Línea aérea Cláusulas de Ejemplo

Línea aérea. Se empleará fundamentalmente el Código Nacional de Electricidad. De ser necesario, se complementará con normas internacionales como ANSI/IEEE, IEC, VDE, NEMA, ASTM, NESC, NFPA. Características técnicas Longitud de recorrido de la línea (km). Nivel de aislamiento a 60 Hz y BIL corregidos por altura. Capacidad de transmisión. Deberá sustentarse que se cumple las capacidades de transmisión especificadas en el Anexo 1. Tasa xx xxxxx esperada de salida de servicio de toda la Línea, en N° de salidas/100 km-año, según lo requerido en el Anexo 1. Número de conductores por fase. Tipo, material y sección de los conductores. Deberá sustentarse que se cumple los límites de pérdidas Joule y con los niveles de gradiente superficial y límites de radiaciones no ionizantes especificadas en el Anexo 1. Tipo, material y características de los aisladores. Incluir número de unidades por cadena de suspensión y ángulo. Tipos de estructuras. Incluir diagramas típicos de las estructuras (suspensión, ángulo y terminal). Fundaciones. Incluir tipo (concreto o metálica). Número y características de los cables de guarda. Tipo, material y sección de los cables de guarda. Puesta a tierra. Incluir sistema a emplear (electrodos, contrapesos u otro), así como dimensiones y sección de los elementos a emplear. Otras características o información relevante. Servidumbre utilizada. Accesos e infraestructura Descripción general del Proyecto. Ubicación de la Subestación. Incluir plano geográfico y altitud en msnm. de cada una de las subestaciones. Se deberá describir el terreno seleccionado y los accidentes cercanos que hubiese. Normas de diseño y construcción empleadas. Se empleará fundamentalmente el Código Nacional de Electricidad. De ser necesario, se complementará con normas internacionales como ANSI/IEEE, IEC, VDE, NEMA, ASTM, NESC, NFPA. Características técnicas de la Subestación. Descripción general del patio de llaves, indicando la disposición de planta. Incluir diagrama unifilar, vista de planta y elevaciones. Configuración xx xxxxxx. lncluir criterio empleado para su selección. En caso que se modifique la configuración referencial, debe presentarse el sustento de la modificación y verificación que presenta mejor performance que el esquema referencial. Nivel de aislamiento a 60 Hz y BIL corregidos por altura. Descripción del tipo de equipamiento propuesto en cada subestación: Convencional Encapsulado (GlS) Se indicará el número de celdas en 220 kV, 60 kV y 22.9 kV, según tipos: de línea ...
Línea aérea. Se empleará fundamentalmente el Código Nacional de Electricidad. De ser necesario, se complementará con normas internacionales como ANSI/IEEE, IEC, VDE, NEMA, ASTM, NESC, NFPA.
Línea aérea. Significa cualquier línea aérea con tarifas publicadas en la Guía Oficial Aérea o en la Guía Mundial Aérea ABC, por la cual el transporte público aéreo obtiene un certificado, licencia o autorización similar para un transporte aéreo programado y éste sea publicado por las autoridades pertinentes en el país en el cual la línea aérea esté registrada, y siempre y cuando de acuerdo con la mencionada autorización, mantenga y publique su programación de vuelos regulares y charters, así como tarifas para el servicio de pasajeros entre aeropuertos conocidos y en determinados horarios regulares. Cuando a consecuencia de un accidente cubierto por esta póliza, la persona asegurada esté inevitablemente expuesta a elementos, y como resultado de esta circunstancia sufra un accidente por el que tenga derecho a indemnización, el mismo quedará cubierto bajo los términos de esta póliza. Si el cuerpo de la persona asegurada no ha sido encontrado en un año (52 semanas) después de la desaparición, hundimiento o naufragio del vehículo en el cual se encontraba la persona asegurada, en el momento de un accidente, se supondrá que la persona asegurada sufrió la pérdida de la vida como resultado de daños corporales causados por tal accidente, si no se demuestra lo contrario.
Línea aérea. La catenaria a instalar será de la misma tipología que el resto de tramos construidos del tranvía Vitoria-Gazteiz, siendo esta una catenaria tipo trolley a 750 Vcc sin cable sustentador y con un único hilo de contacto de 150 mm2 de cobre electrolítico con una altura nominal sobre el plano de rodadura de 6000 mm. La velocidad máxima de la línea es de 70 km/h. La catenaria estará compensada mediante un sistema de muelles de compensación automático vertical mediante resorte oculto en el interior de los postes, reduciendo el impacto visual y consiguiendo una mayor seguridad frente actos vandálicos. Así mismo, los conductores asociados como el cable de tierra y los feeders de alimentación, se dispondrán en canalización subterránea para reducir el impacto visual y garantizar la seguridad de las personas frente a contactos directos. Se deberá tener en cuenta la integración con el ámbito urbano y respetar los posibles cruces con el tráfico rodado. La puesta en marcha de la Línea 3 del F.M.B, supone el abandono del tramo Atxuri-San Xxxxxxx, que se encuentra actualmente en explotación por unidades ferroviarias que dan servicio a las Líneas xx Xxxxxx y Donostia. Una vez, todas las circulaciones de la línea general entren a la Línea 3, se ha previsto la tranviarización del tramo Atxuri-Bolueta. Actualmente, en la estación de Atxuri, se encuentra la residencia de personal y de material de Euskotren. En esta dependencia pernoctan cinco materiales (EMU´s). El personal asignado a los mismos es de 20 agentes de tren, 15 agentes de operaciones, 12 agentes de línea y 6 de inspección de ferrocarril. Asimismo, hay personal de seguridad y de limpieza. La ejecución de la tranviarización Atxuri-Bolueta hace necesario trasladar todo el personal y material de la operación de la estación de Atxuri al entorno de la estación actual de Kukullaga de la Línea 3 del F.M.B, en el término municipal de Etxebarri. Estas cocheras en Kukullaga serán de carácter provisional hasta que se construyan las cocheras previstas en Arriagas. El conjunto de las actuaciones incluidas en el presente Proyecto Constructivo puede estructurarse en dos bloques diferenciados. Por un lado, aquellas ligadas al establecimiento de la residencia provisional en un edificio modular de carácter temporal, que incluyen la urbanización necesaria en el punto de ubicación, la conexión de la acera de acceso peatonal a la Estación de Kukullaga con la calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx mediante un nuevo vial y la ampliación de la citada ac...

Related to Línea aérea

  • CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasque. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

  • SUMA ASEGURADA La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el asegurador.

  • Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del Contrato sólo podrán ser objeto de CESIÓN a un tercero cuando lo autorice expresa y previamente el Órgano de contratación, y el cedente tenga ejecutado al menos el 20% (veinte por ciento) del Contrato, salvo que se establezca lo contrario en el presente PCAP, en el ANEXO I. En todo caso, el cesionario deberá cumplir todos los requisitos exigidos en la cláusula 9º del presente PCAP, y si las cualidades técnicas o personales del cedente han sido la razón determinante de la adjudicación del Contrato, deberá reunir esas mismas características. La cesión entre el adjudicatario y el cesionario se formalizará en escritura pública. El Servicio objeto de contratación podrá ser subcontratado por el licitador adjudicatario, dando previo conocimiento por escrito al Ayuntamiento, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista, no pudiendo exceder del 60 % (sesenta por ciento) del importe de adjudicación del contrato, salvo que dicho porcentaje varíe conforme a lo establecido en el ANEXO I del presente PCAP, con los demás requisitos y consecuencias que señala el artículo 227 del TRLCSP. Si así se indica en el ANEXO I del presente PCAP, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. El Órgano de Contratación podrá oponerse a la Subcontratación cuando considere que la naturaleza o condiciones del Contrato exigen la ejecución directa por el adjudicatario. El Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el adjudicatario ha de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en la ejecución del contrato. En tal caso, los contratistas adjudicatarios remitirán al Ayuntamiento xx Xxxxxx, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del Ayuntamiento justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones, se consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en el presente PCAP.

  • IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº

  • PERFIL DEL CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: <xxx.xxxxxxxxxxx.xx>.

  • CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN Cláusula 19ª 1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 2. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Defensor del Pueblo la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel. La acreditación de la aptitud del subcontratista podrá realizarse inmediatamente después de la celebración del subcontrato si esta es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente. 3. El órgano de contratación podrá imponer penalizaciones a los contratistas por el incumplimiento de los requisitos, normas o reglas que rigen la subcontratación, dentro de los límites del artículo 227.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 4. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje del 60% del importe de adjudicación. 5. Respecto al pago a los subcontratistas y suministradores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.