Common use of MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Clause in Contracts

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. La Mesa de Contratación solicitará al licitador que resulte adjudicatario los siguientes documentos relacionados en los siguientes apartados 10.1.1., 10.1.2., 10.1.3., originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de éstos, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre. De esta solicitud se excluye la ya entregada en el sobre A. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador que resulte adjudicatario justificación de los términos que se incluyen en la declaración del Anexo IV (cumplimiento de requisitos). 10.1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y de la capacidad de obrar de los licitadores 1.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio. 2.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. 3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 5.- En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), se incorporará un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación. Asimismo, cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar. 10.1.2. Documentos acreditativos de la representación

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Samples: Contract for the Lease of Premises, Contract for the Lease of Premises, Contract for Lease

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. La Mesa de Contratación solicitará al licitador que resulte adjudicatario los siguientes documentos relacionados en los siguientes apartados 10.1.1., 10.1.2., 10.1.3., originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de éstos, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre. De esta solicitud se excluye la ya entregada en el sobre A. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador que resulte adjudicatario justificación de los términos que se incluyen en la declaración del Anexo IV (cumplimiento de requisitos). 10.1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y de la capacidad de obrar de los licitadores 1.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio. 2.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. 3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 5.- En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), se incorporará un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación. Asimismo, cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar. 10.1.2. Documentos acreditativos de la representación Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar copia compulsada del DNI del apoderado o apoderados, o del documento que reglamentariamente lo sustituya. Si el licitador fuese una persona individual, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de poder notarial otorgada por el titular o propietario de la empresa. Si el licitador fuese una persona jurídica, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de constitución de la sociedad y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, con aquellos particulares de los estatutos o acuerdos sociales de los que se deduzca dicha representación. Si ésta non resultase únicamente de estos documentos, se presentará además escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el Registro Mercantil. Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación ante el órgano de contratación, se acompañará el correspondiente poder declarado bastante por un letrado de la Xunta de Galicia o abogado del Estado, otorgado a su favor, en caso de que actuase en representación de un tercero o de una persona jurídica.

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Samples: Contract for Lease

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. La Mesa de Contratación solicitará al licitador que resulte adjudicatario los siguientes documentos relacionados en los siguientes apartados 10.1.1., 10.1.2., 10.1.3., originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de éstos, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre. De esta solicitud se excluye la ya entregada en el sobre A. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador que resulte adjudicatario justificación de los términos que se incluyen en la declaración del Anexo IV (cumplimiento de requisitos). 10.1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y de la capacidad de obrar de los licitadores 1.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio. 2.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. 3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 5.- En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), se incorporará un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación. Asimismo, cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar. 10.1.2. Documentos acreditativos de la representación Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar copia compulsada del DNI del apoderado o apoderados, o del documento que reglamentariamente lo sustituya. Si el licitador fuese una persona individual, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de poder notarial otorgada por el titular o propietario de la empresa. Si el licitador fuese una persona jurídica, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de constitución de la sociedad y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, con aquellos particulares de los estatutos o acuerdos sociales de los que se deduzca dicha representación. Si ésta non resultase únicamente de estos documentos, se presentará además escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el Registro Mercantil. Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación ante el órgano de contratación, se acompañará el correspondiente poder declarado bastante por un letrado de la Xunta de Galicia o abogado del Estado, otorgado a su favor, en caso de que actuase en representación de un tercero o de una persona jurídica.

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MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE. La Mesa de Contratación solicitará al licitador que resulte adjudicatario los siguientes documentos relacionados en los siguientes apartados 10.1.1., 10.1.2., 10.1.3., originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas de éstos, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre. De esta solicitud se excluye la ya entregada en el sobre A. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador que resulte adjudicatario justificación de los términos que se incluyen en la declaración del Anexo IV (cumplimiento de requisitos). 10.1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y de la capacidad de obrar de los licitadores 1.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio. 2.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. 3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 5.- En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), se incorporará un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación. Asimismo, cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar. 10.1.2. Documentos acreditativos de la representación compulsada del DNI del apoderado o apoderados, o del documento que reglamentariamente lo sustituya. Si el licitador fuese una persona individual, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de poder notarial otorgada por el titular o propietario de la empresa. Si el licitador fuese una persona jurídica, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de constitución de la sociedad y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, con aquellos particulares de los estatutos o acuerdos sociales de los que se deduzca dicha representación. Si ésta non resultase únicamente de estos documentos, se presentará además escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el Registro Mercantil. Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación ante el órgano de contratación, se acompañará el correspondiente poder declarado bastante por un letrado de la Xunta de Galicia o abogado del Estado, otorgado a su favor, en caso de que actuase en representación de un tercero o de una persona jurídica.

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Samples: Contrato De Arrendamiento