Common use of MONTO Y FORMA DE PAGO Clause in Contracts

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD.

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MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: (La entidad deberá establecer el número de pagos y su porcentaje en relación al monto total del contrato y el cronograma de servicios) El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico y un certificado de pago debidamente llenado, con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informesCONTRAPARTE, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR dentro del plazo previsto para la aprobación de documentos indicará por escrito la aprobación del informe periódico y del certificado de pago o los mismos o en devolverá para que el CONSULTOR realice las correcciones necesarias para su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos nueva presentación con la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosnueva fecha. El informe periódicoperiódico y el certificado de pago, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del El pago de Contribuciones al Sistema Integral cada certificado, se realizará dentro de Pensiones los treinta (SIP), antes 30) días hábiles siguientes a la fecha del procesamiento de efectuar el o los pagos pago por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea dependencia prevista por la Entidad podrá actuar como agente de retención y pagoENTIDAD. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD. En caso de que se hubiese pagado parcialmente el certificado de avance del servicio, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado. En caso de que el CONSULTOR, no presente a la CONTRAPARTE el respectivo certificado de pago hasta treinta (30) días calendario posteriores al plazo previsto en el cronograma de servicios, la CONTRAPARTE deberá elaborar el certificado en base a los datos de control del servicio prestado que disponga y lo enviará para la firma del CONSULTOR, con la respectiva llamada de atención por este incumplimiento contractual, advirtiéndole de las implicancias posteriores de esta omisión.

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MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en monto total para el presente contratoContrato es de (el monto del contrato deberá ser adecuado al DBC) Bs……00 (………. 00/100 Bolivianos) el mismo que será pagado en cuotas mensuales de Bs…..,00 (……… 00/100 Bolivianos), según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTEy prorrateado si corresponde, para su revisión pagadero en versión definitivamoneda nacional, mediante cuotas mensuales, contra presentación y aprobación de informes parciales, el informe periódico con fecha y firmado, Formulario que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar certifique el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer contribuciones al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Seguro Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley Nº 065 de 26 de enero de 2011, y la presentación del Formulario 610 de consultor público, caso contrario la ENTIDAD retendrá el monto correspondiente a los impuestos xx Xxx. Los gastos de pasaje, alimentación, alojamiento, transporte ropa de trabajo (si corresponde) y otros productos por viajes motivados por el presente servicio, serán reconocidos y pagados por la ENTIDAD, según la escala vigente. Los impuestos que correspondan según el régimen impositivo en Bolivia, serán obligatoriamente pagados por el CONSULTOR, así como los aportes o los pagos por AFP correspondientes de acuerdo a la Ley de Pensiones. El CONSULTOR se hace responsable de la custodia, guarda y conservación de los equipos y materiales que la ENTIDAD le entregará bajo inventario, para la prestación de la CONSULTORÍA, los mismos que serán devueltos a la finalización del Servicio servicio, en las mismas condiciones de CONSULTORÍAsu entrega y recepción, salvo desgaste natural. La ENTIDAD exigirá el uso de materiales provistos en trabajos de campo y cuando así lo disponga la normativa de seguridad correspondiente, se proporcionará equipamiento adicional de seguridad, cuando el Jefe de Unidad de Medio Ambiente y Seguridad Industrial de la ENTIDAD lo considere necesario, en virtud a lo establecido en la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER). En el marco del Artículo 5º de la ley Nº 396, con referencia a la asignación de refrigerios y/o pago de viáticos de consultores, a efectos de la aplicación del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 21531 Reglamento del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), modificado por el Artículo único del Decreto Supremo Nº 2029, se establece que: Los CONSULTORES deben estar inscritos en el Padrón Nacional de Contribuyentes en la actividad 71813 Consultores, Servicios profesionales y Técnicos. Contra el impuesto determinado por ingresos correspondientes a Refrigerios el CONSULTOR podrá imputar como pago a cuenta la alícuota del Impuesto al Valor agregado (IVA) contenido en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales que consignen su Número de Identificación Tributaria (NIT) y Apellido, con las excepciones que permite la normativa vigente, y tengan una fecha de emisión no mayor a ciento veinte (120) días calendario al día de su presentación de la rendición de los mismo a la ENTIDAD Contra el impuesto determinado por ingresos correspondientes a Viáticos, el CONSULTOR podrá imputar como pago a cuenta la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contenido en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales que consignen su Número de Identificación Tributaria (NIT) y Apellido, con las excepciones que permite la normativa vigente, y tengan una fecha de emisión del periodo correspondiente de ciento veinte (120) días calendario hasta la fecha de retorno del viaje, para su correspondiente presentación y rendición de los mismo a la ENTIDAD. La presentación de facturas será mediante el Formulario correspondiente con el NIT y apellido del CONSULTOR. En el caso de Consultorías Individuales refrigerios, la presentación del Formulario correspondiente a la ENTIDAD se realizará de Línea forma mensual según el cronograma fijado por la Entidad podrá actuar como agente Unidad Contable de retención la ENTIDAD y pago. Si la demora en el caso de pago parcial o totalviáticos, supera los sesenta se debe considerar el plazo establecido (60Presentación de descargos y rendiciones) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa norma que regula la escala de interés pasiva anual promedio ponderada nominal viáticos. Los importes retenidos consolidados por la ENTIDAD deben ser declarados y pagados en el Formulario correspondiente, Régimen Complementario del sistema bancario por IVA-Agentes de Retención, con el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número NIT de días de retraso que incurra la ENTIDAD.

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MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución de la CONSULTORÍA del objeto del presente contrato es de ______________ (Registrar registrar en forma numeral y literal el monto del Contratocontrato en bolivianos). El pago será paralelo al progreso de la obra, a este fin el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR, conforme la periodicidad que se establezca para el efecto, una planilla o certificado de pago debidamente firmado, documento que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos. El SUPERVISOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, después de recibir en versión definitiva el certificado o planilla de pago indicará por escrito su aprobación o devolverá el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en bolivianoseste último caso, establecido en realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunacertificado, que sean necesarios para con la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosnueva fecha. El informe periódico, certificado aprobado por la CONTRAPARTEel SUPERVISOR, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda al FISCAL DE OBRA, quien luego de la ENTIDADtomar conocimiento del mismo, en el plazo máximo dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción lo devolverá al SUPERVISOR si requiere aclaraciones o lo enviará a la dependencia pertinente de la ENTIDAD para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del El pago de Contribuciones al Sistema Integral cada certificado o planilla de Pensiones avance de obra se realizará dentro de los treinta (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (6030) días calendario, desde hábiles siguientes a la fecha de aprobación remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado o planilla mensual de avance de obra no se realizará dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago, el CONSULTOR CONTRATISTA tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, equivalente a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés promedio pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD, como compensación económica, independiente del plazo. En caso de que se hubiese pagado parcialmente la planilla o certificado de avance de obra, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.

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Samples: Contrato Administrativo De

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- “Los Servicios de Salud” y “El monto total para la ejecución Prestador de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar Servicios” convienen en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado importe por la prestación del servicio objeto de este contrato es por la cantidad total de hasta $ ( pesos /100 M.N.), I.V.A. incluido, y la forma de facturar será de acuerdo a las cantidades de servicios prestados en el presente contrato incluye todos las Unidades de los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento Servicios de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho montoSalud. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍApor medios electrónicos, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico Subdirección de Recursos Financieros, ubicada en calle Cerro Montebello Número 150 Oriente, Colonia Montebello, C.P. 80227, en Culiacán xx Xxxxxxx, Sinaloa, en pesos mexicanos, y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos se efectuará de forma completamensual en un término no mayor a 20 días naturales, así como otros documentos periodo que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados iniciará a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda entrega de la ENTIDADdocumentación debidamente requisitada y validada a entera satisfacción del área requirente; como a continuación se indica: • La factura deberá contener la cantidad de servicios prestados por unidad, costo unitario e importe total de la misma forma como lo establece el contrato. • El importe total de la factura, deberá corresponder al total de las remisiones entregadas. • Las facturas deberán hacer referencia al contrato del que proceden. • No se recibirá facturación de forma parcial. • La facturación deberá ser validada por los servidores públicos designados en cada unidad administrativa o médica de los Servicios de Salud de Sinaloa, o por el plazo máximo área requirente del servicio. “Los Servicios de tres (3) días hábiles computables desde su recepciónSalud” únicamente pagará el Impuesto al Valor Agregado, para los demás impuestos que se procese causen por motivo de la celebración del contrato correrán a cargo de “El Prestador de Servicios”. Se podrán tramitar las facturas para cobro, de aquellas unidades a las que se les vaya otorgando el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago servicio, sin necesidad de Contribuciones que esté dado el servicio al Sistema Integral 100% de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADtodas las unidades.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Mantenimiento De Mastógrafos De Las Unidades Médicas De Los Servicios De Salud De Sinaloa, Derivado Del Procedimiento De Licitación Pública

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la ejecución cantidad de la CONSULTORÍA es de _____________$ _ (Registrar _ pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga, de conformidad con la Cláusula Tercera de este contrato, a entregar a contra seguro pagado los bienes vía terrestre a “LOS SERVIC IOS” en forma numeral y literal el _ ubicado en _ . El pago del monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago Contrato se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo contra el cumplimiento del objeto establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTECláusula Primera, a efectos satisfacción de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago “LOS SERVICIOS”, dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) treinta días calendario computados hábiles contados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentementeen que “EL PROVEEDOR” entregue la documentación contable debidamente integrada y requisitada, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado validada por la CONTRAPARTESubdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS” y, (con en su caso, realice el pago obligatorio por concepto xx Xxxx Convencional, según lo establecido en la cláusula Decima Primera del presente Contrato. Los precios permanecerán fijos, no procederá escalatoria alguna. No se otorgará anticipo de pago a “EL PROVEEDOR”. En caso de que las Facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago presenten errores o deficiencias, “LOS SERVICIOS” indicarán las deficiencias que deberá corregir “EL PROVEEDOR”, hasta su total solventación. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante la Subdirección de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de aprobación)cumplimiento del presente Contrato, será remitido a para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la dependencia realización del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo precio aprobado se encuentra incluido el costo de tres (3) días hábiles computables desde su recepciónlos bienes/servicio, traslado hasta el lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, se ajustan estrictamente a las especificaciones generales y técnicas que han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago adjudicación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato No. Xx XXXX 201x Fecha De Elaboración

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la cantidad de $681,662.40 (seiscientos ochenta y un mil seiscientos sesenta y dos pesos 40/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga en bolivianoseste mismo acto a entregar los bienes vía terrestre a “LOS SERVICIOS” el Almacén General de los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, establecido ubicado en el documento Xx. Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Código Postal 42035, Xxxxxxx xx Xxxx, Estado xx Xxxxxxx, en días hábiles de Adjudicación)las 08:30 a 12:30 horas. Queda establecido que el El pago del monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunaContrato se realizará contra el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera, que sean necesarios a satisfacción de “LOS SERVICIOS”, previa presentación de la factura correspondiente debidamente validada por el Departamento de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS”. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante el Departamento de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de cumplimiento del presente Contrato, para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contratoprecio aprobado se encuentra incluido el costo de los bienes traslado hasta el lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará se ajustan estrictamente a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha las especificaciones generales y firmado, técnicas que consignará todas las actividades realizadas han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para la ejecución adjudicación de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución de la CONSULTORÍA del objeto del presente contrato es de ______________ (Registrar registrar en forma numeral y literal el monto del Contratocontrato en bolivianos). El pago será contra entrega, a este fin el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR, conforme la periodicidad que se establezca para el efecto, una planilla o certificado de pago debidamente firmado, documento que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos. El SUPERVISOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, después de recibir en versión definitiva el certificado o planilla de pago indicará por escrito su aprobación o devolverá el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en bolivianoseste último caso, establecido en realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunacertificado, que sean necesarios para con la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosnueva fecha. El informe periódico, certificado aprobado por la CONTRAPARTEel SUPERVISOR, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda pertinente de la ENTIDADENTIDAD para el pago, en el con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de tres cinco (35) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del El pago de Contribuciones al Sistema Integral cada certificado o planilla de Pensiones avance de obra se realizará dentro de los treinta (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (6030) días calendario, desde hábiles siguientes a la fecha de aprobación remisión a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado o planilla mensual de avance de obra no se realizará dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario computables a partir de la fecha de remisión a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago, el CONSULTOR CONTRATISTA tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, equivalente a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés promedio pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD, como compensación económica, independiente del plazo. En caso de que se hubiese pagado parcialmente la planilla o certificado de avance de obra, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.

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Samples: Contrato Administrativo De (Señalar Objeto Y El

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución de la CONSULTORÍA del objeto del presente contrato es de Bs_______ (________ (Registrar en forma numeral y literal el __/100 Bolivianos). La ENTIDAD procederá al pago del monto del Contratocontrato contra entregas parciales, según la presentación de Planillas de Avance de Obra revisadas y aprobadas por el SUPERVISOR y aprobadas por el FISCAL, el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR la Planilla de Avance de Obra debidamente firmada y adjuntando todos los antecedentes técnicos y administrativos que sean requeridos para el efecto. El SUPERVISOR, si no existiesen observaciones, elaborará un Informe Técnico mediante el cual aprobará dicha planilla y se procesará el pago, si existiesen observaciones, el SUPERVISOR devolverá toda la documentación al CONTRATISTA para que éstas xxxx xxxxxxxxxx, en bolivianos, establecido en este caso se deberá reiniciar el documento de Adjudicación)proceso con nuevas fechas. Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para De manera posterior a la realización y cumplimiento Recepción Definitiva de la CONSULTORÍA Obra, presentada la Planilla de Liquidación Final y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en emitido el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitivaInforme Final del SUPERVISOR, el FISCAL procesará al pago del saldo restante del monto de contrato. El SUPERVISOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes después de recibir la versión definitiva si no existen observaciones, elaborara un informe periódico con fecha técnico mediante el cual aprobara dicha planilla y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de se procederá al pago, serán contabilizados por si existen observaciones, el SUPERVISOR devolverá toda la CONTRAPARTEdocumentación al CONTRATISTA para que estas sean subsanadas, en este caso se deberá reiniciar a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosproceso con nuevas fechas. El informe periódico, certificado aprobado por la CONTRAPARTEel SUPERVISOR, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda al FISCAL DE OBRA, quien luego de la ENTIDADtomar conocimiento del mismo, en el plazo máximo dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción lo devolverá al SUPERVISOR si requiere aclaraciones o lo enviará a la dependencia pertinente de la ENTIDAD para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del El pago de Contribuciones al Sistema Integral cada certificado o planilla de Pensiones avance de obra se realizará dentro de los treinta (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (6030) días calendario, desde hábiles siguientes a la fecha de aprobación remisión del certificado FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar recibirá el pago de un interés sobre el del monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor certificado menos las deducciones que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADcorrespondiesen.

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MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la cantidad de $1,483,199.20 (un millón cuatrocientos ochenta y tres mil ciento noventa y nueve pesos 20/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga en bolivianos, establecido este mismo acto a entregar los bienes vía terrestre a “LOS SERVICIOS” en el documento Almacén General de Adjudicación)los Servicios de Xxxxx xx Xxxxxxx, ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Código Postal 42035, Xxxxxxx xx Xxxx, Hidalgo, en días hábiles de las 08:30 a las 12:30 horas. Queda establecido que el El pago del monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunaContrato se realizará contra el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula Primera, que sean necesarios a satisfacción de “LOS SERVICIOS”, previa presentación de la factura correspondiente debidamente validada por el Departamento de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS”. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante el Departamento de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de cumplimiento del presente Contrato, para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contratoprecio aprobado se encuentra incluido el costo de los bienes, según traslado hasta el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, se ajustan estrictamente a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha las especificaciones generales y firmado, técnicas que consignará todas las actividades realizadas han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para la ejecución adjudicación de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la CONSULTORÍA es “Ley”, se establece que para el pago por la contraprestación por los servicios prestados, el “SAE” podrá ejercer un presupuesto mínimo de ______________ $1´008,000.00 (Registrar UN MILLON OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) y un máximo de $2´520,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS Los precios son en forma numeral Pesos Mexicanos y literal serán considerados fijos hasta que concluya la relación contractual, debiendo incluir el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye “Proveedor” todos los elementos sin excepción algunacostos involucrados, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el considerando todos los conceptos del servicio objeto del presente contrato, según por lo que no podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia de este contrato. En ningún caso se otorgarán anticipos. Para iniciar el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado trámite de pago, serán contabilizados por el “Proveedor” deberá cumplir con lo siguiente:  La factura y documentos anexos, tales como notas de crédito, remisiones, etc., deberán presentarse ante el Servidor Público responsable del Área Requirente, el que revisará que dichos documentos sean correctos.  La factura y en su caso nota de crédito que presente el “Proveedor”, deberán contener los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la CONTRAPARTEFederación, a efectos su Reglamento, y la Ley del Impuesto Sobre la Renta.  En caso de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar factura entregada por el pago “Proveedor” para su pago, presente errores o deficiencias, el “SAE” dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde siguientes al de su recepción, indicarán al “Proveedor” las deficiencias que deberá corregir. El “SAE” podrá modificar o ampliar los requisitos informativos para el trámite de pago cuando así lo requiera, para lo cual bastará la notificación que se procese realice por escrito, siendo obligación del “Proveedor” considerar dichos cambios, en caso contrario no procederá el pago correspondiente. La entidad El “Proveedor” deberá exigir la presentación del comprobante del pago facturar los servicios prestados, de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP)conformidad con los siguientes datos: “SAE”. RFC: “SAE”030617SV8 con domicilio en: Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, antes de efectuar el o los Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx, X.X. Los pagos por la prestación contraprestación serán efectuados conforme a la “Ley”, en el domicilio del Servicio “SAE”, mediante cheque nominativo para abono en cuenta o transferencia electrónica a favor de CONSULTORÍA. En el caso la empresa denominada en Moneda Nacional, dentro de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta veinte (6020) días calendarionaturales siguientes, desde contados a partir de la fecha de aprobación en que el “Proveedor” presente la factura del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retrasoperiodo vencido correspondiente, a partir entera satisfacción del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD“SAE”.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución de la CONSULTORÍA del objeto del presente contrato es de Bs_______ (________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación__/100 Bolivianos). Queda establecido que El pago incluye el monto consignado en el presente contrato incluye costo del transporte de los materiales y/o costos de alquiler de equipos y todos los elementos sin excepción alguna, gastos que sean necesarios para la realización y cumplimiento puedan emerger de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días OBRA y será paralelo al progreso de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega OBRA (contra entregas parciales y un pago final del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTEsaldo), a efectos este fin el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR, conforme la periodicidad que se establezca para el efecto, Planillas de deducir Avance de Obra o Planilla de Liquidación Final o Certificado de Pago de obra debidamente firmado con todos los mismos del plazo en antecedentes de la OBRA, documento que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos. El SUPERVISOR, dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informestres (3) días hábiles siguientes, revisará cada uno después de éstos recibir en versión definitiva el Certificado de forma completaPago, así como otros documentos que emanen Planilla de Avance de Obra o Planilla de Liquidación Final de la CONSULTORÍA obra indicará por escrito (Informe Técnico) su aprobación o devolverá el certificado o las planillas para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en este último caso, realizar las correcciones necesarias y hará conocer al CONSULTOR volver a presentar el certificado o planilla, con la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosnueva fecha. El informe periódico, Certificado de Pago o Planilla de Avance o Planilla de Liquidación Final de obra aprobado por la CONTRAPARTEel SUPERVISOR, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda al FISCAL DE OBRA, quien luego de la ENTIDADtomar conocimiento del mismo, en el plazo máximo dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción lo devolverá al SUPERVISOR si requiere aclaraciones o lo enviará a la dependencia pertinente de la ENTIDAD para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el . El pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora certificado de pago parcial o total, supera planilla de avance de obra o planilla de liquidación final obra se realizará dentro de los sesenta treinta (6030) días calendario, desde hábiles siguientes a la fecha de aprobación remisión del certificado FISCAL DE OBRA a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar recibirá el pago de un interés sobre el del monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor certificado menos las deducciones que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADcorrespondiesen.

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Samples: www.bcb.gob.bo

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente contrato es de Bs. 197.389,64( CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS OCHENTA Y NUEVE 64/BOLIVIANOS). El pago será paralelo al progreso de la CONSULTORÍA es obra, a este fin el CONTRATISTA presentará al SUPERVISOR, conforme la periodicidad que se establezca para el efecto, una planilla o certificado de ______________ pago debidamente firmado, documento que consignará todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos. El SUPERVISOR, dentro de los tres (Registrar 3) días hábiles siguientes, después de recibir en forma numeral y literal versión definitiva el monto del Contratocertificado o planilla de pago indicará por escrito su aprobación o devolverá el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en bolivianoseste último caso, establecido en realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunacertificado, que sean necesarios para con la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobadosnueva fecha. El informe periódico, certificado aprobado por la CONTRAPARTEel SUPERVISOR, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda al FISCAL DE OBRA, quien luego de la ENTIDADtomar conocimiento del mismo, en el plazo máximo dentro del término de tres (3) días hábiles subsiguientes a su recepción lo devolverá al SUPERVISOR si requiere aclaraciones o lo enviará a la dependencia pertinente de la ENTIDAD para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedirá la orden de pago dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del El pago de Contribuciones al Sistema Integral cada certificado o planilla de Pensiones avance de obra se realizará dentro de los treinta (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (6030) días calendario, desde hábiles siguientes a la fecha de aprobación remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago. El CONTRATISTA, recibirá el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen. Si el pago del certificado o planilla mensual de avance de obra no se realizará dentro de los cuarenta y Cinco (45) días calendario computables a partir de la fecha de remisión del FISCAL a la dependencia prevista de la ENTIDAD, para el pago, el CONSULTOR CONTRATISTA tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, equivalente a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés promedio pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD, como compensación económica, independíente del plazo. En caso de que se hubiese pagado parcialmente la planilla o certificado de avance de obra, el reclamo corresponderá al porcentaje que resta por ser pagado.

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Samples: Contrato Administrativo De Obra Refacción Unidad Educativa San Gerardo Cuce

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal “Ley”, se establece que para el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago contraprestación de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno el “SAE” podrá ejercer un presupuesto mínimo de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA $1´270,800.00 (Un Millón Doscientos Setenta Mil Ochocientos PESOS 00/100 MN) y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo un máximo de _____ $3´177,000.00 (registrar Tres Millones Ciento Setenta y Siete Mil PESOS 00/100 MN) más el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto impuesto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDADValor Agregado, en el plazo máximo entendido que sólo se pagarán los servicios efectivamente prestados, considerando los precios unitarios cotizados por el “Proveedor” en su “Proposición” económica, que se adjunta como “ANEXO II”. Los precios son fijos y en Moneda Nacional (Pesos Mexicanos), e incluyen todos los costos que los bienes o servicios tengan involucrados, por lo que el “SAE” no pagará ningún costo adicional durante la vigencia de este contrato. No se otorgarán anticipos. Para iniciar el trámite de pago, el “Proveedor” deberá presentar, de conformidad con la legislación fiscal vigente el Comprobante Fiscal Digital por Internet “CFDI” que resulte aplicable y que cumpla con todos los requisitos establecidos en la misma, y, en su caso, los documentos anexos que lo justifiquen, ante el servidor público responsable de la administración del contrato. En caso de que el “CFDI” enviado por el “Proveedor” para su pago, presente errores o deficiencias, el Servidor Público responsable de la administración del contrato, dentro de los tres (3) días hábiles computables desde siguientes al de su recepción, indicará al “Proveedor” las deficiencias que deberá corregir. El “SAE” podrá modificar o ampliar los requisitos informativos para el trámite de pago cuando así lo requiera, para lo cual bastará la notificación que se procese realice por escrito, siendo obligación del “Proveedor” considerar dichos cambios, ya que en caso contrario no procederá el pago correspondiente. La entidad El “Proveedor” deberá exigir la presentación del comprobante del pago facturar los servicios prestados, de Contribuciones al Sistema Integral conformidad con los siguientes datos: R.F.C. SAE030617SV8 DOMICILIO Insurgentes Sur número 1931, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01020, Ciudad de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los México. Los pagos por la prestación contraprestación serán efectuados conforme a lo dispuesto por el artículo 51 de la “Ley”, en el domicilio del Servicio “SAE”, mediante cheque nominativo para abono en cuenta o transferencia electrónica a favor del “Proveedor” en Moneda Nacional, dentro de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta veinte (6020) días calendarionaturales siguientes, desde contados a partir de la fecha de aprobación en que el “Proveedor” presente el “CFDI” del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retrasoperiodo vencido correspondiente, a partir entera satisfacción del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD“SAE”.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la ejecución cantidad de la CONSULTORÍA es de _____________$ _ (Registrar _ pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga, de conformidad con la Cláusula Tercera de este contrato, a entregar a contra seguro pagado los bienes vía terrestre a “LOS SERVICIOS” en forma numeral y literal el _ ubicado en _ . El pago del monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago Contrato se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo contra el cumplimiento del objeto establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTECláusula Primera, a efectos satisfacción de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago “LOS SERVICIOS”, dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) treinta días calendario computados hábiles contados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentementeen que “EL PROVEEDOR” entregue la documentación contable debidamente integrada y requisitada, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado validada por la CONTRAPARTESubdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS” y, (con en su caso, realice el pago obligatorio por concepto xx Xxxx Convencional, según lo establecido en la cláusula Decima Primera del presente Contrato. Los precios permanecerán fijos, no procederá escalatoria alguna. No se otorgará anticipo de pago a “EL PROVEEDOR”. En caso de que las Facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago presenten errores o deficiencias, “LOS SERVICIOS” indicarán las deficiencias que deberá corregir “EL PROVEEDOR”, hasta su total solventación. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante la Subdirección de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de aprobación)cumplimiento del presente Contrato, será remitido a para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la dependencia realización del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo precio aprobado se encuentra incluido el costo de tres (3) días hábiles computables desde su recepciónlos bienes/servicio, traslado hasta el lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, se ajustan estrictamente a las especificaciones generales y técnicas que han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago adjudicación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la ejecución cantidad de la CONSULTORÍA es de _____________$ _ (Registrar _ pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga, de conformidad con la Cláusula Tercera de este contrato, a entregar a contra seguro pagado los bienes vía terrestre a “LOS SERVI CIOS” en forma numeral y literal el _ ubicado en _ . El pago del monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago Contrato se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo contra el cumplimiento del objeto establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTECláusula Primera, a efectos satisfacción de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago “LOS SERVICIOS”, dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) treinta días calendario computados hábiles contados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentementeen que “EL PROVEEDOR” entregue la documentación contable debidamente integrada y requisitada, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado validada por la CONTRAPARTESubdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS” y, (con en su caso, realice el pago obligatorio por concepto xx Xxxx Convencional, según lo establecido en la cláusula Decima Primera del presente Contrato. Los precios permanecerán fijos, no procederá escalatoria alguna. No se otorgará anticipo de pago a “EL PROVEEDOR”. En caso de que las Facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago presenten errores o deficiencias, “LOS SERVICIOS” indicarán las deficiencias que deberá corregir “EL PROVEEDOR”, hasta su total solventación. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante la Subdirección de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de aprobación)cumplimiento del presente Contrato, será remitido a para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la dependencia realización del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo precio aprobado se encuentra incluido el costo de tres (3) días hábiles computables desde su recepciónlos bienes/servicio, traslado hasta el lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, se ajustan estrictamente a las especificaciones generales y técnicas que han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago adjudicación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ Bsxx.xx,00 (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicaciónxxxxxxxx 00/100 Bolivianos). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en monto total para el presente contratoContrato es de Bsxx.xx,00 (xxxxxxx00/100 Bolivianos) el mismo que será pagado en cuotas mensuales de Bsxx.xx,00 (xxxx 00/100 Bolivianos), según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTEy prorrateado si corresponde, para su revisión pagadero en versión definitivamoneda nacional, mediante cuotas mensuales, contra presentación y aprobación de informes parciales, el informe periódico con fecha y firmado, Formulario que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar certifique el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer contribuciones al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Seguro Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley Nº 065 de 26 de enero de 2011, y la presentación del Formulario 610 de consultor público, caso contrario ENDE retendrá el monto correspondiente a los impuestos xx Xxx. Los gastos de pasaje, alimentación, alojamiento, transporte ropa de trabajo (si corresponde) y otros productos por viajes motivados por el presente servicio, serán reconocidos y pagados por ENDE, según la escala vigente. Los impuestos que correspondan según el régimen impositivo en Bolivia, serán obligatoriamente pagados por el CONSULTOR, así como los aportes o los pagos por AFP correspondientes de acuerdo a la Ley de Pensiones. El CONSULTOR se hace responsable de la custodia, guarda y conservación de los equipos y materiales que ENDE le entregará bajo inventario, para la prestación de la CONSULTORÍA, los mismos que serán devueltos a la finalización del Servicio servicio, en las mismas condiciones de CONSULTORÍAsu entrega y recepción, salvo desgaste natural. ENDE exigirá el uso de materiales provistos en trabajos de campo y cuando así lo disponga la normativa de seguridad correspondiente, se proporcionará equipamiento adicional de seguridad, cuando el Jefe de Unidad de Medio Ambiente y Seguridad Industrial de ENDE lo considere necesario, en virtud a lo establecido en la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER). En el marco del Artículo 5º de la Ley Nº 396, con referencia a la asignación de refrigerios y/o pago de viáticos de consultores, a efectos de la aplicación del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 21531 Reglamento del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), modificado por el Artículo único del Decreto Supremo Nº 2029, se establece que: Los CONSULTORES deben estar inscritos en el Padrón Nacional de Contribuyentes en la actividad 749000 Consultores, Servicios profesionales y Técnicos. Contra el impuesto determinado por ingresos correspondientes a Refrigerios el CONSULTOR podrá imputar como pago a cuenta la alícuota del Impuesto al Valor agregado (IVA) contenido en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales que consignen su Número de Identificación Tributaria (NIT) y Apellido, con las excepciones que permite la normativa vigente, y tengan una fecha de emisión no mayor a ciento veinte (120) días calendario al día de su presentación de la rendición de los mismo a ENDE. Contra el impuesto determinado por ingresos correspondientes a Viáticos, el CONSULTOR podrá imputar como pago a cuenta la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contenido en facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales que consignen su Número de Identificación Tributaria (NIT) y Apellido, con las excepciones que permite la normativa vigente, y tengan una fecha de emisión del periodo correspondiente de ciento veinte (120) días calendario hasta la fecha de retorno del viaje, para su correspondiente presentación y rendición de los mismo a ENDE. La presentación de facturas será mediante el Formulario correspondiente con el NIT y apellido del CONSULTOR. En el caso de Consultorías Individuales refrigerios, la presentación del Formulario correspondiente a ENDE se realizará de Línea la Entidad podrá actuar como agente forma mensual según el cronograma fijado por el Departamento de retención Economía Empresarial de ENDE y pago. Si la demora en el caso de pago parcial o totalviáticos, supera los sesenta se debe considerar el plazo establecido (60Presentación de descargos y rendiciones) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa norma que regula la escala de interés pasiva anual promedio ponderada nominal viáticos. Los importes retenidos consolidados por ENDE deben ser declarados y pagados en el Formulario correspondiente, Régimen Complementario del sistema bancario por IVA-Agentes de Retención, con el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número NIT de días de retraso que incurra la ENTIDADENDE.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios De Consultoría Individual De Línea

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para “LAS PARTES” acuerdan que derivado del cumplimiento del presente Contrato, “LOS SERVICIOS” pagará a “EL PROVEEDOR” mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, la ejecución cantidad de la CONSULTORÍA es de ____________$ _ (_ __ (Registrar pesos 00/100 M.N.) I.V.A. incluido, y “EL PROVEEDOR” se obliga, de conformidad con la Cláusula Tercera de este contrato, a entregar a contra seguro pagado los bienes vía terrestre a “LOS SERVI CIOS” en forma numeral y literal el _ ubicado en _ . El pago del monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado convenido en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago Contrato se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo contra el cumplimiento del objeto establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTECláusula Primera, a efectos satisfacción de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago “LOS SERVICIOS”, dentro de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) treinta días calendario computados hábiles contados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentementeen que “EL PROVEEDOR” entregue la documentación contable debidamente integrada y requisitada, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado validada por la CONTRAPARTESubdirección de Adquisiciones de “LOS SERVICIOS” y, (con en su caso, realice el pago obligatorio por concepto xx Xxxx Convencional, según lo establecido en la cláusula Decima Primera del presente Contrato. Los precios permanecerán fijos, no procederá escalatoria alguna. No se otorgará anticipo de pago a “EL PROVEEDOR”. En caso de que las Facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago presenten errores o deficiencias, “LOS SERVICIOS” indicarán las deficiencias que deberá corregir “EL PROVEEDOR”, hasta su total solventación. “EL PROVEEDOR”, deberá acudir ante la Subdirección de Adquisiciones, por lo menos un día hábil anterior a la fecha de aprobación)cumplimiento del presente Contrato, será remitido a para conocer las indicaciones generales de entrega, así como las documentales necesarias para la dependencia realización del trámite en mención. “LAS PARTES” reconocen expresamente que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo precio aprobado se encuentra incluido el costo de tres (3) días hábiles computables desde su recepciónlos bienes/servicio, traslado hasta el lugar de cumplimiento y las maniobras de carga y descarga y que los bienes que son objeto de esta operación, se ajustan estrictamente a las especificaciones generales y técnicas que han sido presentados por “EL PROVEEDOR” y aceptadas por “LOS SERVICIOS” para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago adjudicación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDADeste Contrato.

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Samples: Contrato De Adquisición De Bienes O De Prestación De Servicios

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto “IPN” por conducto de “CANAL ONCE” pagará al “LICENCIANTE”, la cantidad de: USD $__________ (______________mil _______ dólares americanos 00/100 USD), por las “Obras Audiovisuales” ________________________________________________. Este precio será fijo durante la vigencia del presente Contrato y hasta la conclusión total para la ejecución de la CONSULTORÍA es vigencia del mismo. El “IPN” por conducto de “CANAL ONCE”, pagará al “LICENCIANTE” la cantidad de USD $____,____.__ (_______________mil ________________, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, en moneda nacional conforme al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago; cantidad pagadera en un sola exhibición previa entrega de los materiales referidos en la cláusula décima, a entera satisfacción de “CANAL ONCE”, y previa expedición y presentación del comprobante fiscal digital que reúna los requisitos legales para este tipo de pago. INSERTAR LA EPOCA DE PAGO. Todos los pagos referidos en esta cláusula, serán pagados por el “IPN” por conducto de “CANAL ONCE”, previa entrega de las “Obras Audiovisuales” a su entera satisfacción, a más tardar a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la expedición y entrega del comprobante fiscal digital respectivo siempre y cuando ésta reúna todos los requisitos fiscales, dicho pago se hará en una sola exhibición, mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que el “LICENCIANTE” señala y autoriza desde este momento: Banco: ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalleCuenta Número: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de ______________ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD.Clabe Interbancaria: ______________ Swift: ______________ Beneficiario: ______________

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Samples: Contrato De Licencia Exclusiva Para Transmisión Por Televisión Abierta

MONTO Y FORMA DE PAGO. MONTO.- El monto total para la ejecución MARN, pagará a “La Contratista”, con fondos provenientes del Fondo de Actividades Especiales del MARN (FAE), conforme a instrucción de la CONSULTORÍA es parte solicitante, en correo electrónico de ______________ fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, y aceptada por “La Contratista”; y bajo los términos de este contrato, la cantidad total de VEINTINUEVE MIL VEINTIDÓS 55/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (Registrar US$29,022.55) IVA incluido. El pago se cancelará mediante dos cuotas, de conformidad al siguiente detalle: a) Una primera cuota del 80% del monto adjudicado, equivalente a VEINTITRES MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO 04/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$23,218.04), contra presentación del Plan de Trabajo avalado y entrega de las dos (02) primeras cabañas, aprobadas por el Administrador del Contrato y Supervisor, las cuales deben ser entregadas como fecha límite el día dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve; y b) Una segunda cuota del 20% del monto adjudicado, equivalente a CINCO MIL OCHOCIENTOS CUATRO 51/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$5,804.51), contra entrega de la tercera cabaña al finalizar la obra en forma numeral su totalidad, a más tardar el día treinta y literal uno de diciembre de dos mil diecinueve, aprobada por el monto Administrador del Contrato y Supervisor, para lo cual “La Contratista”, presentará los detalles de la obra ejecutada, conforme a los precios unitarios ofertados en el plan de oferta, la cual será revisada y aprobada por el Supervisor y el Administrador del Contrato. El pago se hará dentro de los treinta días posteriores al retiro del Quedan respectivo. Para la emisión del Quedan. “La Contratista” deberá presentar la Comprobante de Crédito Fiscal a nombre del “Fondo de Actividades Especiales del MARN”, deberá anexarse a dicho comprobante, dos (2) ejemplares originales del Acta de Recepción firmada por el Supervisor y el Administrador del Contrato, en bolivianosla Unidad Financiera Institucional del MARN, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción algunaubicada en: kilómetro 5 ½, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto. FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍAcarretera a Santa Tecla, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle: El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA. Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD.calle

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Samples: Contrato Marn No. 026/2019