Comunicación de la adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Comunicación de la adjudicación. Una vez aprobada la adjudicación por el órgano de contratación se notificará por correo electrónico el resultado de la adjudicación a todos los candidatos. Si es aplicable según lo descrito en el punto 9.2 del presente manual, el órgano de contratación pedirá al adjudicatario que presente las pruebas documentales que sustentan las declaraciones realizadas en la oferta, en un plazo de quince días a partir de la fecha de la notificación. El órgano de contratación deberá examinar las pruebas antes de enviar el contrato al adjudicatario para su firma. Firmado el contrato por ambas partes, se procederá a la publicación de la adjudicación en el perfil del contratante, siempre y cuando el proceso fuera publicado en el perfil del contratante o en cualquier otro medio de difusión. Los plazos establecidos en los pliegos podrán modificarse, de forma justificada y en función de las características propias de la licitación, debiéndose publicar con suficiente antelación en la página web de la OEI y en aquellos medios adicionales en los que se hubiera publicado.
Comunicación de la adjudicación. La adjudicación de esta licitación será comunicada por carta certificada a la Compañía Aseguradora que haya sido seleccionada (“la Compañía Adjudicataria” o “Compañía Adjudicada”) y a las demás compañías oferentes. A las compañías invitadas que no hayan presentado oferta se les informará por carta y/o por correo electrónico. De igual forma se comunicará el hecho de haberse declarado desierta la licitación, conforme a lo previsto en el marco regulatorio vigente. La Entidad Crediticia publicará el resultado de la licitación en el “1La Segunda” dentro de un plazo máximo de 15 días contado desde la apertura de las ofertas. Asimismo, dicho resultado se publicará en la página web dentro del mismo plazo antes señalado.
Comunicación de la adjudicación. Dentro de los 45 días siguientes a la fecha de apertura de las ofertas económicas la Mesa de Contratación Comercial comunicará al licitador cuya oferta sea adjudicada, que deberá presentar los documentos que se indican en la Condición siguiente para proceder a la elaboración del contrato.
Comunicación de la adjudicación. La adjudicación de esta licitación será comunicada por carta certificada a la Compañía Aseguradora que haya sido seleccionada para cada tipo de póliza (“la Compañía Adjudicataria” o “Compañía Adjudicada”) y a las demás compañías oferentes. A las compañías invitadas que no hayan presentado oferta se les informará por carta y/o por correo electrónico. De igual forma se comunicará el hecho de haberse declarado desierta la licitación, conforme a lo previsto en el marco regulatorio vigente. La Entidad Crediticia publicará el resultado de la licitación en el Diario La Segunda dentro de un plazo máximo de 15 días contados desde la apertura de las ofertas. Asimismo, dicho resultado se publicará en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx dentro del mismo plazo antes señalado.
Comunicación de la adjudicación. Compra. La comunicación de la adjudicación será efectuada normalmente mediante la remisión al adjudicatario de la correspondiente Orden de No obstante ello, de la comunicación de que se trata podrá realizarse mediante nota o telegrama con los alcances a que se refiere el artículo 31º del Reglamento de Contrataciones de la Cooperativa. En el caso de efectuarse la comunicación en la forma de que da cuenta el párrafo precedente, el adjudicatario mediante comunicación escrita a la Cooperativa podrá dar por cancelada la obligación contraída, sí la Orden de Compra no se emitiera dentro de los 30 días corridos, contados desde el vencimiento da la validez de oferta. En el supuesto de deslizarse errores evidentes en el texto de la Orden de Compra, prevalecerán las condiciones contenidas en las propuestas y/o las acordadas posteriormente de común acuerdo entre la Cooperativa y el proponente; sin perjuicio de que dichos errores se salven en el momento en que se lo advierta.
Comunicación de la adjudicación. La resolución de adjudicación deberá ser notificada directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores, aún cuando hubiesen sido rechazados en cualquier fase del procedimiento, procediéndose a la devolución de la garantía depositada para aquellos que no hayan resultado adjudicatarios. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
Comunicación de la adjudicación. La adjudicación de los contratos celebrados para la ejecución de la actividad financiada se comunicará mediante certificado expedido por el Interventor u órgano competente de la Entidad Local a través del procedimiento habilitado en la plataforma Edificant. En las actuaciones que se encuentren en estado “Delegadas Ayuntamiento” aparecerán tres nuevas pestañas denominadas: • Ejecución licitaciones • Adjudicaciones • Certificaciones/Facturas En la pestaña “Ejecución licitaciones” se darán de alta las licitaciones correspondientes a la actuación financiada. • En el apartado “Datos de ejecución de la licitación” deberán cumplimentarse las fechas previstas de inicio y finalización de las obras. • En el apartado “Interventor / Secretario” se indicarán el nombre y apellidos, DNI y cargo del órgano de la Entidad Local que firmará las certificaciones. • En el apartado “licitaciones” se indicará la fecha de publicación de la licitación y el importe de la licitación (IVA incluido). En la pestaña “Adjudicación” se cumplimentarán los datos relativos a las adjudicaciones de las licitaciones. • En el apartado “licitación” se cumplimentará con la licitación que corresponda del desplegable. • En el apartado adjudicatario se indicará el CIF y el nombre y apellidos o razón social del adjudicatario. • En el apartado adjudicación se indicará el número del expediente asignado al expediente de contratación, la fecha de adjudicación y la descripción del objeto del contrato. • En el apartado “anualidades”, se cumplimentará, en primer lugar, el importe de la baja de adjudicación (IVA INCLUIDO). • Una vez guardada la adjudicación, deberán cumplimentarse las anualidades del contrato. Cumplimentados todos los datos se procederá (a través del menú “Acciones”) a generar el certificado de adjudicación que, una vez firmado electrónicamente por el órgano competente, se presentará a través de la opción “Adjuntar certificado de adjudicación firmado”.(Nota: La firma deberá quedar visible en el documento pdf)
Comunicación de la adjudicación. La adjudicación será comunicada al interesado en forma fehaciente dentro de los SIETE (7) días de acordada, mediante orden de compra y excepcionalmente en cualquier otra forma, constituyendo esa comunicación la orden para cumplimentar el compromiso en las condiciones estipuladas.-
Comunicación de la adjudicación. La Comisión Evaluadora propiciará, de conformidad a las pautas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones, la adjudicación de la Obra a uno de los oferentes, debiendo labrar un Acta a tal efecto. Vencido el plazo, la Autoridad competente efectuará la adjudicación previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx en todos los casos, haya o no impugnaciones a la preadjudicación y cualquiera sea el monto del presupuesto oficial o de la adjudicación proyectada y en todos los casos previstos por la Ley N° 1218 (B.O. N° 1850). Dicho Acto se notificará por medio fehaciente tanto al oferente favorecido como a los no favorecidos, para que retiren sus depósitos y se publicará en el Boletín Oficial.
Comunicación de la adjudicación. Una vez aprobada la adjudicación por el órgano de contratación se notificará por correo electrónico el resultado de la adjudicación a todos los candidatos. El órgano de contratación pedirá al adjudicatario que presente las pruebas documentales que sustentan la declaraciones realizadas en la oferta, en un plazo de Firmado el contrato por ambas partes, se procederá a la publicación de la adjudicación en el perfil del contratante. Los plazos establecidos en los pliegos podrán modificarse, de forma justificada y en función de las características propias de la licitación, debiéndose publicar con suficiente antelación en la página web de la OEI y en aquellos medios adicionales en los que se hubiera publicado.