Licencias extraordinarias. En circunstancias extraordinarias, debidamente acreditadas, las licencias previstas en las letras b) y c) del apartado anterior, se otorgarán por el tiempo preciso, conviniéndose las condiciones de su concesión, pudiendo acordar- se la no percepción de haberes e incluso el descuento de tiempo extraordi- nario de licencia, a efectos de antigüedad, cuando aquéllas excedan en su totalidad de un mes dentro del año natural.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Artes Gráficas, Convenio Colectivo Estatal De Artes Gráficas, Convenio Colectivo Estatal
Licencias extraordinarias. —En circunstancias extraordinarias, debidamente acreditadas, las licencias previstas en las letras b) y c) del apartado anterior, se otorgarán por el tiempo preciso, conviniéndose las condiciones de su concesión, pudiendo acordar- se acordarse la no percepción de haberes e incluso el descuento de tiempo extraordi- nario extraordinario de licencia, a efectos de antigüedad, cuando aquéllas excedan en su totalidad de un mes dentro del año natural.
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Samples: Convenio Colectivo