrasara más de quince (15) días en los pagos, contados a partir de la fecha de vencimiento indicada en las CEC, deberá pagar intereses al Consultor por cada día de atraso, a la tasa indicada en las CEC.
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Samples: Consulting Services Agreement, Contratación Directa, Consulting Agreement