OPCIONES ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

OPCIONES ADICIONALES. EL CLIENTE podrá contratar todas las opciones adicionales al SERVICIO que se detallan en las presentes Condiciones Generales.
OPCIONES ADICIONALES. El CLIENTE dispondrá de las opciones adicionales del Servicio que se encuentren publicadas en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx. Podrán ser prestadas por Movistar, por sí o a través de un tercero. El Cliente se compromete a comunicar a Movistar cualquier cambio en los datos del contrato, especialmente en los correspondientes al domicilio de facturación y de la cuenta bancaria de domiciliación de los pagos. Movistar podrá modificar el presente contrato por los siguientes motivos: variaciones de las características técnicas de los equipos o las redes, cambios tecnológicos que afecten al servicio, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución xxx xxxxxxx, comunicándoselo al cliente con un mes de antelación a la fecha en que la modificación vaya a ser efectiva. En dichos supuestos, el cliente tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización alguna, sin perjuicio de otros compromisos adquiridos por el propio cliente. Transcurrido el plazo de un mes sin que Movistar haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. MOVISTAR vendrá obligada a reparar las averías que se produzcan en sus instalaciones hasta el Punto de Terminación de Red en casa del abonado. El CLIENTE notificará las averías a través del canal habilitado por MOVISTAR que será el número de atención de averías establecido en la cláusula 18. En momento de formular la avería, se facilitará, a petición del CLIENTE, su número de referencia. Igualmente podrán notificarse las averías a través de la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx Los costes derivados de la reparación serán sufragados por MOVISTAR, siempre que las mismas no sean imputables al CLIENTE por negligencia en su uso o conservación o por actuaciones dolosas o culposas, sobre la red o sobre sus equipos. El mantenimiento del Acceso ADSL y de la Terminación suministrada está incluido en el presente Servicio. No forman parte del mantenimiento, los Equipos (Tarjetas, Módem/Router, Equipos informáticos, etc.) que el CLIENTE conecte al Punto de Terminación de Red (PTR), donde termina la red que da soporte al Servicio ADSL prestado por MOVISTAR. En el Servicio de Fibra se incluirá dentro de las prestaciones del Servicio, el mantenimiento del equipamiento propiedad de MOVISTAR: ONT, roseta óptica, cableado de fibra óptica entre la roseta óptica y ONT. En caso de que el CLIENTE haya optado por el Servicio de alquiler del equipamiento de conectividad para servici...
OPCIONES ADICIONALES. Para las publicaciones Realización de una oferta y con Reserva en las que el Precio de Reserva no se alcance, tiene la opción de (a) aceptar las ofertas inferiores al Precio Sugerido o el Precio de Reserva, según corresponda; (b) realizar contraofertas a las ofertas inferiores al Precio Sugerido o el Precio de Reserva, según corresponda, con una oferta más alta ("Contraoferta"); o (c) rechazar las ofertas inferiores al Precio Sugerido o el Precio de Reserva, según corresponda, en cualquier momento durante la publicación. Las Contraofertas son válidas durante un máximo de dos días hábiles. Sin embargo, solo una Contraoferta puede ser válida a la vez; la última Contraoferta que emita sustituye e invalida cualquier Contraoferta anterior. Tras la aceptación de la Contraoferta por parte del Comprador, el listado se cierra y usted está legalmente obligado a completar la transacción.
OPCIONES ADICIONALES. El CLIENTE dispondrá de las opciones adicionales del Servicio que se encuentren publicadas en xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx. Podrán ser prestadas por Movistar, por sí o a través de un tercero. El Cliente se compromete a comunicar a Movistar cualquier cambio en los datos del contrato, especialmente en los correspondientes al domicilio de facturación y de la cuenta bancaria de domiciliación de los pagos. Movistar, con el único fin de restablecer el equilibrio de las prestaciones entre las Partes, podrá modificar las condiciones establecidas en el contrato y en particular el precio del mismo, por alguno de los siguientes motivos cuando los mismos obedezcan a situaciones acaecidas en un momento posterior a la fijación de las tarifas del Servicio por parte de Movistar: - Incremento de los costes del sector empresarial en el que esté presente Movistar y que redunden en la cobertura, en la calidad de la red o en las características del Servicio prestado. -Modificaciones normativas (incluyendo impuestos, tasas o resoluciones administrativas o judiciales) que afecten a las condiciones de prestación del Servicio. - Incremento del índice de precios al consumo (IPC) o en su defecto del índice de precios Industriales (IPRI). Movistar informará al cliente de cualquier modificación con indicación del motivo preciso a la que obedece con una antelación mínima de UN (1) mes a la fecha en que la modificación vaya a ser efectiva, teniendo el cliente derecho a resolver el contrato sin penalización alguna, sin perjuicio de otros compromisos adquiridos por el propio cliente. Transcurrido el plazo de un mes sin que Movistar haya recibido ninguna comunicación, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. MOVISTAR vendrá obligada a reparar las averías que se produzcan en sus instalaciones hasta el Punto de Terminación de Red en casa del abonado. El CLIENTE notificará las averías a través del canal habilitado por MOVISTAR que será el número de atención de averías establecido en la cláusula 18. En momento de formular la avería, se facilitará, a petición del CLIENTE, su número de referencia. Igualmente podrán notificarse las averías a través de la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx Los costes derivados de la reparación serán sufragados por MOVISTAR, siempre que las mismas no sean imputables al CLIENTE por negligencia en su uso o conservación o por actuaciones dolosas o culposas, sobre la red o sobre sus equipos. El mantenimiento del Acceso ADSL y de la Terminación suministrada está incl...
OPCIONES ADICIONALES. El Cliente puede contratar opciones complementarias que podrá asociar a las ofertas contratadas. Estas podrán facturarse por instalación o mensualmente, según el caso.
OPCIONES ADICIONALES. Bajar Archivo" y "Salir". Bajar archivo" es la opción que da la orden a la aplicación para que descargue el archivo de texto en el directorio seleccionado y guarde la información en una tabla que pertenece a la base de datos utilizada por la Interfaz con SIGAF. “Salir" cerrará la pantalla actual y presentará la pantalla de inicio de la aplicación.
OPCIONES ADICIONALES. Imprimir", "Guardar”, “Salir". Opción "Imprimir" dará la orden de impresión del reporte por pantalla y/o impresora. Opción "Guardar" permitirá guardar el archivo en PDF, Excel y Word. Esta pantalla deberá filtrar la información en una fecha o rango de fecha determinado, y moneda.
OPCIONES ADICIONALES. Consultar": Presenta los registros conforme los parámetros seleccionados. "Salir": Presenta la pantalla de inicio del sistema.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.