MECANISMOS DE RECOLECCIÓN Y RECEPCIÓN DE PAQUETES Cláusulas de Ejemplo

MECANISMOS DE RECOLECCIÓN Y RECEPCIÓN DE PAQUETES. 17.1. Traslado de los paquetes electorales a los órganos competentes después de la clausura de las casillas. a) Corresponde a “EL INE” en el Proceso Electoral Local Ordinario de 2021-2022, la operación de los mecanismos de recolección. Los Consejos Municipales de “EL INE” aprobarán los mecanismos de recolección de paquetes electorales, en los términos establecidos en “EL REGLAMENTO” y el Programa de Asistencia Electoral aprobado por “EL INE”. b) Los gastos derivados de la implementación de los mecanismos de recolección, serán sufragados por “EL IEPC”. c) “LAS PARTES”, convienen que para el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y el adecuado cumplimiento de los plazos que establece la legislación de la materia, el día de la Jornada Electoral se implementarán una o más de las modalidades de mecanismos de recolección. d) Las Juntas Distritales Ejecutivas de “EL INE” del 1 al 10 xx xxxxx de 2022, elaborarán los estudios de factibilidad para la elección local, según las modalidades de mecanismos a utilizar, en el que se describan las condiciones que justifiquen la necesidad de operación de dichos mecanismos, la cantidad de ellos, el listado de paquetes electorales que se recolectarán, las rutas de recolección y traslado, las previsiones de personal que se requerirá, así como los medios de transporte y comunicación con que contará cada uno. En el caso de los Centros de Recepción y Traslado Fijos, en adelante, CRyT fijos, se precisará el equipamiento de los mismos. e) Para tal efecto, “LAS PARTES” celebrarán reuniones de trabajo entre el 1 y 28 de febrero de 2022, con el objeto de establecer los plazos para la entrega de paquetes electorales en los órganos competentes de “EL IEPC”, así como para efecto de que “EL IEPC” aporte la información e insumos que considere necesarios para la elaboración de los estudios de factibilidad. f) En sesión extraordinaria que celebren los Consejos Distritales de “EL INE”, entre el 16 y el 31 xx xxxxx de 2022, las Juntas Distritales Ejecutivas presentarán para su consideración los estudios de factibilidad a que hacen referencia los incisos anteriores, mismos que serán remitidos al final de la sesión en archivo electrónico al Consejo Local para su integración respectiva. En caso de no considerarse alguna sesión extraordinaria conforme lo señalado, se presentarán en la sesión ordinaria correspondiente al mes xx xxxxx. g) El Consejo Local de “EL INE” en la entidad federativa, en el periodo del 16 al 31 xx xxxxx de 2022, ha...
MECANISMOS DE RECOLECCIÓN Y RECEPCIÓN DE PAQUETES a) “LAS PARTES” convienen que el procedimiento del traslado de los paquetes electorales a los órganos competentes, se realizará conforme a lo establecido en el Libro Tercero, Título III, Capítulo I, Mecanismos de Recolección de la Documentación Electoral al término de la Jornada Electoral de “EL REGLAMENTO” y en su Anexo 12, así como lo que se establezca en la “ECAE”. b) Los consejos distritales de “EL INE” registrarán y aprobarán los Mecanismos de Recolección de paquetes electorales con la Documentación Electoral de la elección local. c) “EL INE” se hará cargo de la operación de los Mecanismos de Recolección de la Documentación Electoral. d) En el Anexo Técnico se establecerá la forma en que “LAS PARTES” se coordinarán y participarán en los mecanismos de recolección destinados para el Proceso Electoral Local 2021-2022. e) Los gastos de operación de los mecanismos de recolección para las elecciones locales serán a cargo de “EL IEEPCO”.
MECANISMOS DE RECOLECCIÓN Y RECEPCIÓN DE PAQUETES a) “LAS PARTES” convienen que el procedimiento del traslado de los paquetes electorales a los órganos competentes, se realizará conforme a lo establecido en el Libro Tercero, Título III, Capítulo I, Mecanismos de Recolección de la Documentación Electoral al término de la Jornada Electoral de “EL b) Los consejos distritales de “EL INE” registrarán y aprobarán los Mecanismos de Recolección de paquetes electorales con la Documentación Electoral de la elección local. c) “EL INE” se hará cargo de la operación de los Mecanismos de Recolección de la Documentación Electoral. d) En el Anexo Técnico se establecerá la forma en que “LAS PARTES” se coordinarán y participarán en los mecanismos de recolección destinados para el Proceso Electoral Local 2021-2022. e) Los gastos de operación de los mecanismos de recolección para las elecciones locales serán a cargo de “EL IEPC”.

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