Obligatoriedad. El numeral 6 del presente anexo técnico es de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios del sistema de alcantarillado de EPM, en todos los elementos que integran la infraestructura del sistema de saneamiento, incluyendo las redes de alcantarillado, los colectores e interceptores generales y los sistemas de tratamiento actuales y futuros, así como la ampliación de los elementos mencionados. en concordancia con el Decreto 1076 de 2015 o normas que lo adicionen, modifiquen, sustituyan o reglamenten.
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Samples: Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto Y Alcantarillado, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto Y Alcantarillado, Condiciones Uniformes Para La Prestación Del Servicio Público Domiciliario De Acueducto Y Alcantarillado
Obligatoriedad. El numeral 6 del presente anexo técnico es de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios del sistema de alcantarillado de EPMla EMPRESA, en todos los elementos que integran la infraestructura del sistema de saneamientoalcantarillado, incluyendo las redes de alcantarillado, los colectores e interceptores generales y los sistemas de tratamiento actuales y futuros, así como la toda ampliación de los elementos mencionados. en concordancia con el Decreto 1076 Todo ello sin perjuicio de 2015 o lo dispuesto por la legislación vigente y demás normas que lo la complementen, adicionen, modifiquen, sustituyan modifiquen o reglamentensustituyan.
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Samples: Contract for Public Utility Services, Contract for Public Utility Services
Obligatoriedad. El numeral 6 del presente anexo técnico es de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios del sistema de alcantarillado de EPMEL OPERADOR DEL SERVICIO, en todos los elementos que integran la infraestructura del sistema de saneamiento, incluyendo las redes de alcantarillado, los colectores e interceptores generales y los sistemas de tratamiento actuales y futuros, así como la ampliación de los elementos mencionados. en concordancia con el Decreto 1076 de 2015 o normas que lo adicionen, modifiquen, sustituyan o reglamenten.
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Obligatoriedad. El numeral 6 del presente anexo técnico es de obligatorio cumplimiento para todos los usuarios del sistema de alcantarillado de EPMEMSERVILLA, en todos los elementos que integran la infraestructura del sistema de saneamiento, incluyendo las redes de alcantarillado, los colectores e interceptores generales y los sistemas de tratamiento actuales y futuros, así como la ampliación de los elementos mencionados. , en concordancia con el Decreto 1076 de 2015 o normas que lo adicionen, modifiquen, sustituyan o reglamenten.
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