Common use of MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL Clause in Contracts

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico legal será un trabajo preventivo específico exigido por la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales de aplicación y/o la normativa vigente, así como las que pudieran promulgarse durante el período de vigencia del contrato, sobre las diferentes instalaciones, tanto de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. El adjudicatario será responsable de la gestión y control de las revisiones obligatorias de aquellos elementos e instalaciones que deben someterse a las mismas en los plazos establecidos por la Reglamentación vigente. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la OCSSCT, las modificaciones necesarias para adecuar la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad de los "Libros de Mantenimiento" oficiales exigidos por las distintas normativas en vigor por las instalaciones que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de las mismas. En los casos en que por imperativo legal las revisiones periódicas, tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materia, el responsable de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión, incluso adjuntando información sobre la empresa que pueda llevarla a cabo, supervisará su realización y controlará su efectividad y corrección. El coste de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicataria.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico legal será un trabajo preventivo específico exigido por la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones 7.1 Será realizado sobre aquellos equipos e instalaciones que, de acuerdo a realizar serán las descritas en especificaciones de los distintos reglamentos industriales de aplicación y/o la normativa vigente, así como las que pudieran promulgarse durante el período de vigencia del contrato, sobre las diferentes instalacionesindustriales, tanto de tipo preventivocarácter general, como comunitario, nacional o autonómico, de obligado cumplimiento, lo requieran. A estos efectos el adjudicatario elaborará un “Manual de Mantenimiento Técnico-Legal” que recoja las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. instalaciones o equipos afectados o el sistema operativo a desarrollar, tareas y documentación necesaria para llevarla a cabo. 7.2 El adjudicatario será responsable de la gestión y control los libros oficiales de mantenimiento de las revisiones obligatorias instalaciones y equipos en los que exija según la normativa vigente y en consecuencia de aquellos elementos su legalización, actualización y correcta cumplimentación. Además deberá cumplir todos los reglamentos, órdenes e instalaciones instrucciones complementarias que deben someterse afecten a las instalaciones y equipos objeto del contrato. 7.3 Se incluye en el mantenimiento técnico-legal, las inspecciones periódicas a realizar por Organismos de Control Autorizado competente, en orden al cumplimiento de la normativa vigente, por lo que de no serlos el adjudicatario, deberá contratar con las mismas en los plazos establecidos a efecto del riguroso cumplimiento de las normas y sin que ello suponga un gasto adicional para esta Fundación. 7.4 Será obligación del adjudicatario la implantación y ejecución de la norma UNE 100012, por la Reglamentación vigenteque se define los criterios de evaluación de sistemas de ventilación y acondicionamiento de aire, así como los procedimientos de higienización de los mismos. Si Estas operaciones irán incluidas en el precio del contrato sin que supongan un incremento en el precio de este contrato. 7.5 Según establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, las instalaciones de pública concurrencia y las que presenten riesgo de incendio y explosión, deberán ser revisadas anualmente y se extenderá un boletín de reconocimiento de la indicada revisión, que hará referencia a la conformidad de las instalaciones a los preceptos del Reglamento indicado de las modificaciones introducidas, el Boletín se entregará a la FDM. 7.6 Será función del adjudicatario controlar que las inspecciones oficiales y reglamentarias exigidas por la legislación vigente se realicen de acuerdo con el programa anual que estará en el manual de mantenimiento técnico-legal. 7.7 Será responsabilidad del adjudicatario la notificación a la Fundación de cualquier cambio de la legislación, durante el período de la vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación presente contrato, que obligara obligará a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la OCSSCT, las modificaciones necesarias para adecuar la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad de los "Libros de Mantenimiento" oficiales exigidos por las distintas normativas en vigor por las instalaciones que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de las mismas. En los casos en que por imperativo legal las revisiones periódicas, tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materia, el responsable de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión, incluso adjuntando información sobre la empresa que pueda llevarla a cabo, supervisará su realización y controlará su efectividad y corrección. El coste de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicatariaequipos.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicio De Mantenimiento Integral

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico técnico-legal será realizado sobre aquellos equipos que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales o sanitarios, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, que de obligado cumplimiento, lo requieran. A estos efectos el adjudicatario elaborará, en un trabajo preventivo específico exigido plazo de un mes, un “Plan de Mantenimiento Técnico-Legal de Equipos Electromédicos” que recoja los equipos afectados y el sistema operativo a desarrollar desde el punto de vista de tareas y de documentación para llevarlas a cabo. Propondrá en su oferta el programa de actuación de mantenimiento legal que estime adecuado. Como responsable del mantenimiento de los equipos electromédicos, emitirá las preceptivas certificaciones de inspección y control reglamentario y será el titular de los “Libros de Mantenimiento” y, en consecuencia, de su legalización, actualización y correcta cumplimentación. Se incluye en el mantenimiento técnico-legal, las inspecciones periódicas a realizar por los organismos colaboradores de la Administración competente (OCA’s), en orden al cumplimiento a la normativa técnica vigente, por lo que, de no serlo la adjudicataria, deberá contar con las mismas a efectos del riguroso cumplimiento de las normas y sin que ello suponga gasto adicional para la APESHAG o cualquiera de sus hospitales. Asimismo, todos los informes o memorias que sea necesario elaborar y presentar ante la Administración u Organismo competente correrán por cuenta del adjudicatario, quedando su importe incluido en el precio del contrato. El adjudicatario está obligado a la entrega de todos los certificados que exija la legislación vigente en cada momento, en lo referente al mantenimiento de todos los equipos en general y a los considerados como críticos en particular. Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales Será responsabilidad de aplicación y/o la normativa vigenteempresa adjudicataria la notificación al hospital de cualquier cambio de la legislación, así como las que pudieran promulgarse durante el período de la vigencia del contrato, sobre las diferentes instalaciones, tanto de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. El adjudicatario será responsable de la gestión y control de las revisiones obligatorias de aquellos elementos e instalaciones que deben someterse a las mismas en los plazos establecidos por la Reglamentación vigente. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación que obligara obligará a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existenteso de los equipos. Si no realizase esta notificación y el centro fuera, como consecuencia, objeto de sanción administrativa, el responsable importe de la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la OCSSCT, las modificaciones necesarias para adecuar la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad de los "Libros de Mantenimiento" oficiales exigidos por las distintas normativas en vigor por las instalaciones que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de las mismas. En los casos en que por imperativo legal las revisiones periódicas, tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora misma le sería descontado de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materia, el responsable de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión, incluso adjuntando información sobre la empresa que pueda llevarla a cabo, supervisará su realización y controlará su efectividad y corrección. El coste de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicatariafacturación al adjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Servicio De Mantenimiento Del Equipamiento Electromédico

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico técnico-legal será un trabajo preventivo específico exigido por la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones realizado de acuerdo a realizar serán las descritas en especificaciones de los distintos reglamentos industriales Reglamentos y Normas de aplicación y/o la normativa vigente, así como las que pudieran promulgarse durante el período de vigencia del contrato, sobre las diferentes instalacionesaplicación, tanto de tipo preventivocarácter general, como las revisiones comunitario, nacional, autonómico o local, de obligado cumplimiento. Las inspecciones periódicas establecidas por reglamentarias, que se recogen en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AEM-1 del Reglamento de Aparatos Elevadores en su artículo 11 Inspecciones, serán solicitadas, con la suficiente antelación para cumplir los mismos con carácter obligatorioplazos, a instancias del contratista, previo visto bueno de la Fundación Municipal de Cultura, que además se reserva el derecho de elegir la entidad colaboradora que llevará a cabo dicha inspección. El adjudicatario será contratista coordinará dicha actuación, avisando al responsable de la gestión Fundación Municipal de Cultura de la fecha en la que tendrá lugar con una antelación mínima de dos semanas y control estará presente durante la inspección. Implícita con la filosofía del mantenimiento preventivo está que cada aparato elevador bajo el amparo de dicho contrato, esté en todo momento en condiciones óptimas para el funcionamiento y cumpliendo rigurosamente las revisiones obligatorias condiciones de aquellos elementos seguridad, por lo que el resultado de los informes emitidos por los Organismos de Control Autorizados deberán ser siempre positivos. Por lo tanto, si como consecuencia del resultado de alguna Inspección Periódica Reglamentaria hubiera que subsanar alguna deficiencia, ésta correrá íntegramente a cargo y coste del contratista, quien por su parte deberá subsanar dichas deficiencias en un plazo no superior a una semana e instalaciones informar a la Fundación Municipal de Cultura sobre las circunstancias que deben someterse se hubieran dado por las que no se detectaron dichas deficiencias con anterioridad a las mismas en los plazos establecidos por la Reglamentación vigenteinspección. Si Será responsabilidad del adjudicatario la notificación a la propiedad de cualquier cambio de la legislación durante el período de la vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación que obligara obligará a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la OCSSCT, las modificaciones necesarias para adecuar la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad de los "Libros de Mantenimiento" oficiales exigidos por las distintas normativas en vigor por las instalaciones que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de las mismas. En los casos en que por imperativo legal las revisiones periódicas, tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materia, el responsable de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión, incluso adjuntando información sobre la empresa que pueda llevarla a cabo, supervisará su realización y controlará su efectividad y corrección. El coste de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicataria.las

Appears in 1 contract

Samples: Mantenimiento De Aparatos Elevadores

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico técnico-legal será un trabajo preventivo específico exigido realizado por el Adjudicatario sobre aquellas instalaciones que lo requieran, de acuerdo con las especificaciones de la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales de aplicación y/vigor o la normativa vigente, así como las cualquier otra que pudieran pudiera promulgarse durante el período de vigencia del contrato, . Las actuaciones a realizar serán las prescritas en dicha normativa sobre las diferentes instalaciones, tanto las de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. El adjudicatario será responsable A tal fin, el Adjudicatario deberá disponer de la gestión y control de las revisiones obligatorias de aquellos elementos e instalaciones que deben someterse a las mismas acreditación correspondiente en los plazos establecidos por la Reglamentación vigentecada caso. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá adjudicatario vendrá obligado a proponer por escrito a la OCSSCT, al Ayuntamiento las modificaciones necesarias para adecuar la instalación a lo ordenado en la disposición legal, dentro de los plazos previstos en la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del El adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad custodia de los "Libros Registro de Mantenimiento" Mantenimiento y Revisión” oficiales exigidos por en las distintas normativas en vigor por las vigor, para aquellos aparatos o instalaciones que lo necesitenprecisen, tomando para sí las responsabilidades la responsabilidad de mantenerlos actualizados. Con independencia del formato legal que se deriven establezca la normativa, el Adjudicatario elaborará, y pondrá a disposición de la Dirección, para su consulta, los citados libros en formato informatizado. Los citados libros serán entregados al Ayuntamiento a la finalización del incumplimiento contrato, requisito imprescindible para la devolución de las mismasla fianza definitiva establecida. En los casos en que que, por imperativo legal legal, las revisiones periódicas, periódicas tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora un Organismo de Control Autorizado (OCA) o por técnicos de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materiaAdministración, el responsable de la empresa adjudicataria notificará Adjudicatario realizará apoyo técnico-logístico y comunicará a la OCSSCT Dirección, con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisiónrevisión oficial, incluso adjuntando información sobre la empresa las empresas que pueda legalmente pueden llevarla a cabo, supervisará su realización cabo y controlará su efectividad y corrección. El coste relación de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicatariagastos que conlleve.

Appears in 1 contract

Samples: Mantenimiento Y Conservación De Instalaciones

MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico técnico-legal será un trabajo preventivo específico exigido realizado por el adjudicatario sobre aquellas instalaciones que lo requieran, de acuerdo con las especificaciones de la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales de aplicación y/vigor o la normativa vigente, así como las cualquier otra que pudieran pudiera promulgarse durante el período de vigencia del contrato, . Las actuaciones a realizar serán las prescritas en dicha normativa sobre las diferentes instalaciones, tanto las de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. El A tal fin, el adjudicatario será responsable deberá disponer de la gestión y control de las revisiones obligatorias de aquellos elementos e instalaciones que deben someterse a las mismas acreditación correspondiente en los plazos establecidos por la Reglamentación vigentecada caso. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación aplicable que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá adjudicatario vendrá obligado a proponer por escrito a la OCSSCT, al Ayuntamiento las modificaciones necesarias para adecuar la instalación a lo ordenado en la disposición legal, dentro de los plazos previstos en la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del El adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad custodia de los "Libros Registro de Mantenimiento" Mantenimiento y Revisión” oficiales exigidos por en las distintas normativas en vigor por las vigor, para aquellos aparatos o instalaciones que lo necesitenprecisen, tomando para sí las responsabilidades la responsabilidad de mantenerlos actualizados. Con independencia del formato legal que se deriven establezca la normativa, el adjudicatario elaborará, y pondrá a disposición del incumplimiento Centro de las mismasMantenimiento, para su consulta, los citados libros en formato informatizado. Los citados libros serán entregados al Ayuntamiento a la finalización del contrato, requisito imprescindible para la devolución de la fianza definitiva establecida. En los casos en que que, por imperativo legal legal, las revisiones periódicas, periódicas tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora un Organismo de Control Autorizado (OCA) o por técnicos de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materiaAdministración, el responsable adjudicatario realizará apoyo técnico-logístico y comunicará al Servicio de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT Educación, con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisiónrevisión oficial, incluso adjuntando información sobre la empresa las empresas que pueda legalmente pueden llevarla a cabo, supervisará su realización cabo y controlará su efectividad y corrección. El coste relación de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicatariagastos que conlleve.

Appears in 1 contract

Samples: Mantenimiento Y Conservación De Instalaciones