Common use of Obligación de sigilo Clause in Contracts

Obligación de sigilo. La información, documentación, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por INTERBIAK al Adjudicatario para la ejecución del contrato deberán ser consideradas por éste como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de la ejecución del contrato, comunicación o cesión a terceros. El Adjudicatario asume la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de que, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El Adjudicatario se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la prestación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el Adjudicatario se compromete a destruir o a devolver a INTERBIAK los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso. Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión. El Adjudicatario asume la obligación de informar al personal de su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato. En todo caso el Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudiera derivarse para INTERBIAK o para terceras personas. El incumplimiento de las obligaciones anteriores reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Y Prescripciones Técnicas, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación

Obligación de sigilo. La información, documentación, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por INTERBIAK al Adjudicatario contratista para la ejecución del contrato deberán ser consideradas por éste como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de la ejecución del contrato, comunicación o cesión a terceros. El Adjudicatario contratista asume la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de que, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El Adjudicatario contratista se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la prestación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el Adjudicatario contratista se compromete a destruir o a devolver a INTERBIAK los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso. Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión. El Adjudicatario contratista asume la obligación de informar al personal de su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato. En todo caso el Adjudicatario contratista será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudiera derivarse para INTERBIAK o para terceras personas. El incumplimiento de las obligaciones anteriores reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Del

Obligación de sigilo. La informaciónEl adjudicatario estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, documentaciónno siendo públicos o notorios, archivos o especificaciones en cualquier soporte facilitadas por INTERBIAK al Adjudicatario para la ejecución están relacionados con el objeto del contrato deberán ser consideradas por éste como confidencialeso de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo ser objetopudiendo, total o parcialpor tanto, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de proporcionar información a terceros sobre la ejecución materia objeto del contrato, comunicación o cesión ni permitir el acceso a tercerosla obra con dicha finalidad, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización de la Administración. El Adjudicatario asume adjudicatario no podrá, sin previa autorización escrita de la obligación Administración, publicar noticias, dibujos ni fotografías de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación, cualquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de quelas obras, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso autorizar a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato. El Adjudicatario se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, en lo referente a los datos a los que pueda acceder en virtud de la prestación de servicios objeto de este contrato, estableciendo las necesarias medidas de seguridad al respecto. Una vez finalizada la prestación el Adjudicatario se compromete a destruir o a devolver a INTERBIAK los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso. Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de vigencia del contrato como con posterioridad a terceros su conclusión. El Adjudicatario asume la obligación de informar al personal de su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato. En todo caso el Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que del incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudiera derivarse para INTERBIAK o para terceras personaspublicación. El incumplimiento de las obligaciones anteriores anteriormente reseñadas se establece expresamente como causa de resolución del contrato. La Administración se reserva el derecho de hacer, editar, proyectar y, en cualquier forma, explotar directa o mediante acuerdos con terceros cuantos reportajes fotográficos, audiovisuales y de todo tipo, crea oportunos de las obras que ejecute el adjudicatario. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, si se producen las condiciones exigidas en el artículo 85 TRLCSP. Es obligación del contratista comunicar fehacientemente a la Administración cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previstos para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de subrogación. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el mismo, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del contratista.

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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De La Ejecución De Obras Mediante Procedimiento Abierto en El Ámbito De La Administración De La Junta De Comunidades De Castilla La Mancha, Sus Organismos Autónomos Y Entidades De Derecho Público Dependientes Que Tengan La Consideración De Administraciones Públicas