Pacto de compraventa. Con sujeción a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, por la contraprestación descrita a continuación, al Cierre, el Vendedor venderá y transmitirá al Comprador, y el Comprador comprará al Vendedor, libres de todo Gravamen (salvo las restricciones a la transmisión en virtud de la legislación aplicable en materia de valores), las Acciones Compradas.