Obligaciones en materia de personal Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones en materia de personal. 1. Poner a disposición de la entidad, el personal con el cumplimiento de la formación y experiencia exigida en el pliego de condiciones, cumpliendo con el tiempo y horas de dedicación al proy indicar el número cto. Sin perjuicio del personal mínimo exigido, el contratista debe de personas de las que dispondrá tanto para la ejecución y desarrollo de los trabajos, como para la administración del contrato, de acuerdo con el enfoque de organización que le dé a los mismos, pero al calcular el valor de la propuesta, debe garantizar la correcta y oportuna realización de todas y cada una de las actividades requeridas 2. Tendrá a su cargo el pago de sueldos, prestaciones sociales, seguros, bonificaciones y todos aquellos rubros estipulados por la ley, liberando a la UIAF, de toda responsabilidad por omisiones legales de parte de los subcontratistas ó del propio constructor. El constructor responsable debe dar cumplimiento por ley a la presentación de los pagos efectuados cada vencimiento responsable. de mes al interventor 3. Disponer de las cuadrillas necesarias para llevar a cabo las actividades de obra contratadas de tal manera que el piso 6 del edificio Bancolombia sean intervenidos de acuerdo con la programación de obra. Deberá disponer mínimo de las siguientes Cuadrillas para ejecución de obra: (i) Para Obra Civil: Cuadrilla de Preliminares, desmontes y demoliciones, Cuadrilla de acabados, Cuadrilla Eléctrica, Cuadrilla de acabados en Drywall. (ii) Para Mobiliario: Cuadrilla de Mobiliario, Cuadrilla de Acabados (iii) Para redes eléctricas y cableado estructurado: Cuadrilla eléctrica e iluminación, Cuadrilla de instalación de cableado, Cuadrilla de certificación de puntos de red. 4. Aunque la Unidad solicita una disposición mínima de personal para la ejecución de las obras el contratista debe garantizar el número mínimo de personas para ejecutar las labores dentro del tiempo determinado, de manera que la o ra tenga un desarrollo normal sin que se presenten retrasos o inconvenientes en la misma En caso de requerirse para el cumplimiento del objeto y obligaciones del contrato recurso humano o técnico adicional al señalado, el contratista debe ponerlo a disposición sin que ello genere costo adicional en relación con el valor del contrato. 5. Uniformar al perso al de obra con overol el cual debe tener estampado el logotipo de la empresa. Portar en un lugar visible el carné que lo identifique como Contratista del Contrato a ejecutar con fotografía reciente. 6. Reali...
Obligaciones en materia de personal. 31.1 El personal adscrito a la ejecución de los contratos derivados del Acuerdo marco dependerá exclusivamente de las empresas adjudicatarias, las cuales tendrán todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario. 31.2 Las empresas adjudicatarias del Acuerdo marco están obligadas al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, en especial las contenidas en el convenio colectivo aplicable o, en su caso, en los acuerdos a que hayan llegado la empresa y los representantes de los trabajadores, así como las relativas a la legislación social, de prevención de riesgos laborales, de integración social de las personas con discapacidad, fiscal, de protección de datos personales y medioambientales. El incumplimiento de estas obligaciones o las infracciones de las disposiciones sobre estas materias no comportará responsabilidad alguna para la Administración contratante. En su caso, la Administración repercutirá sobre el adjudicatario cualquier efecto o sanción que sobre ella recaiga de forma directa o subsidiaria en estas materias. 31.3 La empresa contratista se obliga a aplicar, en la ejecución de las prestaciones, medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. 31.4 Los pliegos específicos de los correspondientes contratos derivados establecerán la obligación de acreditar el deber de afiliación y alta en la Seguridad Social del personal que ocuparán en la ejecución del contrato. Asimismo, deberán ponerse en conocimiento del órgano de contratación las contrataciones de nuevo personal que haya de adscribirse al servicio y se tendrá que acreditar su afiliación y alta en la Seguridad Social. En todo caso, se considerará condición especial de ejecución el cumplimiento de las obligaciones salariales mínimas establecidas en el convenio colectivo aplicable por parte de las empresas de seguridad, que a los efectos del artículo 223 f del TRLCSP tendrá la consideración de obligación esencial. Los órganos de contratación podrán en cualquier momento realizar actuaciones tendentes a la comprobación del cumplimiento de estas obligaciones. 31.5 En el caso de que la empresa contratista haya presentado el compromiso al que hace referencia la cláusula 18.2.4, siempre y cuando deba llevar a cabo una nueva contratación de personal para ejecutar un contrato derivado del acuerdo xxxxx deberá remitir al órgano de contratación la documentación acreditativa de que esta contratación se ha llevado a cabo con...
Obligaciones en materia de personal. 30.1.2.1. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación, por parte del responsable nombrado a tal efecto por el órgano de contratación, del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, a fin de no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al mencionado responsable.
Obligaciones en materia de personal. De conformidad con la cláusula 9.4 del PCAP.
Obligaciones en materia de personal. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación, por parte del Responsable nombrado a tal efecto por el órgano de contratación, del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, a fin de no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al mencionado Responsable. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones - cuando proceda-, las obligaciones pliego de cláusulas administrativas particulares legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el apartado 2 del Anexo I del presente pliego como objeto del contrato. La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en las dependencias designadas en el contrato.
Obligaciones en materia de personal. Los licitadores deberán presentar en su oferta la propuesta de organización del servicio incluyendo: número de teleoperadores (mínimo 9 en jornada de 40 horas semanales), número de supervisores (mínimo 1 en jornada de 40 horas semanales), responsable técnico (mínimo 1 en jornada de 40 horas semanales), técnico de formación y calidad (mínimo 1 en jornada de 40 horas semanales), que justifiquen el cumplimiento de los niveles de servicio exigidos en este pliego. Una vez adjudicado el contrato, CORREOS EXPRESS incluirá un plan de formación al equipo de teleoperadores, con el fin de garantizar dichos niveles de servicio exigidos.
Obligaciones en materia de personal. 1. La Empresa adjudicataria, se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones de seguros sociales ante el Ayuntamiento. 2. No se dará trámite a las certificaciones mensuales que no vayan acompañadas de fotocopias autentificadas de los boletines de cotización TC1 y TC2, correspondientes a los trabajadores que hubieran intervenido en la prestación de los servicios objeto de este contrato y expresadas en cada certificación. 3. Asimismo deberá cumplir con toda la legislación vigente en materia de salud y seguridad laboral.
Obligaciones en materia de personal. El adjudicatario, además del cumplimiento de la normativa vigente en materia de personal, estará obligado: - A que el servicio se preste debidamente uniformado y guardando siempre la máxima pulcritud. En el caso de modificarse la uniformidad existente al inicio del contrato, se propondrá la nueva a la Secretaría General para su aprobación, corriendo ésta a cargo del contratista. Deberá reponerse siempre que presente un evidente aspecto de deterioro. Los licitadores podrán presentar su propuesta de uniforme. - A que el trato con el usuario sea siempre adecuado, y que el personal que lo atienda guarde la debida corrección y discreción de los asuntos que pueda conocer por razón del servicio. - A que se respeten las normas de accesos y medidas de seguridad establecidas por el Congreso de los Diputados y referidas en el apartado 11.4 de este pliego. - A que el personal cumpla con la normativa de reciclaje y separación de residuos - A designar un responsable del servicio, con capacidad suficiente para tomar decisiones necesarias para la organización del servicio y resolver cualquier incidencia de carácter menor. - A designar un responsable del contrato, que será el interlocutor con el gestor del contrato por parte del Congreso de los Diputados con el que mantendrá un seguimiento periódico del servicio con una frecuencia suficiente para garantizar la calidad del mismo durante la duración del contrato, con especial atención a la calidad del servicio. - A tomar medidas correctoras en base a evaluación de riesgos laborales, investigación de sucesos, etc. manteniendo informado al Congreso de los Diputados a efectos de coordinación preventiva.
Obligaciones en materia de personal. Mantener durante el tiempo de vigencia del contrato, los puestos de trabajo ofertados, con arreglo a las prescripciones de este pliego, tanto en número como en cualificación y a prestar la formación necesaria para que los trabajadores puedan realizar los trabajos en las mejores condiciones técnicas y con los medios adecuados. No obstante lo anterior, el adjudicatario deberá disponer del personal que resulte necesario, para atender en las mismas condiciones el aumento de zonas a gestionar. Dotar al personal a su cargo, de los medios y equipos de prevención exigidos por la normativa de prevención de riesgos laborales y de salud e higiene en el trabajo. Observar la legislación social y laboral que sea de aplicación. El contratista deberá redactar y presentar la documentación exigible en relación a los centros de trabajo, así como a las obras a realizar por su parte tanto periódicas como ocasionales que sean exigidas por la legislación de prevención de riesgos laborales.
Obligaciones en materia de personal. El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado udceiólna dejeelccontrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores e casos de baja o ausencia, lasacoibolniges legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantosderechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre el empleado y el