INTRODUCCION. Será responsabilidad de la DISTRIBUIDORA prestar el servicio público de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio. Para ello deberá cumplir con las exigencias que aquí se establecen, realizando los trabajos e inversiones que estime conveniente. El no cumplimiento de las pautas preestablecidas dará lugar a la aplicación de multas, cuyos montos estarán basados en el perjuicio económico que le ocasiona al usuario recibir un servicio en condiciones no satisfactorias. El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENTE) será el encargado de controlar el fiel cumplimiento de las pautas preestablecidas. Se considera que tanto el aspecto técnico del servicio como el comercial deben responder a normas de calidad; por ello se implementarán controles sobre: a) Calidad del producto técnico suministrado. b) Calidad del servicio técnico prestado. c) Calidad del servicio comercial. El producto técnico suministrado se refiere al nivel de tensión en el punto de alimentación y las perturbaciones (variaciones rápidas, caídas lentas de tensión, y armónicas). El servicio técnico involucra a la frecuencia y duración de las interrupciones en el suministro. Los aspectos del servicio comercial que se controlarán son los tiempos utilizados para responder a pedidos de conexión, errores en la facturación y facturación estimada, y demoras en la atención de los reclamos del usuario. Las exigencias en cuanto al cumplimiento de los parámetros preestablecidos, se aplicarán de acuerdo al siguiente cronograma: revisarán y completarán la metodología de medición y control de los indicadores de calidad que se controlarán en los siguientes 24 (veinticuatro) meses.
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Samples: Contrato De Concesion, Contrato De Concesion
INTRODUCCION. Será responsabilidad de la DISTRIBUIDORA LA CONCESIONARIA prestar el servicio público de distribución de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio, acorde con los parámetros establecidos en el presente Subanexo. Para ello deberá cumplir con las exigencias que aquí se establecen, realizando los trabajos e inversiones que estime convenientenecesarias de forma tal de asegurar la prestación del servicio con la calidad mínima indicada. Las disposiciones referentes a la Calidad de Servicio establecidas en el presente Subanexo serán de aplicación para los suministros tanto a pequeños como a grandes consumidores. El no cumplimiento de las pautas preestablecidas aquí establecidas dará lugar a la aplicación de multassanciones, cuyos montos estarán basados basadas en el perjuicio económico que le ocasiona al usuario cliente recibir un servicio en condiciones no satisfactorias. Sus montos se calcularán de acuerdo al método que más adelante se describe. En ningún caso LA CONCESIONARIA podrá invocar el insuficiente abastecimiento de energía eléctrica como eximente de responsabilidad por el incumplimiento de las normas de calidad de servicio. El Ente Nacional Regulador Organismo de la Electricidad (ENTE) Control será el encargado de controlar supervisar el fiel cumplimiento de las pautas preestablecidasnormas de calidad de servicio. LA CONCESIONARIA tendrá la obligación de efectuar las campañas de relevamiento de información y el cálculo de los indicadores descriptos en el presente Subanexo, poniéndolos a disposición del Organismo de Control, para posibilitar la realización de la tarea que en el tema de calidad de servicio le es propia. Se considera que tanto el aspecto técnico del servicio como el comercial del servicio deben responder a normas reunir condiciones mínimas de calidad; por ello se implementarán controles sobre:
a) Calidad del producto técnico suministrado.
b) Calidad del servicio técnico prestado.
c) Calidad del servicio comercial. El producto técnico suministrado se refiere al nivel de tensión en el punto de alimentación y las perturbaciones (variaciones rápidas, caídas lentas de tensión, y armónicas). El servicio técnico involucra a la frecuencia y duración de las interrupciones en el suministro. Los aspectos del servicio comercial que se controlarán son los tiempos utilizados para responder a pedidos de conexión, errores en la facturación y facturación estimada, y demoras en la atención de los reclamos del usuario. Las exigencias en cuanto al cumplimiento de los parámetros preestablecidos, se aplicarán de acuerdo al siguiente cronograma: revisarán y completarán la metodología de medición y control de los indicadores de calidad que se controlarán en los siguientes 24 (veinticuatro) meses.• ETAPA PRELIMINAR • ETAPA DE PRUEBA • ETAPA DE TRANSICION • ETAPA DE REGIMEN
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INTRODUCCION. Será responsabilidad de la DISTRIBUIDORA LA CONCESIONARIA prestar el servicio público de distribución de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio, acorde con los parámetros establecidos en el presente Subanexo. Para ello deberá cumplir con las exigencias que aquí se establecen, realizando los trabajos e inversiones que estime convenientenecesarias de forma tal de asegurar la prestación del servicio con la calidad mínima indicada. Las disposiciones referentes a la Calidad de Servicio establecidas en el presente Subanexo serán de aplicación para los suministros tanto a pequeños como a grandes consumidores. El no cumplimiento de las pautas preestablecidas aquí establecidas dará lugar a la aplicación de multassanciones, cuyos montos estarán basados basadas en el perjuicio económico que le ocasiona al usuario cliente recibir un servicio en condiciones no satisfactorias. Sus montos se calcularán de acuerdo al método que más adelante se describe. En ningún caso LA CONCESIONARIA podrá invocar el insuficiente abastecimiento de energía eléctrica como eximente de responsabilidad por el incumplimiento de las normas de calidad de servicio. El Ente Nacional Regulador Organismo de la Electricidad (ENTE) Control será el encargado de controlar supervisar el fiel cumplimiento de las pautas preestablecidasnormas de calidad de servicio. LA CONCESIONARIA tendrá la obligación de efectuar las campañas de relevamiento de información y el cálculo de los indicadores descriptos en el presente Subanexo, poniéndolos a disposición del Organismo de Control, para posibilitar la realización de la tarea que en el tema de calidad de servicio le es propia. Se considera que tanto el aspecto técnico del servicio como el comercial del servicio deben responder a normas reunir condiciones mínimas de calidad; por ello se implementarán controles sobre:
a) Calidad del producto técnico suministrado.
b) Calidad del servicio técnico prestado.
c) Calidad del servicio comercial. El producto técnico suministrado se refiere al nivel de tensión en el punto de alimentación y las perturbaciones (variaciones rápidas, caídas lentas de tensión, y armónicas). El servicio técnico involucra a la frecuencia y duración de las interrupciones en el suministro. Los aspectos del servicio comercial que se controlarán son los tiempos utilizados para responder a pedidos de conexión, errores en la facturación y facturación estimada, y demoras en la atención de los reclamos del usuario. Las exigencias en cuanto al cumplimiento de los parámetros preestablecidos, se aplicarán de acuerdo al siguiente cronograma: revisarán y completarán la metodología de medición y control de los indicadores de calidad que se controlarán en los siguientes 24 (veinticuatro) meses.
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INTRODUCCION. Será responsabilidad de la LA DISTRIBUIDORA prestar el servicio público de distribución de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio, acorde con los parámetros establecidos en el presente. Para ello deberá deberán cumplir con las exigencias que aquí se establecen, realizando los trabajos e inversiones necesarias, de forma tal de que estime convenientea través de los mismos se cumpla con el objetivo de asegurar la prestación del servicio con la calidad indicada. Así mismo deberán presentarse los Planes de Mantenimiento Predictivo y Preventivo y la Prospectiva de Obras vs Calidad. Las disposiciones referentes a la Calidad del Servicio Público establecidas en el presente documento serán de aplicación para todos los tipos de suministros, incluidos aquellos correspondientes a peaje. El no cumplimiento incumplimiento de las pautas preestablecidas establecidas en el presente dará lugar a la aplicación de multassanciones, cuyos montos estarán basados se calcularán de acuerdo a la metodología contenida en el perjuicio económico que le ocasiona al usuario recibir un presente documento. En ningún caso LA DISTRIBUIDORA podrá invocar el insuficiente abastecimiento de energía eléctrica como eximente de responsabilidad por el incumplimiento de las normas de calidad de servicio establecidas en condiciones no satisfactoriasel presente. El Ente Nacional Regulador de la Electricidad ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELECTRICO (ENTEEPRE) será el encargado de controlar el fiel cumplimiento de las pautas preestablecidasde calidad de servicio establecidas en el presente contrato de concesión. El EPRE será el responsable de definir, para cada una de las etapas, la metodología de medición y control, el contenido y la forma de intercambio de información que surja de las campañas de relevamiento. Asimismo el EPRE podrá auditar la información y los procesos en cualquier etapa y en el momento que lo considere necesario. Los usuarios podrán, a su costo, instalar equipos de monitoreo aprobados por el EPRE a efectos de controlar la Calidad de Servicio y Producto Técnico suministrado. Para estos casos el EPRE deberá establecer una metodología para la instalación del equipamiento, registración de datos y posterior procesamiento. La DISTRIBUIDORA estará obligada a proporcionar las señales de tensión y corriente suministradas al usuario. Se considera que tanto el aspecto técnico del servicio como el comercial deben responder a normas de calidad; por ello se implementarán controles sobre:
a) Calidad del producto Producto técnico suministrado.
b) Calidad del servicio técnico prestado.
c) Calidad del servicio comercial. El producto técnico suministrado se : Se refiere al nivel de tensión en el punto de alimentación y las perturbaciones (variaciones rápidas, caídas lentas de tensión, y armónicas). El servicio que el EPRE reglamente.
b) Servicio técnico involucra prestado: Se refiere a la frecuencia frecuencia, duración media y duración tiempo total de las interrupciones en el suministro. de servicio.
c) Servicio comercial: Los aspectos del de servicio comercial que se controlarán son la correcta atención de los usuarios en los locales comerciales, agencias y/o sucursales habilitadas, los tiempos utilizados para responder a pedidos de conexiónreclamaciones de usuarios, errores tiempos de restitución de suministros suspendidos o cortados por falta de pago, tramitaciones de quejas. La DISTRIBUIDORA estará obligada a publicar los resultados semestrales de las campañas de medición e Indicadores de Calidad del Servicio a través de los medios de comunicación masiva existentes en la facturación y facturación estimada, y demoras en la atención de los reclamos del usuario. Las exigencias en cuanto al cumplimiento de los parámetros preestablecidos, se aplicarán de acuerdo al siguiente cronograma: revisarán y completarán la metodología de medición y control de los indicadores de calidad que se controlarán en los siguientes 24 (veinticuatro) mesesProvincia xx Xxxxxxx.
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Samples: Contrato De Concesión