Manipuleo de residuos Cláusulas de Ejemplo

Manipuleo de residuos. Dada la naturaleza de las actividades desarrolladas por INTERCARGO S.A.U., las tareas de aseo de aeronaves podrán generar residuos a ser clasificados como: - Residuos domésticos - Residuos provenientes del exterior de acuerdo a la Resolución SENASA N° 77/2019 - Residuos de riesgo biológico o patológicos de acuerdo a la Ley N° 24051 “Residuos Peligrosos”. Los residuos nacionales retirados de las aeronaves deberán ser depositados en el contenedor dispuesto a tal fin. El traslado de los residuos deberá hacerse en recipientes que eviten pérdidas/lixiviados en el recorrido. En caso de pérdidas o derrames de líquidos/residuos será exclusiva responsabilidad del adjudicatario realizar la limpieza y/o pago de multas que pudieran originarse por parte de las autoridades Aeroportuarias y/o sanitarias. En el caso de los residuos orgánicos provenientes del exterior, los mismos deberán ser reembalados para su devolución al país de origen. Los mismos no serán precintados ni rotulados. El adjudicatario deberá garantizar la adecuación del procedimiento en caso de surgir cualquier modificación de la normativa en este aspecto. ITC no gestiona residuos patológicos en ninguna de las bases donde presta servicios en función de los establecido en la Ley 24051 “Residuos Peligrosos”. En aquellos casos, en que, durante el proceso de aseo el personal de limpieza encuentre jeringas u otros materiales con fluidos humanos procederá a entregarlos a personal de la aerolínea cliente para la gestión de su disposición final. En este sentido, la entrega de dichos residuos se realizará al representante de la línea aérea en la puerta de la aeronave, limitando hasta allí su responsabilidad. En los casos que el material hallado sea una jeringa, la misma será colocada dentro de una botella plástica pequeña para evitar lesiones. Similar tratamiento se dará a los residuos generados producto de un aseo con protocolo sanitario activado.