Mediación. 1. El procedimiento de mediación no estará sujeto a ninguna tramitación preestablecida, salvo la designación de la persona que mediará y la for- malización de la avenencia que, en su caso, se alcance.
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Samples: Convenio Colectivo De La Industria Del Calzado, Convenio Colectivo De La Industria Del Calzado
Mediación. 1. El procedimiento de mediación no estará sujeto a ninguna tramitación preestablecida, salvo la designación de la persona que mediará del mediador y la for- malización formalización de la avenencia que, en su caso, se alcance.
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Samples: www.once.fsc.ccoo.es, www.boe.es
Mediación. 1. El procedimiento de mediación Mediación no estará sujeto a ninguna tramitación preestablecida, salvo la designación de la persona que mediará y la for- malización formalización de la avenencia que, en su caso, se alcance.
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Samples: Convenio Colectivo De La Industria Del Calzado, Convenio Colectivo De La Industria Del Calzado
Mediación. 1. El procedimiento de mediación Mediación no estará sujeto suje- to a ninguna tramitación preestablecida, salvo la designación de la persona que mediará del mediador y la for- malización formalización de la avenencia que, en su caso, se alcance.
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Samples: Convenio Colectivo De La Industria