Órganos competentes Cláusulas de Ejemplo

Órganos competentes. Los órganos competentes para imponer las sanciones son los siguientes: a) Hasta 150.000 euros, el director o directora del Instituto Catalán del Suelo. b) De 150.000 euros hasta 300.000 euros, el consejero o consejera competente en materia de territorio y sostenibilidad. c) Para las sanciones superiores a 300.000 euros, el Gobierno de la Generalidad.
Órganos competentes. El Instituto Nacional de Contratación Pública junto con las demás instituciones y organismos públicos que ejerzan funciones en materia de presupuestos, planificación, control y contratación pública, forman parte del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el ámbito de sus competencias.
Órganos competentes. Son competentes para celebrar los contratos de la Administración: 1) En la Administración Central: a) Los Secretarios de Estado en su respectivo Ramo; b) Los titulares de órganos desconcentrados de acuerdo con las normas de su creación o, en su defecto, hasta el límite que le fuere delegado por acto administrativo dictado por el órgano al cual están adscritos. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las disposiciones contenidas en leyes especiales; y, c) Los Gerentes Administrativos de las Secretarías de Estado en los casos y hasta los límites que le sean delegados por el Secretario de Estado correspondiente. 2) En la Administración Descentralizada: a) Los Presidentes, Directores, Secretarios Ejecutivos o Gerentes de las instituciones descentralizadas y los titulares de órganos con competencia regional previstos en sus estructuras administrativas, hasta el límite que, en ese último caso, determinen los correspondientes órganos de dirección superior; y. b) El Alcalde Municipal respectivo.
Órganos competentes. 5.1. Esta convocatoria, aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad xx Xxxxxxx. será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Universidad xx Xxxxxxx. 5.2. El procedimiento será instruido por la Jefatura del Servicio de Gestión de la Investigación. El órgano instructor correspondiente realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe concederse la beca solicitada. La Comisión de Investigación actuará como órgano colegiado de selección y adjudicará o denegará las becas, elevando el acuerdo a Consejo de Gobierno para su aprobación.
Órganos competentes. La formación del personal del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos autónomos (en adelante, el personal municipal) será desarrollada por la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, la EFAM) y por el Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias (en adelante, CIFSE).
Órganos competentes. 1. Los procedimientos de concesión de subvenciones que se sustancien al amparo de las presentes Bases reguladoras se iniciarán de oficio mediante el correspondiente acto de convocatoria, que podrá ser dictado por Consejo de Gobierno o por la Vicerrectora de Relaciones Internacionales. 2. El procedimiento será instruido por el Director de la Oficina de Relaciones Internacionales, con asistencia del Director del Secretariado de Másteres y Prospectiva, en su caso, correspondiendo a la Vicerrectora de Relaciones Internacionales la adjudicación o denegación de las becas.
Órganos competentes. 1. Según se establece en el Anexo III de la Orden de Bases, el órgano competente, para la resolución de las solicitudes de adhesión al Programa Kit Digital, es el Director General de Xxx.xx. 2. El órgano instructor de este procedimiento será la Dirección de Economía Digital de Xxx.xx.
Órganos competentes. La aprobación de créditos en FONSODI será facultad de los siguientes órganos: 1. La Gerencia General aprobará los créditos cuyo capital en riesgo no supere los veinte (20) S.M.M.L.V. del valor que exceda la sumatoria de los aportes y ahorros permanentes. 2. El Comité de crédito aprobará los créditos cuyo capital en riesgo supere los veinte (20) y hasta ochenta (80) S.M.M.L.V. y aquellos que siendo competencia de la Gerencia General no sean resueltos por ésta. 3. La Junta Directiva aprobará los créditos cuyo capital en riesgo exceda las atribuciones del Comité de crédito, los que solicite el Gerente y aquellos que siendo de competencia del Comité de crédito no sean resueltos por éste. 4.Los créditos que soliciten los miembros de la Junta Directiva, serán estudiados y aprobados por la Junta directiva; el miembro que solicite crédito no participará de la decisión. Las reestructuraciones serán estudiadas y aprobadas por los órganos competentes de conformidad con el presente artículo.
Órganos competentes. La aprobación de los mecanismos de recuperación de cartera de FONSODI será facultad de los siguientes órganos: 1. Las restructuraciones, refinanciaciones y novaciones serán estudiadas y aprobadas los órganos competentes de conformidad con el Reglamento de crédito. 2. La gerencia aprobara las compensaciones, los acuerdos de pago y los cobros Pre jurídico y jurídico.
Órganos competentes. Según las Instrucciones internas de contratación aplicables, la Mesa de Contratación designada al efecto es el órgano competente para realizar la propuesta de contratación y la Gerencia de la Fundación, el órgano competente para adjudicar el contrato, es decir el Órgano de Contratación.