PAGOS EN EXCESO. Si se hicieron pagos a el CONTRATISTA en montos superiores a los debidos, éstos deberán ser rembolsados de inmediato a la API, con intereses que se causarán desde la fecha en que se hubiera hecho el pago en exceso y hasta aquélla en que se rembolse, los cuales se calcularán con base en lo dispuesto por el párrafo segundo en relación con el párrafo primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
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Samples: Contrato De Mantenimiento De Obra Pública, Mantenimiento De Obra Pública, Contrato Plurianual De Obra Pública
PAGOS EN EXCESO. Si se hicieron pagos a el al CONTRATISTA en montos superiores a los debidos, éstos deberán ser rembolsados de inmediato a la “API”, con intereses que se causarán desde la fecha en que se hubiera hecho el pago en exceso y hasta aquélla en que se rembolse, los cuales rembolse y se calcularán con base en lo dispuesto por el párrafo segundo en relación con el párrafo primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
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Samples: Movilización Y Desmovilización Del Equipo De Dragado, Contrato De Prestación De Servicios Relacionados Con Obra Publica, Contrato De Prestación De Servicios
PAGOS EN EXCESO. Si se hicieron pagos a el CONTRATISTA en montos superiores a los debidos, éstos deberán ser rembolsados reembolsados de inmediato a la API, con intereses que se causarán desde la fecha en que se hubiera hecho el pago en exceso y hasta aquélla en que se rembolsereembolse, los cuales se calcularán con base en lo dispuesto por el párrafo segundo en relación con el párrafo primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
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Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo Determinado, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo Determinado, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios Y Tiempo Determinado