Movilidad entre Administraciones Públicas. Se favorecerá la movilidad entre las distintas Administraciones Públicas del personal laboral de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación de este convenio, en los términos establecidos en el acuerdo marco para fomentar la movilidad de los empleados públicos entre las Administraciones Públicas de fecha 5 xx xxxxx de 2004. La Administración informará semestralmente, en el ámbito de la comisión paritaria, del grado de profundización en el cumplimiento de los objetivos de dicho acuerdo.
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Movilidad entre Administraciones Públicas. Se favorecerá la movilidad entre las distintas Administraciones Públicas del personal laboral de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación de este convenioMadrid, en los términos establecidos en el acuerdo marco Acuerdo Marco para fomentar la movilidad de los empleados públicos entre las Administraciones Públicas Públicas, de fecha 5 xx xxxxx de 2004. La Administración informará semestralmente2004 o, en su caso, el ámbito de acuerdo que lo sustituya. A estos fines, la Administración impulsará las iniciativas que resulten precisas para dar cumplimiento efectivo a este artículo, informando a la comisión paritaria, del grado paritaria de profundización en el cumplimiento de los objetivos de dicho acuerdolas actuaciones que desarrolle.
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