OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del objeto en mención, EL CONTRATISTA adquiere las siguientes obligaciones específicas: 1. Las obligaciones que correspondan o sean de la naturaleza del contrato y que permitan garantizar el cumplimiento del objeto contratado. 2. Cumplir totalmente con las condiciones técnicas y comerciales ofrecidas en la propuesta.
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