LICENCIA DE EXPORTACIÓN. El contratista será responsable de obtener la licencia de exportación que se precise para los bienes, productos o tecnologías, comprendidos programas informáticos, vendidos, entregados, cedidos bajo licencia o suministrados de otro modo a las Naciones Unidas en el marco del contrato. El contratista obtendrá dicha licencia de exportación con prontitud. Con sujeción a las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas y sin renunciar a ellas, las Naciones Unidas prestarán al contratista toda la asistencia razonable que precise para obtener dicha licencia de exportación. En caso de que una entidad gubernamental deniegue, retrase o entorpezca la capacidad del contratista para obtener dicha licencia de exportación, el contratista consultará con prontitud con las Naciones Unidas a fin de que las Naciones Unidas puedan adoptar las medidas que proceda para solucionar la cuestión.
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Samples: Invitación a Licitar, Contract for Broadcasting Services, Contract for Services