Common use of Obligaciones de la persona contratista Clause in Contracts

Obligaciones de la persona contratista. Serán obligaciones de la persona adjudicataria además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato y las incluidas en su oferta, las siguientes: 1. Modo de prestación del contrato: - Desarrollar el contrato del modo dispuesto en la contratación u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx a través de la Unidad gestora del contrato y/o la personal responsable del contrato. - Aceptar las modificaciones del contrato que se acuerden de conformidad con lo establecido en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. - Cumplir el programa de ejecución de los trabajos, así como el plazo total o los plazos parciales fijados para el desarrollo del contrato. - Si la unidad gestora estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por la persona empresaria para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, la persona contratista queda obligada a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. - No ejecutar trabajos no incluidos en el contrato sin haber sido autorizados por el órgano de contratación. - Abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, etc. - Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Entre otros, cualesquiera de los gastos al que dé lugar la realización del contrato, tales como: todo el coste de personal; coste del material, elementos y útiles necesarios para la ejecución del contrato; coste de la maquinaria necesaria para la prestación del servicio; gastos derivados del mantenimiento y conservación de la maquinaria y demás medios materiales; vestuario del personal; financieros; seguros, transportes; desplazamientos; honorarios; etc. - Igualmente, aquellos daños ocasionados en los bienes del lugar de trabajo o de las personas usuarias del servicio o ciudadanía correrán a cargo de la persona adjudicataria y su no-atención será considerada como falta grave. - Evitar la contaminación que se entenderá comprensiva del medio ambiente atmosférico, de los recursos naturales (cursos de agua, masas forestales, etc.) y de cualesquiera otros bienes que puedan resultar dañados por motivo de la ejecución del contrato, cumpliendo las órdenes de la dirección para evitar contaminaciones.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Concesion De Servicios, Contrato De Servicios

Obligaciones de la persona contratista. Serán obligaciones de la persona adjudicataria además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato y las incluidas en su oferta, las siguientes: 1. Modo de prestación del contrato: - Desarrollar el contrato del modo dispuesto en la contratación u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx a través de la Unidad gestora del contrato y/o la personal el responsable del contrato. - Aceptar las modificaciones del contrato que se acuerden de conformidad con lo establecido en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. - Cumplir el programa de ejecución de los trabajos, así como el plazo total o los plazos parciales fijados para el desarrollo del contrato. - Si la unidad gestora estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por la persona empresaria el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, la persona contratista el Contratista queda obligada obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. - No ejecutar trabajos no incluidos en el contrato sin haber sido autorizados por el órgano de contratación. - Abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, etc. - Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Entre otros, cualesquiera gastos a que de los gastos al que dé lugar la realización del contrato, tales como: todo el coste de personal; coste del material, elementos y útiles de necesarios para la ejecución del contrato; coste de la maquinaria necesaria para la prestación del servicio; gastos derivados del mantenimiento y conservación de la maquinaria y demás medios materiales; vestuario del personal; financieros; seguros, transportes; desplazamientos; honorarios; etc. - Igualmente, aquellos daños ocasionados en los bienes del lugar de trabajo o de las personas usuarias los usuarios del servicio o ciudadanía ciudadanos correrán a cargo de la persona adjudicataria y su no-atención será considerada considerado como falta grave. - Evitar la contaminación que se entenderá comprensiva del medio ambiente atmosférico, de los recursos naturales (cursos de agua, masas forestales, etc.) y de cualesquiera otros bienes que puedan resultar dañados por motivo de la ejecución del contrato, cumpliendo las órdenes de la dirección para evitar contaminaciones.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Concesión De Servicios

Obligaciones de la persona contratista. Serán  La persona contratista: - Deberá obtener las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del servicio, y en particular se compromete al cumplimiento de todas las obligaciones legales en materia de transporte necesarias para el ejercicio de las actividades objeto del presente contrato. La Fundación podrá exigirle la presentación de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones - Está obligada al cumplimiento de la persona adjudicataria además normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales conforme a la legislación vigente en cada momento. - Será responsable de la administración del servicio, ejerciéndose la supervisión del mismo por parte de personal técnico que poseerá una alta formación en la prestación del citado servicio. - Deberá contar con plantilla y personal cualificado suficiente para realizar las labores descritas en este Xxxxxx. En caso de enfermedad, vacaciones, huelga u otro tipo de situación, la empresa tomará las medidas oportunas para mantener siempre personal que pueda atender el servicio, se obliga a alcanzar, a su cargo, un nivel de sustitución del 100% del personal que conforme su plantilla, en los casos de vacaciones reglamentarias, permisos, sanciones, bajas por incapacidad transitoria o cualquier otra causa que conlleve ausencias, de forma que se mantenga permanentemente el número de trabajadores en presencia física - Se compromete al cumplimiento de todas las obligaciones laborales vigentes, relativas a la contratación y empleo de su personal, Asimismo, cumplirá con toda la normativa vigente relativa a Seguridad Social y Seguridad e Higiene, coordinando sus actividades de Prevención con las actividades de la Fundación, de acuerdo a lo indicado en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La Fundación podrá exigirle la presentación de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones. - Exonerará a la Fundación de toda responsabilidad respecto a cualquier accidente laboral que pueda sufrir su personal en el desarrollo y ejecución del trabajo. El cumplimiento de las obligaciones generales derivadas normas de seguridad y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad del régimen jurídico del presente contrato adjudicatario. En tal carácter, el adjudicatario comparecerá ante las Mutuas de Accidentes de Trabajo y las incluidas en su ofertaEnfermedad Profesional, las siguientes: 1. Modo de prestación del contrato: - Desarrollar el contrato del modo dispuesto en la contratación u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx a través Entidades Gestoras de la Unidad gestora del contrato y/o la personal responsable del contratoSeguridad Social y Jurisdicción de lo Social. - Aceptar Se compromete a facilitar la relación nominal de las modificaciones del contrato personas que se acuerden de conformidad con lo establecido en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. - Cumplir van a prestar el programa de ejecución de los trabajosservicio, así como el plazo total o tipo de vínculo jurídico-laboral. La Dirección de la Fundación valorará su aptitud. - Deberá remitir copia al responsable de la Dirección de la Fundación de los plazos parciales fijados contratos de trabajo que se formalicen, así como de las bajas y modificaciones contractuales que se produzcan, de cualquier causa; si, por razones justificadas, algún componente de la plantilla ofertada debiera ser sustituido, la Dirección valorara la aptitud del sustituto. - El personal que ejecute el transporte dispondrá de todos los permisos y experiencia suficiente para el desarrollo del contrato. - Si la unidad gestora estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por la persona empresaria para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, la persona contratista queda obligada a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. - No ejecutar trabajos no incluidos en el contrato sin haber sido autorizados por el órgano de contratación. - Abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, etc. - Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Entre otros, cualesquiera de los gastos al que dé lugar la realización del contrato, tales como: todo el coste de personal; coste del material, elementos y útiles necesarios para la ejecución del contrato; coste de la maquinaria necesaria para la prestación del servicio; gastos derivados del mantenimiento y conservación de la maquinaria y demás medios materiales; vestuario del personal; financieros; seguros, transportes; desplazamientos; honorarios; etc. - Igualmente, aquellos daños ocasionados en los bienes del lugar de trabajo o de las personas usuarias del servicio o ciudadanía correrán actividad siendo a cargo de la persona adjudicataria adjudicataria, la formación necesaria para la manipulación y su no-atención será considerada como falta gravetransporte del material objeto del contrato. - Evitar Presentará mensualmente los justificantes de estar al corriente de sus obligaciones con la contaminación Tesorería General de la Seguridad Social. - Se hará responsable de las actuaciones de todo el personal a su cargo; la cual será la única responsable de los daños a las personas, las cosas de la Fundación o a terceros por las acciones realizadas por sus operarios y/o por el servicio ejecutado.  Los daños ocasionados por el personal de la persona contratista en locales, mobiliario, instalaciones, equipos u otras propiedades de la Fundación causados por negligencia o dolo serán responsabilidad de la misma debiendo ésta hacerse cargo de los gastos de reparación, bien indemnización a la Fundación, o bien por descuentos del importe de la reparación y material empleado en la factura.  Serán por cuenta de la persona contratista todo gasto originado por cargas sociales, seguros, arbitrios y gravámenes de toda clase aplicables.  La persona contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se entenderá comprensiva del medio ambiente atmosférico, de los recursos naturales (cursos de agua, masas forestales, etc.) y de cualesquiera otros bienes que puedan resultar dañados por motivo deriven de la ejecución del contrato, cumpliendo las órdenes en los términos que, en su caso, se indique en el Pliego Técnico.  El personal adscrito al servicio dependerá exclusivamente de la dirección para evitar contaminacionespersona contratista, quién tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.  La persona contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de persona empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquélla y las personas trabajadoras, sin que pueda repercutir contra la Fundación ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.  En cualquier caso, la persona contratista indemnizará a la Fundación de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 3/2015, de 4 xx xxxxx, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, la persona contratista deberá proporcionar toda la información que le sea requerida relacionada con este contrato. La Fundación, declina expresamente y de forma general, la responsabilidad que pueda derivarse del incumplimiento de las indicadas obligaciones, pudiéndose resarcir de los perjuicios que pudiera derivarse de su responsabilidad directa o subsidiaria, en la actividad llevada a cabo por la persona contratista en la ejecución del servicio, mediante retenciones oportunas del importe de los pagos que se expidan a la persona contratista y/o con cargo al aval de cumplimiento.

Appears in 1 contract

Samples: Transportation Agreement

Obligaciones de la persona contratista. Serán obligaciones de la persona adjudicataria además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato y las incluidas en su oferta, así como las siguientes: 1. : • Modo de prestación del contrato: - Desarrollar el contrato del modo dispuesto en la contratación u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx Xxxxxx a través de la Unidad gestora del contrato yo/o y la personal responsable persona Responsable del contratoContrato. - Aceptar las modificaciones del contrato que se acuerden de conformidad con lo establecido en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. - Cumplir el programa de ejecución de los trabajos, así como el plazo total o los plazos parciales fijados para el desarrollo del contrato. - Si la unidad gestora estima conveniente exigir un Programa programa de Trabajos éste será presentado por la persona empresaria contratista para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, la persona contratista Contratista queda obligada a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. - No ejecutar trabajos no incluidos en el contrato sin haber sido autorizados por el órgano de contratación. - • Prestar cuidado en garantizar el tránsito de personas con movilidad reducida en los desvíos o pasos especiales que, en su caso, se realicen con ocasión de la ejecución de las obras. • La persona contratista esta obligada a instalar las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones. La persona contratista cumplirá las órdenes que reciba por escrito de la Dirección acerca de instalaciones de señales complementarias o modificación de las que haya instalado. Los gastos que origine la señalización se abonarán en la forma que establezcan los pliegos particulares de la obra, en su defecto serán de cuenta de la persona contratista. • Abonar los gastos que se deriven de la obtención de autorizaciones, licencias, documentos, etc. - Las obras a ejecutar por el adjudicatario no precisan de licencia municipal de obras al ser obras de titularidad municipal. • Abonar los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, precios públicos, otras prestaciones patrimoniales de carácter público y demás gravámenes y exacciones que resulten de la aplicación, según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. - Abonar cualquier otro gasto que, para la ejecución del objeto del contrato, esté incluido en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Entre otros, cualesquiera de los gastos al a que dé lugar la realización del contrato, tales como: todo el coste de personal; coste del material, elementos y útiles de necesarios para la ejecución del contrato; coste de la maquinaria necesaria para la prestación del servicio; gastos derivados del mantenimiento y conservación de la maquinaria y demás medios materiales; vestuario del personal; financieros; seguros, transportes; desplazamientos; honorarios; etc. - Se entenderán incluidos también los gastos correspondientes a la coordinación de la seguridad y salud. • La persona contratista facilitará a la Administración, sin coste adicional alguno, la asistencia profesional de sus propias personas expertas, ya sea para presentaciones, reuniones explicativas o de información o para aclaración de dudas que se puedan plantear en relación con la realización de las obras. • Igualmente, aquellos daños ocasionados en los bienes del lugar de trabajo o de las personas usuarias del servicio o ciudadanía sobre los ciudadanos correrán a cargo de la persona adjudicataria y su no-atención será considerada considerado como falta grave. - Evitar • Medios de prestación del contrato: • Contar en todo momento de vigencia del contrato con los medios personales necesarios, en número y cualificación, para atender las labores que integran el objeto del contrato. • Disponer de cuantos útiles, maquinaria, medios materiales y medios personales que sean necesarios para la contaminación que se entenderá comprensiva realización del medio ambiente atmosférico, de los recursos naturales (cursos de agua, masas forestales, etc.) y de cualesquiera otros bienes que puedan resultar dañados por motivo de la ejecución objeto del contrato, cumpliendo las órdenes asumiendo todos los costes derivados de su utilización, mantenimiento y reparación así como de la dirección relación de dependencia del personal, que en ningún caso se considerará personal municipal. • La persona adjudicataria está obligada a mantener en todo momento y en cualquier circunstancia el número de trabajadores necesarios para evitar contaminacionesatender las tareas objeto de este contrato, en especial deberá contar con el personal que haya ofertado como criterio social por el artículo 64.6 de la Ley Xxxxx de Contratos. A este respecto, la adjudicataria tiene la obligación en caso de ausencias del personal por enfermedad, sanciones de la empresa, bajas, vacaciones y otras causas análogas, de cubrir las vacantes, de manera que se mantenga permanentemente el número de personas necesarias para atender las tareas objeto de este contrato así como las personas que específicamente haya hecho constar en su oferta. • Obligación de incorporar un turno adicional de trabajo al señalado en el pliego de prescripciones técnicas particulares en caso de exigirlo la Dirección de Obra o la persona Responsable del contrato. • Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra: La persona contratista una vez adjudicado el contrato de obras, y previamente al inicio de las mismas, sí así lo señalare el proyecto o el pliego de prescripciones técnicas particulares la persona contratista elaborará un Plan de Control de calidad de la totalidad de las unidades de obra incluidas en proyecto, tomado como base la normativa y recomendaciones vigentes. Este documento, previa aprobación por parte de la Dirección de Obra, marcará la pauta de los diferentes ensayos a realizar durante las obras. Estas circunstancias deberán ser tenidas en cuenta a la hora de elaborar la oferta económica de cada persona licitadora. El control de calidad de la obra incluirá: • El de aquellos materiales, elementos o unidades de obra sujetos a normas o instrucciones de obligado cumplimiento promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones u homologaciones que han de reunir los mismos. Los costes de ejecución de los ensayos, análisis, pruebas o controles preceptivos para verificar tales condiciones, se considerarán incluidos en los precios recogidos en el proyecto y de acuerdo con el presupuesto desglosado, en su caso, a tales efectos, en el programa de control de calidad que figure en el proyecto aprobado. • Aquellos otros controles y análisis que no vengan impuestos por norma alguna, pero que estén incluidos en el Plan de Control de Calidad del Proyecto aprobado, o que la Dirección Facultativa o el Responsable del Contrato estimen pertinentes, hasta un límite máximo del 1% del presupuesto de ejecución material de la obra vigente en cada momento o del porcentaje que, en su caso, la empresa constructora hubiese ofertado como mejora en la licitación, los cuales abarcarán los siguientes conceptos: b.1.) Los ensayos no obligatorios que la Dirección Facultativa o la persona Coordinadora del trabajo estimen pertinentes. b.2.) El Control de Calidad de ejecución de la cimentación, estructura, albañilería y acabados. b.3.) El Control de Calidad de ejecución de las instalaciones. b.4.) Las Pruebas Finales de las instalaciones así como de estanqueidad de fachadas y cubiertas. b.5.) El Control de Calidad y Seguimiento del Plan de Seguridad y Salud. El Control de Calidad de las actuaciones reflejadas anteriormente se recogerá en informes mensuales donde se indicarán las incidencias detectadas que pueda afectar a la ejecución de la obra proyectada. Al citado informe mensual se adjuntará copia de toda la documentación generada. Los ensayos establecidos en los apartados anteriores, que por cualquier circunstancia no sean realizados y abonados por la persona contratista, podrán ser ejecutados por la Administración y su importe deducido de las certificaciones mensuales correspondientes. En cualquier caso, los gastos de ensayos destinados a información, verificación o comprobación de unidades de obra mal ejecutadas por la empresa contratista de las obras, serán abonados por ésta en su totalidad, sea cual sea su importe, siendo el mismo a cuenta de la persona contratista. Si por cualquier circunstancia, los ensayos establecidos en el párrafo anterior no son realizados y abonados por el contratista de la obra, éstos podrán ser ordenados por la Dirección Facultativa, previa autorización de la Administración, y su importe será deducido de las certificaciones de obra mensuales correspondientes. • Productos industriales de empleo en la obra. Los materiales, elementos, máquinas y equipos o sistemas y procedimientos constructivos que se vayan a emplear en la obra habrán de reunir las calidades y características marcadas en los documentos contractuales del Proyecto o en las normas de obligado cumplimiento. Por tanto, la persona contratista deberá proveerse de las personas suministradoras cuyos productos se ajusten a tales requisitos, sea cual fuere el lugar, zona o localidad de donde hayan de provenir. En el caso de que la persona contratista tenga imposibilidad para conseguir alguno de los materiales expresados en el Proyecto de ejecución, podrá sustituirlos únicamente por materiales de superior calidad para la ejecución de las obras y siempre con el previo acuerdo de la persona responsable del contrato. Si en los documentos contractuales figurase alguna marca, modelo o denominación específicos de un producto industrial para designar a éste, se entenderá que tal mención se refiere a las calidades y características de dicho producto, pudiendo la persona contratista, previa conformidad de la Dirección Facultativa, utilizar productos de otras marcas o modelos siempre que éstos cumplan estrictamente los citados requisitos de calidad y características. • Obligaciones labores, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente: a) obligaciones laborales:

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract