Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones: 1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación. 2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes. 3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo 4. Garantizar la gratuidad de las acciones. 5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Samples: Contrato De Encomienda De Organización De La Formación, Contrato De Encomienda De Organización De La Formación, Contrato De Encomienda De Organización De La Formación
Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las acciones.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Samples: Adhesión Al Contrato De Encomienda De Organización De La Formación, Contrato De Adhesión Al Contrato De Encomienda De Organización De La Formación
Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “«formación profesional para el empleo”», todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las acciones.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Samples: Contrato De Encomienda De Organización De La Formación
Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las accionesacciones a los participantes de las mismas.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
111. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
212. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
313. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo
414. Garantizar la gratuidad de las acciones.
515. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación deno- minación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las acciones.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Obligaciones de las empresas. Las empresas La s empresa s que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externaexterna , de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las acciones.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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Obligaciones de las empresas. Las empresas que suscriben este contrato tendrán las siguientes obligaciones:
1. Identificar en cuenta separada o 0 epígrafe específico especifico de su contabilidad, bajo la denominación de “"formación profesional para el empleo”", todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control de las Administraciones competentes.
3. Custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, de acuerdo con los modelos puestos a disposición por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
4. Garantizar la gratuidad de las acciones.
5. Hallarse la empresa al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
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