OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además de las consagradas en el contenido del presente Contrato, y en la normatividad aplicable, se acuerdan las siguientes: 17.2.1. Entregar a EL DISTRIBUIDOR en el Punto de Entrada una cantidad de gas equivalente a la que nominó y que fue autorizada y demás cantidades requeridas por el DISTRIBUIDOR con el fin de cubrir los desbalances si los hubiere. 11.2.2. Entregar a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo en cuenta las especificaciones de calidad establecidas en el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 de 1999 y sus modificaciones, adiciones y sustituciones. 17.2.3. Recibir en los Puntos de Salida la Cantidad Entregada a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato. 17.2.4. Efectuar el pago de las facturas dentro del plazo denominado "Pago Oportuno". 17.2.5. Constituir a favor de EL DISTRIBUIDOR, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a que haya lugar. 17.2.6. Efectuar por su cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE. 17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación y funcionamiento de Instalaciones del Remitente. 17.2.8. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR. 17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente con el objeto del presente Contrato. 17.2.10. Adelantar a cabalidad cuando sea necesario, el respectivo plan de contingencia y activación de emergencias de EL CLIENTE. 17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin de que EL DISTRIBUIDOR cumpla con su gestión de forma oportuna, dinámica y eficaz. 17.2.12. Informar a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentes, dentro de la oportunidad debida, acerca de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre cualquier hecho que pueda afectar los grupos de interés relacionados con el objeto del Contrato. 17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas de seguridad, de control al biosistema, al medio ambiente y de protección a la integridad física del personal de las Partes, sus subcontratistas y, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o que pueda quedar expuesta en razón del mismo. 17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución. 17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos. 17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de EL CLIENTE, para permitir a EL DISTRIBUIDOR en todo momento el acceso al Sistema de Medición del gas conducido por el sistema, de acuerdo con lo establecido en el Código de Distribución. 17.2.17. Someterse a las condiciones de conexión previstas en el código de distribución de gas combustible para efectos de nuevas conexiones en el sistema de distribución. 17.2.18. Informar al distribuidor de gas natural cuando se detecte la existencia de irregularidades en el sistema de medición, en las acometidas o instalaciones en general, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes. 17.2.19. Constituir los mecanismos de cubrimiento para el pago de las obligaciones que se puedan generar por el uso del sistema de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca la CREG. 17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural. 17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición. 17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes: 17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituya.
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Samples: Distribution Agreement
OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además Sin perjuicio de las consagradas en el contenido del presente Contrato, y en la normatividad aplicable, se acuerdan las siguientes:
17.2.1. Entregar demás obligaciones a EL DISTRIBUIDOR en el Punto de Entrada una cantidad de gas equivalente a la que nominó y que fue autorizada y demás cantidades requeridas por el DISTRIBUIDOR con el fin de cubrir los desbalances si los hubiere.
11.2.2. Entregar a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo en cuenta las especificaciones de calidad su cargo establecidas en el Reglamento Único presente Contrato y/o en otros instrumentos celebrados con EL BANCO, EL CLIENTE se obliga a:
8.1 Realizar todos los trámites, gestiones y procedimientos que resulten necesarios o convenientes que se requieran para obtener la inscripción del levantamiento de Transporte hipoteca inscrita a favor del Banco XXXXXX, sobre el inmueble de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 propiedad de 1999 y sus modificacionesEL CLIENTE ubicado en XXXXXXXXXXX, adiciones y sustitucionesregistrado en el asiento XXXXXX de la partida N° XXXXX del Registro XXXXXXX de la Oficina Registral de xxxxxx, en un plazo máximo de 90 días calendario, contados desde la fecha de desembolso xxx xxxxxxxx.
17.2.3. Recibir 8.2 Conservar en buen estado el/los Puntos INMUEBLE/S y a no efectuar modificaciones que redunden en perjuicio de Salida la Cantidad Entregada los mismos, dando aviso por escrito a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto BANCO en el presente Contrato.
17.2.4. Efectuar el pago de las facturas dentro del más breve plazo denominado "Pago Oportuno".
17.2.5. Constituir a favor de EL DISTRIBUIDOR, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a que haya lugar.
17.2.6. Efectuar por su cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE.
17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno posible de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación deterioros que sufra/n y funcionamiento de Instalaciones del Remitente.
17.2.8. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR.
17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente con el objeto del presente Contrato.
17.2.10. Adelantar a cabalidad cuando sea necesario, el respectivo plan de contingencia y activación de emergencias de EL CLIENTE.
17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin de que EL DISTRIBUIDOR cumpla con su gestión de forma oportuna, dinámica y eficaz.
17.2.12. Informar a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentes, dentro de la oportunidad debida, acerca de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre cualquier hecho que pueda afectar perturbe su dominio o posesión, permitiendo todas las visitas que deseen efectuar los grupos representantes de interés relacionados con EL BANCO para constatar el objeto del Contratoestado de conservación de el/los referido/s INMUEBLE/S, debiendo brindarles toda clase de facilidades para el desempeño de sus labores.
17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas 8.3 Poner en conocimiento de seguridadEL BANCO, antes de control al biosistemasu celebración, al medio ambiente todo y de protección a la integridad física del personal de las Partes, sus subcontratistas y, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o acto jurídico que pueda quedar expuesta en razón del mismo.afecte el/los INMUEBLE/S.
17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución.
17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos.
17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de 8.4 EL CLIENTE, para permitir se obliga expresamente a enviar una comunicación previa y por escrito a EL DISTRIBUIDOR BANCO si decide otorgar en todo momento el acceso al Sistema de Medición del gas conducido por el sistemaarrendamiento, de acuerdo con lo establecido en el Código de Distribución.
17.2.17. Someterse a las condiciones de conexión previstas en el código de distribución de gas combustible para efectos de nuevas conexiones en el sistema de distribución.
17.2.18. Informar al distribuidor de gas natural cuando se detecte la existencia de irregularidades en el sistema de mediciónusufructo, en las acometidas uso o instalaciones en general, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes.
17.2.19. Constituir habitación y/o ceder el/los mecanismos de cubrimiento para el pago de las obligaciones que se puedan generar por el uso del sistema de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca la CREG.
17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural.
17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición.
17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes:
17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituya.INMUEBLE/S.
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Samples: Hipotecario
OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además de las consagradas Durante todo el tiempo en que se encuentre en vigor el contenido del presente Contrato, “EL CLIENTE” se compromete por sí y en la normatividad a nombre de sus directivos, funcionarios y empleados, según sea aplicable, se acuerdan las siguientes:
17.2.1. Entregar a EL DISTRIBUIDOR en el Punto de Entrada una cantidad de gas equivalente a la que nominó y que fue autorizada y demás cantidades requeridas por el DISTRIBUIDOR lo siguiente: Colaborar con el fin personal de cubrir “MEXEN” en todas las actividades propias de la verificación del producto y proporcionar la información necesaria para el análisis técnico del producto. Informar a “MEXEN” de las características técnicas del producto, así como de las modificaciones que resulten, asegurando en todo momento la veracidad y confianza de estas. Respetar los desbalances si procesos y procedimientos que dicte “MEXEN” para la eficiencia en las actividades de verificación. A establecer acciones correctivas con el objeto de superar deficiencias detectadas por “MEXEN”. Cumplir con los hubiere.
11.2.2. Entregar a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo en cuenta aspectos de confidencialidad requeridos y todas las especificaciones de calidad obligaciones establecidas en el Reglamento Único presente contrato. Dar facilidades al personal de Transporte de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 de 1999 y sus modificaciones, adiciones y sustituciones.
17.2.3. Recibir en los Puntos de Salida “MEXEN” para la Cantidad Entregada a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato.
17.2.4. Efectuar el pago realización de las facturas dentro del plazo denominado "Pago Oportuno".
17.2.5. Constituir a favor Visitas de EL DISTRIBUIDORverificación en sitio, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a considerando que haya lugar.
17.2.6. Efectuar por su cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE.
17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación y funcionamiento de Instalaciones del Remitente.
17.2.8. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no dichas visitas se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR.
17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente realizarán con el objeto del presente Contrato.
17.2.10objetivo de verificar los productos. Adelantar a cabalidad Realizar cuando sea necesario, el respectivo plan en coordinación con “MEXEN” cualquier medida correctiva para remediar cualquier incumplimiento del producto, con base en la norma de contingencia referencia cuando aplique. Notificar y activación someter a consideración de emergencias de EL CLIENTE.
17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin de que EL DISTRIBUIDOR cumpla con su gestión de forma oportuna, dinámica y eficaz.
17.2.12. Informar a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentes, dentro de la oportunidad debida, acerca de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre “MEXEN” cualquier hecho que pueda afectar los grupos de interés relacionados con el objeto del Contrato.
17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas de seguridad, de control al biosistema, al medio ambiente y de protección modificación a la integridad física del personal etiqueta de las Partes, sus subcontratistas ylos productos verificados y aprobados por “MEXEN”. Cubrir el pago de los servicios proporcionados por “MEXEN”, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o que pueda quedar expuesta en razón del mismo.
17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural tiempo y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución.
17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos.
17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de EL CLIENTE, para permitir a EL DISTRIBUIDOR en todo momento el acceso al Sistema de Medición del gas conducido por el sistema, forma de acuerdo con lo establecido que establece el presente contrato. Solicitar a “MEXEN” la realización de la visita de verificación para el servicio de Dictamen, en el Código un plazo máximo de Distribución.
17.2.17. Someterse a las condiciones 30 días naturales, contados partir de conexión previstas en el código la fecha de distribución la entrega de gas combustible para efectos la Solicitud de nuevas conexiones en el sistema de distribución.
17.2.18Servicio. Informar al distribuidor a “MEXEN” de gas natural cuando se detecte cualquier cambio o modificación de los Apoderados o Representantes Legales de la existencia empresa, que firmen documentos con la Unidad de irregularidades en Verificación. No ceder sin el sistema consentimiento previo y por escrito de medición“MEXEN” sus derechos y obligaciones del presente contrato. Mantener un registro de todas las quejas presentadas y relacionadas con el cumplimiento del producto, con los requisitos de la norma de referencia aplicable, así como mantener estos registros y control de estos, disponible para que, en las acometidas vistas a la verificación, se encuentren disponibles cuando el personal de la Unidad de Verificación lo solicite, así mismo asegurar que dichas acciones se documenten. “EL CLIENTE” se compromete a evitar cualquier tipo o instalaciones modo de presión sobre el personal de la Unidad de Verificación, que afecte el juicio del verificador y ponga en generalriesgo el resultado de la verificación. “EL CLIENTE” se compromete a notificar a la Unidad de Verificación, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes.
17.2.19. Constituir cualquier cambio de domicilio, Representante Legal o domicilio fiscal, para realizar los mecanismos de cubrimiento para el pago de las obligaciones que se puedan generar por el uso del sistema de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca la CREG.
17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural.
17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición.
17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes:
17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, cambios en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituyadocumentos pertinentes.
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Samples: Telecommunications
OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además de las consagradas previstas en otras cláusulas del presente contrato y las comprendidas en el contenido del presente Contratoobjeto contractual, y en la normatividad aplicable, se acuerdan son obligaciones de EL CLIENTE las siguientes:
17.2.11. Pagar dentro de los plazos establecidos a COORDIUTIL las sumas correspondientes a la prestación de los servicios de Operación Logística, las partes acuerdan que para los eventos xx xxxx en el pago se genera intereses a la tasa máxima legal vigente.
2. Entregar a EL DISTRIBUIDOR COORDIUTIL el inventario físico de los Productos objeto del presente contrato, con documento de soporte que incluya el valor de costo a facturar a COORDIUTIL y a registrar en el Punto de Entrada una cantidad de gas equivalente a la inventario, al momento en que nominó se reciba en sus instalaciones y que fue autorizada corresponda en su totalidad.
3. Entregar para custodia, almacenamiento solamente los Productos cuya adquisición y procedencia se haya cumplido de conformidad con las normas legales. EL CLIENTE se compromete a informar y entregar todos los documentos, permisos y demás cantidades requeridas requisitos requeridos por la Legislación Colombiana para los Productos controlados o bajo regímenes jurídicos especiales. En caso de requerirse algún tipo de permiso especial, EL CLIENTE se obliga a cumplir previamente con los trámites necesarios para su obtención y comunicarle a COORDIUTIL este hecho, además de entregarle las licencias o permisos correspondientes, siendo el DISTRIBUIDOR con el fin responsable directo de cubrir los desbalances si los hubiereallegar cualquier documento de prueba ante entes de control o autoridad que lo requiera en cualquier momento del proceso en desarrollo del contrato.
11.2.24. Entregar a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo en cuenta COORDIUTIL los documentos y la información necesaria para cumplir oportunamente los requerimientos y exigencias de las especificaciones entidades y órganos de calidad establecidas en el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 de 1999 control del estado colombiano que vigilan y sus modificaciones, adiciones y sustitucionessupervisan su actuación.
17.2.35. Recibir en Proporcionar todo el material de empaque y embalaje requerido para el alistamiento de los Puntos de Salida la Cantidad Entregada a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contratopedidos.
17.2.46. Efectuar el pago Mantener actualizado los valores de las facturas dentro del plazo denominado "Pago Oportuno"mercancías en poder de COORDIUTIL.
17.2.5. Constituir a favor de EL DISTRIBUIDOR, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a que haya lugar.
17.2.6. Efectuar por su cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE.
17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación y funcionamiento de Instalaciones del Remitente.
17.2.87. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR.
17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente con el objeto del presente Contrato.
17.2.10. Adelantar a cabalidad cuando sea necesario, el respectivo plan de contingencia y activación de emergencias de EL CLIENTE.
17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin de que EL DISTRIBUIDOR cumpla con su gestión de forma oportuna, dinámica y eficaz.
17.2.12. Informar a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentes, dentro de la oportunidad debida, acerca de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre cualquier hecho que pueda afectar los grupos de interés relacionados con el objeto del Contrato.
17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas de seguridad, de control al biosistema, al medio ambiente y de protección a la integridad física del personal de las Partes, sus subcontratistas y, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o que pueda quedar expuesta en razón del mismo.
17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución.
17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos.
17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de EL CLIENTE, para permitir a EL DISTRIBUIDOR en todo momento el acceso al Sistema de Medición del gas conducido por el sistema, de acuerdo con lo establecido en el Código de Distribución.
17.2.17. Someterse a las condiciones de conexión previstas en el código de distribución de gas combustible para efectos de nuevas conexiones en el sistema de distribución.
17.2.18. Informar al distribuidor de gas natural cuando se detecte la existencia de irregularidades en el sistema de medición, en las acometidas o instalaciones en general, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes.
17.2.19. Constituir los mecanismos de cubrimiento para el pago de las demás obligaciones que se puedan generar por deriven del clausulado del presente contrato y contenidas en el uso del sistema acta de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca negociación generada con base en la CREGpropuesta comercial.
17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural.
17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición.
17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes:
17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituya.
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Samples: Logistics Services Agreement
OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además I. Cooperar con los maestros y la dirección en lo que se refiere al mejoramiento de la conducta y el aprovechamiento escolar del alumno(a), así como asistir a las consagradas en el contenido del presente Contratojuntas de padres y maestros, y cualquier otra junta programada por “EL COLEGIO”; así como apoyar en todos los aspectos que se requieran.
II. Abstenerse de intervenir en forma personal o en forma colegiada a través de la normatividad aplicableAsociación de Padres de Familia, se acuerdan las siguientes:en los aspectos pedagógicos, laborales y administrativos de la escuela, tal como lo indica el Artículo 67 de la Ley General de Educación Pública.
17.2.1III. Entregar a EL DISTRIBUIDOR en el Punto Tener una cuenta de Entrada una cantidad de gas equivalente a la que nominó y que fue autorizada y demás cantidades requeridas por el DISTRIBUIDOR correo electrónico vigente, así como consultarlo con frecuencia, con el fin de cubrir los desbalances si los hubiere.
11.2.2. Entregar recibir información de “EL COLEGIO”, e informar de manera inmediata a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo dicha institución, cualquier cambio en cuenta las especificaciones de calidad establecidas en el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 de 1999 y sus modificaciones, adiciones y sustituciones.
17.2.3. Recibir en los Puntos de Salida la Cantidad Entregada a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato.
17.2.4. Efectuar el pago de las facturas dentro del plazo denominado "Pago Oportuno".
17.2.5. Constituir a favor de EL DISTRIBUIDOR, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a que haya lugar.
17.2.6. Efectuar por su mencionada cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE.
17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación y funcionamiento de Instalaciones del Remitente.
17.2.8. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR.
17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente esto con el objeto del presente Contratode mantener una comunicación constante y fluida entre las partes, obligándose a informar de forma mutua y oportuna sobre cualquier cambio.
17.2.10IV. Adelantar Se obliga en los términos de los anexos A, B, C y D mencionados en este contrato, por lo que, en caso de renovación de contrato, dichos anexos podrán ser modificados o actualizados en cada ciclo escolar posterior, tales cambios serán notificados por “EL COLEGIO” a cabalidad cuando sea necesario, el respectivo plan de contingencia y activación de emergencias de “EL CLIENTE” mediante correo electrónico y en caso de inconformidad con alguna de las modificaciones, “EL CLIENTE” deberá hacerlo saber a “EL COLEGIO” por escrito en los 5 días siguientes a la notificación.
17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin V. Que en caso de que alguna persona que al igual “EL DISTRIBUIDOR cumpla CLIENTE” ejerza derechos de patria potestad, custodia o tutela sobre el alumno(a), ejercite actos de molestia física o moral o acciones legales en contra de “EL COLEGIO” debido a su descontento de que el menor se encuentre estudiando en esta Institución educativa, ocasionando con tales acciones limitaciones, vulneraciones o restricciones al estudiante en el ejercicio de sus derechos, “EL CLIENTE” se compromete a realizar todas las acciones tendientes a detener dichos actos de molestia por cualquier medio legal a su gestión alcance, o bien en caso de forma oportunaque existan acciones legales en contra de “EL COLEGIO”, dinámica responderá por los gastos legales, daños y eficazperjuicios que se generen, por lo que en caso de no cumplir con dichos términos, “EL COLEGIO” ejercitará su derecho estipulado en la cláusula QUINTA apartado II de este contrato.
17.2.12VI. Informar por escrito de manera clara y precisa en el formato correspondiente sobre la situación médica del alumno(a) y otorgar autorización sobre los medicamentos que le puedan o deban ser aplicados, así como a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentesmantener actualizada dicha información durante todo el ciclo escolar vigente, dentro debiendo notificar cualquier cambio de la oportunidad debidamanera inmediata por escrito, acerca por lo que en caso de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre cualquier hecho que pueda afectar los grupos existir omisión por parte de interés relacionados con el objeto del Contrato.
17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas de seguridad, de control al biosistema, al medio ambiente y de protección a la integridad física del personal de las Partes, sus subcontratistas y, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o que pueda quedar expuesta en razón del mismo.
17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución.
17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos.
17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de “EL CLIENTE” en el cumplimiento de esta cláusula, para permitir a “EL DISTRIBUIDOR COLEGIO” actuará en todo momento el acceso al Sistema de Medición manera inmediata para la pronta atención del gas conducido alumno y velará en todo momento por el sistemasu salud, de acuerdo con lo establecido sin embargo no se hace responsable en el Código tratamiento de Distribución.
17.2.17. Someterse a las condiciones de conexión previstas en el código de distribución de gas combustible para efectos de nuevas conexiones en el sistema de distribución.
17.2.18. Informar al distribuidor de gas natural cuando se detecte la existencia de irregularidades en el sistema de medición, en las acometidas o instalaciones en general, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes.
17.2.19. Constituir los mecanismos de cubrimiento para el pago contingencias médicas suscitadas por padecimientos médicos del alumno(a) de las obligaciones que se puedan generar por el uso del sistema de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca la CREGcuales no sea conocedor.
17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural.
17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición.
17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes:
17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituya.
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Samples: Educational Services
OBLIGACIONES DE EL CLIENTE. Además I. Cooperar con los maestros y la dirección en lo que se refiere al mejoramiento de la conducta y el aprovechamiento escolar del alumno(a), así como asistir a las consagradas en el contenido del presente Contratojuntas de padres y maestros, y cualquier otra junta programada por “EL COLEGIO”; así como apoyar en todos los aspectos que se requieran.
II. Abstenerse de intervenir en forma personal o en forma colegiada a través de la normatividad aplicableAsociación de Padres de Familia, se acuerdan las siguientes:en los aspectos pedagógicos, laborales y administrativos de la escuela, tal como lo indica el Artículo 67 de la Ley General de Educación Pública.
17.2.1III. Entregar a EL DISTRIBUIDOR en el Punto Tener una cuenta de Entrada una cantidad de gas equivalente a la que nominó y que fue autorizada y demás cantidades requeridas por el DISTRIBUIDOR correo electrónico vigente, así como consultarlo con frecuencia, con el fin de cubrir los desbalances si los hubiere.
11.2.2. Entregar recibir información de “EL COLEGIO”, e informar de manera inmediata a EL DISTRIBUIDOR el Gas natural teniendo dicha institución, cualquier cambio en cuenta las especificaciones de calidad establecidas en el Reglamento Único de Transporte de Gas Natural -RUT- Resolución CREG 071 de 1999 y sus modificaciones, adiciones y sustituciones.
17.2.3. Recibir en los Puntos de Salida la Cantidad Entregada a EL DISTRIBUIDOR, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato.
17.2.4. Efectuar el pago de las facturas dentro del plazo denominado "Pago Oportuno".
17.2.5. Constituir a favor de EL DISTRIBUIDOR, entregar y mantener vigentes, durante toda la vigencia del Contrato, las garantías a que haya lugar.
17.2.6. Efectuar por su mencionada cuenta, costo y riesgo, directa o indirectamente, la construcción, administración, operación y mantenimiento preventivo y correctivo de las Instalaciones de EL CLIENTE.
17.2.7. Tramitar y mantener vigentes todos y cada uno de los permisos, licencias o autorizaciones exigidas por las Autoridades Competentes para la debida operación y funcionamiento de Instalaciones del Remitente.
17.2.8. Cumplir con las ordenes operacionales que sean impartidas por EL DISTRIBUIDOR, las cuales en ningún caso podrán ser arbitrarias o desconocer los derechos derivados del presente Contrato, para efectos de mantener la estabilidad del Sistema de Distribución y la continuidad de la prestación del Servicio de Distribución, de modo tal que no se causen inconvenientes operacionales a EL DISTRIBUIDOR.
17.2.9. Cumplir y mantener actualizados los acuerdos necesarios para la coordinación de operaciones y planes de contingencia de los bienes e infraestructura a su cargo, asociada directa o indirectamente esto con el objeto del presente Contratode mantener una comunicación constante y fluida entre las partes, obligándose a informar de forma mutua y oportuna sobre cualquier cambio.
17.2.10IV. Adelantar Se obliga en los términos de los anexos A, B, C y D mencionados en este contrato, por lo que, en caso de renovación de contrato, dichos anexos podrán ser modificados y/o actualizados en cada ciclo escolar posterior, tales cambios serán notificados por “EL COLEGIO” a cabalidad cuando sea necesario, el respectivo plan de contingencia y activación de emergencias de “EL CLIENTE” mediante correo electrónico y en caso de inconformidad, “EL CLIENTE” deberá hacerlo saber a “EL COLEGIO” por escrito en los 5 días siguientes a la notificación, en caso de no hacerlo se tendrán por aceptadas.
17.2.11. Suministrar a EL DISTRIBUIDOR, dentro de la oportunidad debida, toda la información que pueda ser útil y necesaria para el desarrollo del objeto del Contrato a fin V. Que en caso de que alguna persona que al igual que “EL DISTRIBUIDOR cumpla CLIENTE” ejerza derechos de patria potestad, custodia o tutela sobre el alumno(a), ejercite actos de molestia física o moral o acciones legales en contra de “EL COLEGIO” debido a su descontento de que el menor se encuentre estudiando en esta Institución educativa, ocasionando con tales acciones limitaciones, vulneraciones o restricciones al estudiante en el ejercicio de sus derechos, “EL CLIENTE” se compromete a realizar todas las acciones tendientes a detener dichos actos de molestia por cualquier medio legal a su gestión alcance, o bien en caso de forma oportunaque existan acciones legales en contra de “EL COLEGIO”, dinámica responderá por los gastos legales, daños y eficazperjuicios que se generen, por lo que en caso de no cumplir con dichos términos, “EL COLEGIO” ejercitará su derecho estipulado en la cláusula QUINTA apartado II de este contrato.
17.2.12VI. Informar por escrito de manera clara y precisa en el formato correspondiente sobre la situación médica del alumno(a) y otorgar autorización sobre los medicamentos que le puedan o deban ser aplicados, así como a EL DISTRIBUIDOR y a las Autoridades Competentesmantener actualizada dicha información durante todo el ciclo escolar vigente, dentro debiendo notificar cualquier cambio de la oportunidad debida, acerca manera inmediata por escrito. En caso de riesgos, contingencias, siniestros, actos ilícitos y en general sobre cualquier hecho que pueda afectar los grupos existir omisión por parte de interés relacionados con el objeto del Contrato.
17.2.13. Actuar bajo las más estrictas normas técnicas de seguridad, de control al biosistema, al medio ambiente y de protección a la integridad física del personal de las Partes, sus subcontratistas y, en general, de cualquier persona involucrada en la ejecución del Contrato o que pueda quedar expuesta en razón del mismo.
17.2.14. Aportar los documentos, soportes de las pruebas técnicas realizadas a las instalaciones que recibirán el gas natural y los certificados de conformidad expedidos según lo señalado en los reglamentos técnicos aplicables y los requeridos por EL DISTRIBUIDOR para el inicio de la prestación del servicio de acceso al sistema de distribución.
17.2.15. Informar a EL DISTRIBUIDOR las condiciones técnicas de la carga que ha de ser conectada al sistema (volumen pico y fuera de pico demandado), y los niveles de confiabilidad requeridos.
17.2.16. Garantizar e instruir al personal o usuarios de “EL CLIENTE” en el cumplimiento de esta cláusula, para permitir a “EL DISTRIBUIDOR COLEGIO” actuará en todo momento el acceso al Sistema de Medición manera inmediata para la pronta atención del gas conducido alumno y velará en todo momento por el sistemasu salud, de acuerdo con lo establecido sin embargo, no se hace responsable en el Código tratamiento de Distribución.
17.2.17. Someterse a las condiciones de conexión previstas en el código de distribución de gas combustible para efectos de nuevas conexiones en el sistema de distribución.
17.2.18. Informar al distribuidor de gas natural cuando se detecte la existencia de irregularidades en el sistema de medición, en las acometidas o instalaciones en general, y denunciarlas ante las autoridades correspondientes.
17.2.19. Constituir los mecanismos de cubrimiento para el pago contingencias médicas suscitadas por padecimientos médicos del alumno(a) de las obligaciones que se puedan generar por el uso del sistema de distribución de gas natural, conforme a criterios y condiciones que establezca la CREGcuales no sea conocedor.
17.2.20. Atender la liquidación que haga el DISTRIBUIDOR de los cargos de distribución de gas natural.
17.2.21. Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de medición.
17.2.22. Cuando EL CLIENTE sea un Comercializador de Gas, adicional a las obligaciones enunciadas, tendrá que cumplir con las siguientes:
17.2.22.1. Presentar a EL DISTRIBUIDOR de gas natural las solicitudes de suspensión, corte, reconexión y reinstalación, en los términos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Resolución CREG 123 de 2013 o aquella que la modifique, complemente, adicione o sustituya.
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