OTRAS CONDICIONES. En prueba de la más completa conformidad, firman el presente contrato por sextuplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
OTRAS CONDICIONES. A) El CONTRATISTA por su parte se obliga a tramitar por su cuenta los permisos que resultaren necesarios para la realización de esta obra; y B) El CONTRATISTA será el único responsable de los trabajadores que contrate para la ejecución de la obra, siendo a su cuenta como patrono, el pago de salarios y demás prestaciones xx xxx, el pago de cuotas patronales y laborales del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y la cobertura de cualquier accidente de trabajo, eximiendo a la MUNICIPALIDAD de toda responsabilidad derivada de la prestación de esos servicios, circunstancia que será obligación del CONTRATISTA como patrono, hacerlo saber a sus trabajadores. C) EL CONTRATISTA reconoce como buenas y exactas las cuentas que LA MUNICIPALIDAD le presente acerca de este negocio, y como líquido, exigible, ejecutivo y de plazo vencido, cualquier cantidad que se le demande por su incumplimiento, siendo titulo ejecutivo suficiente este contrato contenido en documento privado con firmas legalizadas, asimismo, renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales que la MUNICIPALIDAD elija para los efectos de cumplimiento de la obligación que aquí contrae, aceptando que toda citación, notificación o emplazamiento se haga en el lugar arriba indicado y se obliga a comunicar por escrito, cualquier cambio de ella que hiciere, en el entendido que de no hacerlo de esta manera, se tendrán como bien hechas las que allí se le hagan: D) El contratista se obliga a realizar la construcción de la obra con su propio equipo, maquinaria, herramienta, vehículos, combustibles, lubricantes, mano de obra y demás elementos de ejecución de los trabajos que se contratan, siendo responsable del deterioro y depreciación de la maquinaria, así como cualquier daño o perjuicio que en el desarrollo de su trabajo cause a terceros o vecinos, debiendo responder directamente de aquellos que ocasione por su descuido, negligencia o impericia, eximiendo a la MUNICIPALIDAD de todo ello; E) El contratista al ejecutar la obra debe contar con la BITACORA, autorizada por la Contraloría General de Cuentas, según Acuerdo Gubernativo 318-2003, Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículo 37, literal a); y, F) El contratista considerando que los fondos que manejará son recursos públicos se obliga a lo siguiente: A) Contribuir al desarrollo de las actividades de fiscalización que por mandato legal deba efectuar la Contraloría General de Cuentas, proporcionando a la misma los ...
OTRAS CONDICIONES. GPS SATELITAL no garantiza que el uso del servicio de GPS por parte del USUARIO sea ininterrumpido o libre de errores. Por el contrario, podrán producirse periódicamente interrupciones temporales del Servicio de GPS (por ejemplo, cuando el USUARIO conduzca su vehículo en una zona que no tiene cobertura, o cuando el Servicio de GPS o la red del prestador telefónico del USUARIO se encuentre bajo mantenimiento). GPS SATELITAL realizará esfuerzos razonables para intentar limitar o evitar dichos acontecimientos, pero no será responsable bajo circunstancia alguna por ningún perjuicio económico o de cualquier otra índole que se deba a dichas interrupciones.
OTRAS CONDICIONES. Se fija como domicilio del contratista, para todos los efectos de la EXPLOTACIÓN, incluso para recibir notificaciones, el que figura en la proposición presentada a la licitación, salvo que mediante notificación notarial o declaración en comparecencia personal del interesado se señale otro distinto. Sí dicho domicilio desapareciera o hiciese imposible su localización a horas propias de la gestión municipal se podrá utilizar el propio de la EXPLOTACIÓN, esto es la instalación hostelera del Centro Cultural La Esfera. Las cuestiones o litigios que puedan derivarse de la adjudicación, así como la EXPLOTACIÓN, tendrán siempre carácter exclusivamente administrativo y, en su caso, serán sometidas al Tribunal Contencioso Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal xx Xxxxxxxxxx. El contratista asumirá todas las obligaciones que pudieran corresponderle a tenor de la normativa vigente frente al personal que preste sus servicios en la EXPLOTACIÓN, tanto al inicio como a la terminación de la misma. En ningún caso el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se hará cargo del personal afecto a la EXPLOTACIÓN. Serán de aplicación en cuanto a las infracciones y régimen sancionador los preceptos contenidos en el R.D. 1.945/83 de 22 de julio, que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria. Serán de cuenta del titular de la EXPLOTACIÓN, la realización de las obras necesarias para el ejercicio de la actividad. Las actuaciones administrativas se entenderán siempre con el adjudicatario. Si se trata de persona física, deberá justificar ante la Administración la conveniencia de actuar mediante representante, que será apreciada libremente por ésta. En virtud de la adjudicación, el contratista queda obligado al pago de los anuncios del procedimiento de adjudicación. La mera presentación al procedimiento de adjudicación supone la aceptación completa de las condiciones de este Pliego.
OTRAS CONDICIONES. A este contrato también le son de aplicación las siguientes condiciones, puestas a su disposición en todo momento en las siguientes páginas web
OTRAS CONDICIONES. El oferente deberá examinar en detalle la presente solicitud de ofertas, allegar toda la información adicional que considere necesaria; aclarar con CHEC todos los puntos inciertos e informarse de todas las condiciones y circunstancias que puedan afectar en alguna forma la ejecución del contrato y sus plazos. En todo caso el oferente está obligado a investigar toda la información posible, aparezca o no en la presente solicitud de ofertas y complementarla de acuerdo con el criterio y la experiencia de la firma. La oferta puede invalidarse por la comprobación de falsedad en la información suministrada; por la no presentación de la cotización conforme a lo especificado o por la omisión en la presentación de los documentos e información requerida. Por el solo hecho de presentar la oferta, el oferente hace constar expresamente que estudió cuidadosamente las condiciones de ejecución del contrato, el tipo de servicio a ejecutar o bien a suministrar, su naturaleza y calidad; así mismo, el contratista hace constar que conoce todos los requisitos e impuestos exigidos por las leyes colombianas; que conoce cada una de las estipulaciones del documento de condiciones y especificaciones y ha hecho todos los estudios necesarios para entender completamente el propósito de todas las partes del contrato y su naturaleza. Todos estos factores, favorables o desfavorables, que puedan influir en la ejecución del contrato y todas las demás condiciones que puedan afectar el costo o el plazo para ejecutarlos fueron tenidos en cuenta por el contratista al formular la oferta y su influencia no será alegada por él como causal que justifique reclamación alguna o el incumplimiento del presente contrato.
OTRAS CONDICIONES. La prestación de los servicios recogidos en esta póliza de seguro de Asistencia Sanitaria se realizará únicamente cuando el propio Asegurado o a través del médico del Asegurador que le atienda, soliciten, en el teléfono establecido a tal efecto, la prestación de Segunda Opinión Médica. Cualesquiera otros gastos, costes y honorarios derivados de consultas o tratamientos médicos, realización de pruebas y análisis, confección de informes, radiografías y otro tipo de exploraciones correrán a cargo del propio Asegurado si este acude a medios ajenos a los cuadros médicos del Asegurador, aún en el caso de que éstos estén relacionados con la enfermedad o condición clínica para la cual se solicita la Segunda Opinión Médica.
OTRAS CONDICIONES. Los daños al equipaje y/o faltantes parciales o totales de contenido no darán lugar a compensación ni indemnización alguna. La indemnización por pérdida total de equipaje se abonará al Titular sólo en el país donde fuera emitida la tarjeta ASSIST CARD. Cuando dos o más personas comparten el mismo bulto extraviado, se procederá a abonar las indemnizaciones indicadas más arriba a prorrata. Todas las indemnizaciones descriptas se abonarán en la moneda local del país en que se emitió la Tarjeta ASSIST CARD. El tipo de cambio a aplicarse será el vigente al día de la fecha de transferencia.
OTRAS CONDICIONES. D.1.5.1 Los daños al equipaje y/o faltantes parciales o totales de contenido no darán lugar a compensación ni indemnización alguna.
D.1.5.2 La indemnización por pérdida total de equipaje se abonará al Titular sólo en el país donde fuera emitida la misma.
D.1.5.3 Las compensaciones y/o indemnizaciones descriptas son por persona y no por bulto extraviado. Cuando dos o más personas comparten el mismo bulto extraviado, se procederá a abonar las compensaciones y/o indemnizaciones indicadas más arriba a prorrata.
D.1.5.4 Todas las compensaciones y/o indemnizaciones descriptas se abonarán en la moneda local del país en que se efectúen los pagos. El tipo de cambio a aplicarse será el mismo vigente a la fecha de la emisión de la tarjeta ASSIST CARD del Titular.
OTRAS CONDICIONES. Queda entendido y así lo acepta “LA CONTRATISTA”, que el personal que ésta delegue para la prestación de los servicios contratados no gozará de las prestaciones laborales xx xxxxxxxxx, vacaciones, bonificaciones, indemnización, pago de tiempo extraordinario, licencias, ni de cualquier otra prestación de trabajo que es reconocida a los trabajadores del Estado, no teniendo en ningún caso la calidad de Servidor Público. Asimismo, “LA CONTRATISTA” acepta que el monto de honorarios pactado, incluye todos los costos y utilidades y que asume la cobertura de los riesgos profesionales o de seguridad social de su personal y cada uno de ellos en lo particular, ha elegido a la empresa médica que consideran conveniente para su protección, por lo que exime a la ANADIE, de toda obligación en esta materia.