Derechos de propiedad intelectual o industrial. Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste a la Administración contratante.
Derechos de propiedad intelectual o industrial. Cumplimiento de plazos y penalidades por demora.
Derechos de propiedad intelectual o industrial. Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial con el pago del precio el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx adquirirá todos los derechos económicos inherentes a la propiedad intelectual. Esta adquisición se hace, en exclusiva y en el ámbito mundial, e incluye todos los derechos económicos de propiedad intelectual inherentes al contrato, y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx podrá libremente y sin pago de más precio, proceder a la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación durante el plazo señalado por el artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, teniendo derecho a expresar la obra por cualquier medio o soporte tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiendo, todas y cada una de las modalidades de explotación, incluyéndose los derechos de reproducción en cualquier soporte o formato, conocidos o los que se inventen en el futuro, dentro de los cuales y en particular abarca a la edición en forma de libro y en soporte digital o numérico, así como los derechos de distribución y comunicación pública de la obra, para su explotación comercial en todo el mundo. Queda expresamente incluida la emisión y transmisión on-line de las obras y su puesta a disposición a través de las redes digitales interactivas, tipo Internet. Quedarán en propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx tanto las prestaciones contratadas recibidas como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por este Ayuntamiento, y éste, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. La persona contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad. Además, todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato que se deriven del procedimiento regul...
Derechos de propiedad intelectual o industrial. Cód. Validación: 7D4YZT4FRPF6HPAHKMHTYAPDD | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 46 Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste a la Administración contratante.
Derechos de propiedad intelectual o industrial significa patentes, derechos sobre invenciones, marcas comerciales, derechos sobre información confidencial (incluidos, entre otros, conocimientos técnicos y secretos comerciales), derechos de autor, derechos sobre diseños (y todos los derechos similares o relacionados existentes en cualquier parte del mundo, estén registrados o no e incluidas, entre otras, las solicitudes de los mismos);
Derechos de propiedad intelectual o industrial. 3.1 El Proveedor únicamente hará uso de los Derechos de Propiedad Intelectual o Industrial del Comprador a efectos del cumplimiento del Contrato y únicamente en la medida autorizada por escrito por el Comprador en cada momento.
3.2 Cualquier Derecho de Propiedad Intelectual o Industrial que fuera desarrollado por el Proveedor en la producción, ejecución o entrega de los Suministros se cede por la presente al Comprador con plena garantía de título y sin restricción alguna. El Proveedor ejecutará y entregará los documentos y realizará los actos que sean necesarios para hacer efectiva dicha cesión sin ningún cargo adicional. El Proveedor garantiza que: (i) la fabricación y entrega de los Productos y la prestación de los Servicios no infringe los Derechos de Propiedad Intelectual o Industrial de ningún tercero y (ii) la recepción, uso, modificación, venta, disposición y/u otra explotación por parte del Comprador de los Suministros no infringe ni infringirá los Derechos de Propiedad Intelectual o Industrial de ningún tercero. El Proveedor indemnizará y mantendrá indemne al Comprador (y también pagará al Comprador las cantidades que indemnizarían y mantendrían indemnes a las Partes indemnizadas del Comprador) en su totalidad con respecto a todas las Pérdidas incurridas o sufridas debido a cualquier infracción real o supuesta de cualquier Derecho de Propiedad Intelectual o Industrial de terceros relacionado con dichos Suministros.
Derechos de propiedad intelectual o industrial. ANEXOS ANEXO I. Modelo declaración responsable adaptada al Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) ANEXO II. Modelo de Proposición de Oferta Económica. ANEXO III. Empresas extranjeras. Documentación que deben aportar en las diferentes fases del procedimiento. file:///C:/Users/rafabermudez/Entorno%20de%20red/Desktop/Memorias/PCAP%20Sum.%20Memoria%20anual%20y%20Cuadro%20Características.docx%23DESARROLLO 13
Derechos de propiedad intelectual o industrial. LOS FIRMANTES DE ESTE DOCUMENTO SE MUESTRAN EN LA PRIMERA PÁGINA DEL MISMO No existe ningún tipo de derecho de propiedad intelectual o industrial, así como tampoco existen documentos reservados de carácter privado de los que la empresa deba guardar confidencialidad.
Derechos de propiedad intelectual o industrial. Si el contrato tiene por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento.
Derechos de propiedad intelectual o industrial. CONFIDENCIALIDAD