Opciones de conversión de divisas Cláusulas de Ejemplo

Opciones de conversión de divisas. Si su pago se financia con una tarjeta de débito o crédito, y PayPal determina que se debe llevar a cabo una conversión de divisas, usted nos da su consentimiento y autorización para convertir la divisa en lugar del emisor de la tarjeta. Podría tener derecho a indicar al emisor de la tarjeta que convierta la divisa del pago con tarjeta a la divisa en la que envía el pago desde su cuenta PayPal, si corresponde para el emisor y la red de dicha tarjeta. Esta selección se le puede presentar de varias formas, por ejemplo, mediante la posibilidad de elegir la divisa que debe usarse para la transacción, quién va a realizar la conversión (nosotros o el emisor de la tarjeta) o la tasa de conversión que debe usars e para la transacción, entre otras. Si es el emisor de la tarjeta el que convierte la divisa, este determinaráel tipo de conversión y las tarifas aplicables. PayPal siempre realizarála conversión en el caso de transacciones en las que usted utilice el saldo existente o en las que su cuenta bancaria vinculada sea la fuente de fondos. Si PayPal determina que es necesario realizar una conversión de divisas para una transacción que también requiere que se elija una fuente de fondos de garantía, es posible que usted no pueda elegir quién va a realizar la conversión de divisas (si PayPal o el emisor de su tarjeta) a la hora de pagar con su fuente de fondos de garantía. Cuando sea el vendedor, y no PayPal, el que ofrezca una conversión de divisas en el punto de venta, y usted decida autorizar la transacción del pago de acuerdo con el tipo de cambio y los cargos del vendedor, PayPal no responderáante usted de dicha conversión. A menos que su Cuenta esté restringida, usted puede iniciar sesión en su cuenta PayPal para ver y descargar un extracto de esta. Usted acepta revisar sus transacciones a través del historial de su cuenta PayPal en lugar de recibir extractos periódicos por correo electrónico. Tras cada transacción, recibiráinmediatamente un correo electrónico con la información pertinente sobre sus órdenes y recibos de pago. También se actualizaráel historial de transacciones, al que podráacceder en cualquier momento iniciando sesión en su cuenta. Desde su cuenta PayPal también puede acceder a un informe descargable, donde se mostrarán todas las tarifas en las que haya incurrido y otros importes que se hayan cargado en la cuenta PayPal en el período correspondiente. Este informe solo se actualizará y estarádisponible si hay actividad en la cuenta PayPal o si ...
Opciones de conversión de divisas. Cuando financia su pago con una tarjeta de débito o crédito y se requiere una conversión de divisas por parte de PayPal, usted autoriza que seamos nosotros quienes convirtamos las divisas, en lugar del emisor de su tarjeta de crédito o débito, y brinda su consentimiento para ello. Puede que usted tenga derecho a que el emisor de su tarjeta realice la conversión de divisas si el emisor y la red de esa tarjeta ofrecen la opción. Esta selección de preferencia respecto de la divisa se le puede presentar de vari as formas, por ejemplo, cuando establece la divisa de la tarjeta, cuando elige la divisa que se utiliza para la transacción (ya sea que PayPal o el emisor de su tarjeta realice la conversión) o cuando elige quétipo de cambio se utiliza para la transacción , entre otras. Si el emisor de su tarjeta convierte la divisa, este determinaráel tipo de cambio por conversión de divisas y las comisiones que pueda cobrar. PayPal siempre realizarála conversión en las transacciones en las que utilice como método de pag o los fondos existentes en su cuenta de PayPal o su cuenta bancaria asociada.
Opciones de conversión de divisas. Cuando su pago sea fondeado con una tarjeta de crédito o débito y PayPal determine que se necesita una conversión de divisa, usted da su consentimiento y autoriza a PayPal para convertir la divisa en lugar de que lo haga el emisor de la tarjeta de débito o crédito. Es posible que usted tenga derecho a que el emisor de su tarjeta realice la conversión de divisas, si esto es ofrecido por el emisor y la red de esa tarjeta. Puede ser que se le presente de varias formas la opción de seleccionar preferencias de divisas, incluyendo la elección de qué divisa se utiliza para la transacción, si PayPal o el emisor de la tarjeta realiza la conversión, o qué tipo de cambio se utiliza para la transacción, entre otros; esto puede realizarse de forma individual para cada tarjeta y para cada acuerdo de pagos automáticos. Si el emisor de su tarjeta convierte la divisa, este determinará la tasa de conversión de divisas y las comisiones que puede cobrar. Si reúne los requisitos para las comisiones de negocio, se aplicarán las comisiones por conversión de divisas que se establecen en la tabla de conversión de divisas para comercios cuando los pagos recibidos se encuentren en una divisa que no sea la indicada como admitida en la sección Retiros automáticos. Tiene derecho a recibir un estado de cuenta en el que se muestren los movimientos de su cuenta PayPal. Para ver el estado de su cuenta PayPal, inicie sesión en ella.

Related to Opciones de conversión de divisas

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.